Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2015 (25/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

Martes 25 de agosto de 2015 /

El Peruano

ORGANISMOS REGULADORES
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Res. N° 175-2015-OS/CD.- Fijan importes máximos de corte y reconexión aplicables a usuarios finales del servicio público de electricidad y fórmula de actualización 559957

MINISTERIO PUBLICO Res. Nº 128-2015-MP-FN-JFS.- Aceptan la renuncia de Fiscal Adjunto Provincial Civil y Familia de San Pablo, Distrito Judicial de Cajamarca 559967 Res. Nº 129-2015-MP-FN-JFS.- Aceptan la renuncia de Fiscal Adjunto Provincial Penal (Corporativo) de Lambayeque, Distrito Judicial de Lambayeque 559967 Res. Nº 130-2015-MP-FN-JFS.- Aceptan la renuncia de Fiscal Adjunta al Fiscal Provincial en lo Penal en el Distrito Judicial de Lima 559967

ORGANOS AUTONOMOS
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Res. Nº 188-2015-JNE.- Confirman Acuerdo de Concejo mediante la cual se declaró improcedente solicitud de vacancia presentada contra regidores de la Municipalidad Distrital de Samanco, provincia del Santa, departamento de Áncash 559964 Res. Nº 0223-2015-JNE.Declaran improcedente recurso extraordinario interpuesto por personero legal de la organización política Unión Democrática del Norte 559965

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Ordenanza Nº 265-MDPP.- Modifican el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional, aprobado mediante Ordenanza N° 257-MDPP 559968 Ordenanza Nº 266-MDPP.- Ordenanza que incentiva la actualización de declaraciones juradas tributarias de predios para los contribuyentes del distrito de Puente Piedra 559969

PODER EJECUTIVO

AMBIENTE
Reconocen el Área de Conservación Privada (ACP) Siete Cataratas - Qanchis Paccha, ubicada en el distrito de Lares, provincia de Calca, departamento de Cusco
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 214-2015-MINAM
Lima, 21 de agosto de 2015 Visto; el Oficio Nº 352-2015-SERNANP-J de 03 de agosto de 2015, remitido por el Jefe del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP, y demás antecedentes relacionados a la solicitud presentada por el señor Lorenzo Tapara Quispe, en su calidad de Presidente de la Comunidad Campesina Quishuarani Collana, sobre reconocimiento del Área de Conservación Privada (ACP) Siete Cataratas ­ Qanchis Paccha; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 68 de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas; Que, el artículo 12 de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que los predios de propiedad privada podrán, a iniciativa de su propietario, ser reconocidos por el Estado, en todo o en parte de su extensión, como Áreas de Conservación Privada, siempre que cumplan con los requisitos físicos y técnicos que ameriten su reconocimiento; Que, el artículo 70 del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, establece que constituyen Áreas de Conservación Privada aquellos predios de propiedad privada que por sus características ambientales, biológicas, paisajísticas u otras análogas, contribuyen a complementar

la cobertura del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, aportando a la conservación de la diversidad biológica e incrementando la oferta para investigación científica y la educación, así como de oportunidades para el desarrollo de turismo especializado. Las Áreas de Conservación Privada pueden zonificarse en base a lo establecido por la Ley; Que, de conformidad con lo establecido en el literal h) del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1013, el Ministerio del Ambiente ­ MINAM, tiene como función específica dirigir el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado ­ SINANPE; asimismo, a través del numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del citado Decreto Legislativo, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, adscrito al MINAM, como ente rector del SINANPE; Que, las funciones de la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas del entonces Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA, fueron absorbidas por el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo 42 y el numeral 71.1 del artículo 71 del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, las Áreas de Conservación Privada se reconocen mediante Resolución Ministerial del Ministerio del Ambiente, a solicitud del propietario del predio y a propuesta del SERNANP, en base a un acuerdo con el Estado, a fin de conservar la diversidad biológica en parte, o la totalidad de dicho predio, por un período no menor a diez (10) años, renovables; Que, la Resolución Presidencial Nº 144-2010-SERNANP de 14 de agosto de 2010, a través de la cual se aprueban las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Áreas de Conservación Privada, son aplicables al procedimiento en curso por encontrarse vigentes a la fecha de presentación de la solicitud sobre reconocimiento del Área de Conservación Privada; Que, mediante los documentos con Registros Nº 0098632013, Nº 024067-2013, Nº 019175-2014, Nº 023155-2014, Nº 024508-2014, Nº 025723-2014, Nº 003038-2015, Nº 0119482015, y Nº 015619-2015, el señor Lorenzo Tapara Quispe, en su calidad de Presidente de la Comunidad Campesina Quishuarani Collana, solicita al SERNANP el reconocimiento del Área de Conservación Privada Siete Cataratas ­ Qanchis Paccha, por el período de diez (10) años, sobre una superficie parcial de mil ocho hectáreas con cinco mil cien metros cuadrados (1008.51 ha), conforme al Plano y Memoria Descriptiva adjunta al respectivo Expediente Técnico, la cual

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