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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2015 (14/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 6

El Peruano Miércoles 14 de enero de 2015 544672 Decreto Legislativo Nº 728 y sus normas reglamentarias y complementarias, dentro del ámbito de su competencia. d) Autorizar y resolver las peticiones de los pensionistas y ex trabajadores en materia pensionaria. Artículo 3.- Delegación de facultades en el(la) Director(a) General de la O fi cina General de Administración Delegar en el(la) Director(a) General de la O fi cina General de Administración, respecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura - Administración Central - Ejercicio 2015, las facultades siguientes: 3.1 En materia de contrataciones del Estadoa) Aprobar y modi fi car el Plan Anual de Contrataciones; así como evaluar y supervisar su ejecución, previa conformidad de la Secretaría General. b) Aprobar la estandarización para la contratación de bienes y servicios. c) Aprobar los Expedientes de Contratación de todo tipo de procesos de selección para la contratación de bienes, servicios y obras. d) Autorizar la participación de expertos independientes en los Comités Especiales. e) Designar a los integrantes de los Comités Especiales y/o Comités Especiales Permanentes así como de los Comités Especiales Ad Hoc, de todo tipo de procesos de selección para la contratación de bienes, servicios y obras; así como su reconformación. f) Aprobar las Bases de los procesos de selección correspondientes a Adjudicación Directa, Concurso Público y Licitación Pública para la contratación de bienes, servicios y obras. Dicha facultad incluye la aprobación de las Bases derivadas de las exoneraciones de procesos de selección. g) Aprobar la asignación su fi ciente de recursos para el otorgamiento de la Buena Pro a aquellos postores, cuyas ofertas económicas superen el valor referencial en procesos de selección para la ejecución de obras, hasta el límite máximo previsto en la normativa de contratación pública. h) Cancelar total o parcialmente los procesos de selección convocados para la contratación de bienes, servicios y obras. i) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes y servicios hasta el límite previsto en las normas de contrataciones del Estado. j) Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes, servicios y obras hasta el límite previsto en las normas de contrataciones del Estado. k) Resolver las solicitudes de ampliación del plazo contractual en el caso de bienes, servicios y obras. l) Resolver los recursos de apelación interpuestos en los procesos de selección de Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de Menor Cuantía. m) Poner en conocimiento del Tribunal de Contrataciones del Estado la existencia de indicios de la comisión de una infracción por parte de los proveedores, participantes, postores, contratistas, expertos independientes y otros, que pudieran dar lugar a la aplicación de sanciones. n) Suscribir convenios interinstitucionales para encargar procesos de selección a entidades públicas u organismos internacionales, así como aprobar el Expediente de Contratación y las Bases en calidad de Entidad encargante. o) Emitir pronunciamiento, observando, elaborando otra y/o aprobando la liquidación de los Contratos de Obra, regulados por las normas de contrataciones del Estado. p) Aprobar la liquidación técnica y fi nanciera de las Obras Públicas ejecutadas por Administración Directa. q) Aprobar la ejecución de obras bajo la modalidad de ejecución presupuestal directa, de conformidad con la normativa sobre la materia. 3.2 En materia administrativa a) La representación legal del Ministerio ante cualquier tipo de autoridad administrativa, distinta de la que goza el Procurador Público, regulada por el Decreto Legislativo Nº 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS, pudiendo iniciar y proseguir procedimientos administrativos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo, desistirse, participar en cualquier tipo de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnación en el ámbito de las funciones propias del cargo y aquellas expresamente delegadas. b) Suscribir convenios, contratos y cualquier otro acto relacionado con los fi nes de la institución, y sus respectivas adendas, vinculados con las funciones propias de la O fi cina General de Administración, distintos de los contratos derivados de los procesos de selección. Dicha facultad comprende también la de suscribir convenios o contratos referidos al reconocimiento de deudas distintas a operaciones de endeudamiento público, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. c) Suscribir los contratos sujetos a las disposiciones reguladas en el Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 063-2007-CG y modi fi catorias. d) Suscribir Convenios de Apoyo o de Cooperación Interinstitucional con Entidades del Estado y privadas, así como suscribir la ampliación de la vigencia o renovación de los Convenios correspondientes al ejercicio anterior, a fi n de garantizar la continuidad de los proyectos de inversión pública, lo que deberá ceñirse a las disposiciones normativas vinculadas al presupuesto para el Ejercicio Fiscal correspondiente y demás disposiciones legales sobre la materia, previa conformidad del órgano que se encargará de la veri fi cación y seguimiento, así como de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto. La veri fi cación y seguimiento del cumplimiento de las acciones que se prevean en los convenios o sus adendas, según corresponda, será responsabilidad del órgano de línea que tiene asignado el presupuesto en el MINAGRI previo a su transferencia. e) Aprobar las solicitudes de baja y alta de bienes inmuebles y demás actos administrativos que deriven de los mismos, con previa opinión favorable de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, conforme corresponda. f) Autorizar la impresión a color en casos debidamente justifi cados en el marco del Decreto Supremo Nº 050- 2006-PCM, que prohíbe en las entidades del Sector Público la impresión, fotocopiado y publicaciones a color para efectos de comunicaciones y/o documentos de todo tipo. g) O fi cializar el encargo de funciones de las O fi cinas de Tesorería, Contabilidad y Abastecimiento y Patrimonio, cuando el titular del cargo se encuentre ausente por motivos acreditados. Artículo 4.- Delegación de facultades en el(la) Director(a) de la O fi cina de Abastecimiento y Patrimonio Delegar en el(la) Director(a) de la O fi cina de Abastecimiento y Patrimonio de la O fi cina General de Administración, respecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura - Administración Central - Ejercicio 2015, las facultades siguientes: a) Suscribir los contratos derivados de los procesos de selección y de las exoneraciones, para la contratación de bienes, servicios y obras, así como suscribir las correspondientes adendas, de corresponder. b) Resolver los contratos derivados de procesos de selección, por las causales reguladas en las normas de contrataciones del Estado. c) Autorizar y suscribir la realización de contrataciones complementarias para bienes y servicios. d) Aprobar las Bases de los procesos de selección de las Adjudicaciones de Menor Cuantía. Artículo 5.- Delegación de facultades en los(las) Directores(as) Ejecutivos(as) de los Proyectos Especiales Delegar, durante el Ejercicio 2015, la facultad de designar a los titulares y suplentes del manejo de las