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560178 NORMAS LEGALES Viernes 28 de agosto de 2015 / El Peruano Que, a través de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, modifi cada por la Ley Nº 28613, se crea el Fondo Nacional de Desarrollo Científi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT como una unidad de ejecución presupuestal del CONCYTEC, con patrimonio propio y autonomía administrativa y fi nanciera; Que, la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en su Numeral 1), autoriza excepcionalmente al CONCYTEC a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, a efectos de cofi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica con la fi nalidad de promover el desarrollo de la ciencia y tecnología en el Año Fiscal 2015; Que, asimismo, la referida disposición señala que lo establecido en los literales a) y b) precitados, se aprueba mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 038-2015-CONCYTEC-P, modifi cada por Resoluciones de Presidencia Nº 064-2015-CONCYTEC-P y Nº 091-2015-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva Nº 002-2015-CONCYTEC- OGPP “Procedimiento para la aprobación de transferencias fi nancieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015”, cuya fi nalidad es establecer el procedimiento, competencias y responsabilidades para la aprobación de las transferencias fi nancieras y el otorgamiento de subvenciones regulados en la referida Disposición Complementaria Final; Que, mediante Ofi cio Nº 261-2015-FONDECYT- DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita la aprobación de transferencias fi nancieras por la suma de Un Millón Doscientos Ocho Mil Doscientos Sesenta y Cuatro y 50/100 Nuevos Soles (S/. 1’208,264.50), y el otorgamiento de subvención a favor de personas jurídicas privadas por la suma de Quinientos Veintiún Mil Setecientos Noventa y Cuatro y 43/100 Nuevos Soles (S/. 521,794.43), por un monto total de Un Millón Setecientos Treinta Mil Cincuenta y Ocho y 93/100 Nuevos Soles (S/. 1’730,058.93), a los ganadores del Concurso “Proyectos de Investigación Aplicada e Investigación Básica”, realizado por el FYNCyT, declarados mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 120-2014-FONDECYT-DE, del 9 de diciembre el 2014; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 011-2015-FONDECYT-UPP- UAJ-USM-UES, suscrito por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, que determina la viabilidad técnica, presupuestal y legal para la aprobación de las transferencias fi nancieras y el otorgamiento de subvenciones para los ganadores del Concurso “Proyectos de Investigación Aplicada e Investigación Básica” por un monto total de Un Millón Setecientos Treinta Mil Cincuenta y Ocho y 93 Nuevos Soles (S/. 1’730,058.93), de los cuales la suma de Un Millón Doscientos Ocho Mil Doscientos Sesenta y Cuatro y 50/100 Nuevos Soles (S/. 1’208,264.50), corresponde a las trasferencias fi nancieras que se efectuarán a favor de la Universidad Nacional de Tumbes (S/. 139,162.00), el Instituto Nacional de Innovación Agraria (S/. 152.590.00), la Universidad Nacional de Trujillo (S/. 87,361.00), la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (S/. 247,010.20) ganador por dos proyectos, el Instituto Geofísico del Perú (S/. 44,167.10), el Instituto Tecnológico de la Producción (S/. 101,393.50), la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/. 237,830.70) ganador por dos proyectos, y la Universidad Nacional de San Agustín (S/. 198,750.00); y la suma de Quinientos Veintiún Mil Setecientos Noventa y Cuatro y 43/100 Nuevos Soles (S/. 521,794.43), correspondiente al otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas que se efectuarán a favor de la Universidad de San Martín de Porres (S/. 156,217.46) ganador por dos proyectos, la Universidad de Lima (S/. 4,680.00), la Universidad Científi ca del Sur S.A.C (S/. 128,379.37), la Universidad de Piura (S/. 134.171.00) y la Universidad Católica San Pablo (S/. 98,346.60). Asimismo, el Informe Técnico Legal Nº 011-2015-FONDECYT-UPP- UAJ-USM-UES adjunta la Certifi cación de Crédito Presupuestario N° 0000000064, la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 120-FONDECYT-DE por la cual se declara a los ganadores del Concurso “Proyectos de Investigación Aplicada e Investigación Básica” y copias de los Convenios de Adjudicación N° 075, N°076, N° 080, N° 089, N° 091, N° 092, N° 093, N° 094, N° 096, N° 097, N° 098, N° 099, N° 103, N° 105, N° 106 y N° 109-2014-FONDECYT-DE, así como de sus Primeras Adendas; Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 0 1 4 - 2 0 1 5 - F O N D E C Y T- U P P - U A J - U S M - U E S (ampliatorio del Informe Técnico Legal Nº 011-2015-FONDECYT-UPP-UAJ-USM-UES) los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, señalan que han revisado los Convenios de Adjudicación N° 075, N°076, N° 080, N° 089, N° 091, N° 092, N° 093, N° 094, N° 096, N° 097, N° 098, N° 099, N° 103, N° 105, N° 106 y N° 109-2014-FONDECYT-DE, sus Anexos y sus respectivas Adendas, ratifi cando que en la fecha corresponde aprobar transferencias fi nancieras y otorgar subvenciones a las instituciones señaladas en el cuadro indicado en las conclusiones del Informe Técnico Legal Nº 011-2015-FONDECYT-UPP-UAJ- USM-UES, por los montos indicados en el referido cuadro; Que, mediante Informe Nº 224-2015-CONCYTEC- OGPP, el Jefe (e) de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que se ha verifi cado lo informado por la Unidad Ejecutora FONDECYT, concluyendo que las transferencias fi nancieras y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, solicitadas por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, cuentan con disponibilidad presupuestal para ser atendidas hasta por el importe total de Un Millón Setecientos Treinta Mil Cincuenta y Ocho y 93/100 Nuevos Soles (S/. 1’730,058.93); Que, asimismo, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto señala que con la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000000064 de la Unidad Ejecutora 002: FONDECYT, se fi nanciará el Esquema Financiero 005: “Proyectos de Investigación con FINCyT”; Que, con el Informe Nº 215-2015-CONCYTEC-OGAJ, la Jefa (e) de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 011-2015-FONDECYT-UPP- UAJ-USM-UES emitido por el FONDECYT, y en el informe presupuestal de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, se ha cumplido con lo dispuesto en el Literal a.1) del Numeral 4.2 de la Directiva Nº 002-2015-CONCYTEC-OGPP; Que, en atención a las opiniones técnicas emitidas, corresponde aprobar las transferencias fi nancieras y los otorgamientos de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas solicitadas por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, hasta por la suma total de Un Millón Setecientos Treinta Mil Cincuenta y Ocho y 93/100 Nuevos Soles (S/. 1’730,058.93); Con el visto bueno del Secretario General, del Jefe (e) de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del FONDECYT, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo del FONDECYT y de la Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), en el Decreto Supremo Nº 026-2014- PCM, que aprueba el Reglamento de Organización