Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2015 (01/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Martes 1 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

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evidencia la condición de presupuestada de la plaza de confianza de Asesor del Gabinete de Asesores de la Jefatura Nacional; Que, asimismo, con Resolución Jefatural Nº 236-2015/ JNAC/RENIEC (04NOV2015), se aprobó el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en el cual se considera el financiamiento correspondiente a la plaza de confianza de Asesor del Gabinete de Asesores de la Jefatura Nacional; Que, con el Memorando de Vistos, la Gerencia de Talento Humano comunica la propuesta de la Jefatura Nacional, que considera la designación del señor HILDEBRANDO EVARISTO CASTRO POZO DÍAZ, en el cargo de confianza de Asesor del Gabinete de Asesores de la Jefatura Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, asignándole la plaza correspondiente del Cuadro para Asignación de Personal (CAP); Que, en ese contexto, mediante el informe de Vistos, la Sub Gerencia de Personal de la Gerencia de Talento Humano, informa que el señor HILDEBRANDO EVARISTO CASTRO POZO DÍAZ, cumple con los requisitos mínimos señalados en el Clasificador de Cargos para la Cobertura de Plazas del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del RENIEC, aprobado con Resolución N° 250-2012/ JNAC/RENIEC (05OCT2012), modificado por Resolución Jefatural N° 314-2013/JNAC/RENIEC (18OCT2013), a efectos de desempeñar el cargo de Asesor del Gabinete de Asesores de la Jefatura Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; Que, en consecuencia se ha considerado pertinente designar en el cargo de confianza de Asesor del Gabinete de Asesores de la Jefatura Nacional, al señor HILDEBRANDO EVARISTO CASTRO POZO DÍAZ, asignándole la plaza correspondiente del Cuadro para Asignación de Personal (CAP); Estando a las atribuciones conferidas en la Ley Nº 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y en el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/ RENIEC (10ABR2013) y de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS ­ Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir del 01 de diciembre de 2015, al señor HILDEBRANDO EVARISTO CASTRO POZO DÍAZ, en el cargo de confianza de Asesor del Gabinete de Asesores de la Jefatura Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, asignándole la plaza correspondiente del Cuadro para Asignación de Personal (CAP), vigente. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural a la Gerencia de Talento Humano. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1317948-1

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC VISTO: El Informe Nº 105-2015-MDP/GR de fecha 23 de Noviembre del 2015 emitido por la Gerencia de Rentas, quien solicita PRORROGAR la Ordenanza Nº 150-2015-MDP/C que aprueba el "Beneficio de Amnistía Tributaria y No Tributaria", hasta el 31 de Diciembre del 2015, y; CONSIDERANDO; Que, de conformidad a lo dispuesto el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 28607 "Ley de Reforma Constitucional", precisa que (...) las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local y personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades"; Que, mediante Ordenanza Nº 150-2015-MDP/C publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 30 de Setiembre del 2015, se aprobó la "Ordenanza de Amnistía Tributaria y No Tributaria, dirigido a los contribuyentes, obligados y administrados que mantengan obligaciones tributarias por concepto de Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias y Multas Administrativas; Que, en la Segunda Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza en mención, facultó al Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y necesarias para lograr su adecuada aplicación; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 011-2015-MDP/A de fecha 28 de Octubre del 2015, se prorrogó hasta el 30 de Noviembre del 2015, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 150-2015-MDP/C ­ "ORDENANZA QUE APRUEBA EL BENEFICIO DE AMNISTIA TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA EN EL DISTRITO DE PACHACAMAC". Que, la Gerencia de Rentas, ha advertido la exigencia de un considerable número de contribuyentes y administrados que han optado por acogerse a la Amnistía para regularizar el estado de sus obligaciones Tributarias y Administrativas y siendo que dicho plazo no ha sido suficiente para que todos los deudores puedan acogerse a sus beneficios, resulta necesario disponer una prórroga del término de la vigencia de los beneficios establecidos; Que, de acuerdo al Artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, (...) los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario que no sean de competencia del Concejo Municipal; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º en concordancia con el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de Diciembre del año 2015, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 150-2015-MDP/C ­ "ORDENANZA QUE APRUEBA EL BENEFICIO DE AMNISTIA TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA EN EL DISTRITO DE PACHACAMAC", precisando que el beneficio de Amnistía No Tributaria es para aquellas multas impuestas hasta el 31 de Agosto del 2015. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, Sub, Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, Gerencia de Turismo y Desarrollo Económico, Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, el cumplimiento del presente Decreto y a la Secretaria General y Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación y difusión del presente. Artículo Tercero.- DISPONER a la Sub Gerencia de Estadística e Informática, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, dentro del día siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe el Artículo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP,

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC
Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 150-2015-MDP/C que aprueba el beneficio de amnistía tributaria y no tributaria en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2015-MDP/A Pachacámac, 24 de noviembre del 2015.

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