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560181 NORMAS LEGALES Viernes 28 de agosto de 2015 El Peruano / como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao al señor abogado Azhir Yussef Sandoval Guevara, registro SUNAT Nº 7611; Que, mediante Acción de Personal Nº 00628 - 2015- 8A2200, el colaborador indicado ha sido trasladado defi nitivamente a la Intendencia de Aduana de Paita, por lo que corresponde dejar sin efecto su designación como Auxiliar Coactivo; Que, mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 00196-2014-SUNAT/300000, se desconcentra en el Intendente de Control Aduanero, Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea y Postal e Intendentes de Aduanas, la competencia para designar auxiliares coactivos en el ámbito de su competencia; Estando a los términos del Informe Nº 34-2015-SUNAT/3D9901(3D4313) del 09/07/2015, emitido por la Sección de Recaudación, cuyos fundamentos se reproducen en la presente Resolución, de acuerdo al Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 216- 2004/SUNAT, al literal k) del artículo 16º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por resolución de Superintendencia Nº 122-2014-SUNAT y modifi catorias, a la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 00196-2014-SUNAT/300000 y Resolución de Superintendencia Nº 010-2012/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto la designación en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao del señor abogado Azhir Yussef Sandoval Guevara, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese y comuníquese. MIGUEL ARMANDO SHULCA MONGE Intendente Intendencia de Aduana Marítima del Callao 1279440-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aprueban la Directiva N° 006-2015-CE- PJ, denominada “Lineamientos para el diligenciamiento de las Notificaciones Electrónicas” y diversos documentos normativos que guardan relación con esta directiva RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 260-2015-CE-PJ Lima, 19 de agosto de 2015 VISTO: El Ofi cio N° 1387-2015-GG/PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial, elevando el Proyecto de Directiva “Lineamientos para el Diligenciamiento de las Notifi caciones Electrónicas”, así como, los Procedimientos formulados para la optimización del Sistema de Notifi caciones Electrónicas (SINOE). CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 069-2015-CE-PJ, de fecha 12 de febrero de 2015, se aprobó el proyecto denominado “Implementación del Sistema de Notifi caciones Electrónicas (SINOE), en el ámbito nacional y en todas las especialidades”, con la fi nalidad que las resoluciones judiciales, anexos y cédulas de notifi cación lleguen a las partes procesales en forma segura y célere; utilizando para dicho efecto el Sistema de Notifi caciones Electrónicas, la Firma Digital, acreditada por el INDECOPI, y los Certifi cados Digitales proporcionados por el RENIEC a los Jueces y personal jurisdiccional. Segundo. Que por Decreto Supremo N° 003- 2015-JUS, de fecha 15 de julio de 2015, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 30229 “Ley que adecua el uso de las Tecnologías de Información y Comunicaciones en el Sistema de Remates Judiciales y en los servicios de notifi caciones de las Resoluciones Judiciales, y que modifi ca la Ley Orgánica del Poder Judicial, Código Procesal Civil, Código Procesal Constitucional y la Ley Procesal del Trabajo”. Tercero. Que la Quinta Disposición Complementaria Final del precitado Reglamento, ha establecido un plazo perentorio de treinta días calendarios a efectos que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dicte las disposiciones complementarias para dar cumplimiento obligatorio a las notifi caciones electrónicas de las resoluciones judiciales emitidas por los órganos jurisdiccionales, conforme a las modifi caciones efectuadas por la Ley N° 30229. Cuarto. Que la Gerencia General del Poder Judicial, como órgano ejecutivo, técnico y administrativo, a través de sus órganos de línea, tiene a su cargo las funciones de ejecución, coordinación y supervisión de las actividades administrativas no jurisdiccionales de este Poder del Estado; por lo que, es la competente para el desarrollo de todas las actividades relacionadas a la correcta implementación de los nuevos servicios tendientes a la mejora del acceso a la administración de justicia para la ciudadanía. Quinto. Que, en tal virtud, corresponde regular los aspectos complementarios que permitan el óptimo desarrollo del Sistema de Notifi caciones Electrónicas a nivel nacional y en todas las especialidades; por lo que, deviene necesario aprobar la Directiva y los documentos normativos que regulen los Procedimientos relacionados al Registro, Apertura y Deshabilitación de Casillas Electrónicas del Poder judicial, Emisión de Certifi cados Digitales en el Poder Judicial, Línea Escaneo de Documentos, Notifi cación Electrónica en Órgano Jurisdiccional, así como establecer pautas para la Atención de Reclamos de los Usuarios que se susciten en el ámbito de la utilización del SINOE. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1022-2015 de la cuadragésima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzáles, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; en uso de las atribuciones por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 006-2015-CE-PJ, denominada “Lineamientos para el diligenciamiento de las Notifi caciones Electrónicas”, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Aprobar los siguientes documentos normativos, los mismos que guardan relación con la Directiva precedente: a) “Procedimiento Solicitud de Registro, Apertura y Deshabilitación de Casillas Electrónicas del Poder Judicial”. b) “Procedimiento Emisión de los Certifi cados Digitales en el Poder Judicial”. c) “Procedimiento Línea de Escaneo de Documentos”. d) “Procedimiento Notifi cación Electrónica en el Órgano Jurisdiccional”; y e) “Procedimiento Atención de Reclamos del Usuario”. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la Resolución Administrativa N° 336-2008-CE-PJ, de fecha 31 de diciembre de 2008, que aprueba la Directiva N° 015-2008-CE-PJ denominada “Sistema de Notifi caciones Electrónicas del Poder Judicial (SINOE-PJ)”; así como cualquier otra disposición que se oponga a la presente resolución administrativa.