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El Peruano Miércoles 14 de enero de 2015 544677 militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modi fi cada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a NUEVE (09) militares de los Estados Unidos de América, del 14 al 16 de enero de 2015, con la fi nalidad de reunirse con miembros del Comando de Inteligencia y Operaciones Especiales Conjuntas de las Fuerzas Armadas del Perú. Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente Resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modi fi cada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1187718-4 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Acreditan a representantes del Ministerio ante los Núcleos Ejecutores de distribución descentralizado de carpetas para instituciones educativas en la zona geográfica Ayacucho-Apurímac-Huancavelica, y Cajamarca-Amazonas, adquiridas en el marco del D.U. N° 058-2011 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 011-2015-MIDIS Lima, 13 de enero de 2015VISTO: El Memorando N° 005-2015-MIDIS/SG/OGA, emitido por la O fi cina General de Administración del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, mediante la Trigésimo Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, modi fi cada por la Segunda Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 30056, se dispuso la ampliación, hasta el 31 de diciembre de 2016, de la vigencia del Capítulo I del Decreto de Urgencia N° 058-2011, que dictó medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y fi nanciera para mantener y promover el dinamismo de la economía nacional, a efectos de continuar con la contratación y distribución de diversos bienes a través de la modalidad de núcleos ejecutores, incluyéndose en el ámbito de aplicación de dicho capítulo, la adquisición y distribución de carpetas para instituciones educativas; Que, según el artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 058-2011 para la adquisición de los bienes se formarán Núcleos Ejecutores de Compra, y para la distribución de los mismos se formarán Núcleos Ejecutores de distribución descentralizados según la zona geográ fi ca donde se realizará la distribución, los cuales estarán conformados, entre otros, por un representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, cuya acreditación se realizará mediante resolución; Que, en ese contexto, mediante Resoluciones Ministeriales N° 197-2014-MIDIS y 248-2014-MIDIS, se acreditaron a los representantes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante los Núcleos Ejecutores de distribución descentralizado que se conformen para la distribución de carpetas para instituciones educativas en la zona geográfica Ayacucho-Apurímac-Huancavelica, y Cajamarca-Amazonas, respectivamente, adquiridas en el marco del Decreto de Urgencia N° 058-2011; Que, en atención a lo indicado mediante documento de visto, resulta pertinente efectuar el reemplazo de los representantes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante los núcleos ejecutores de distribución señalados en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluidas las acreditaciones de los representantes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante los Núcleos Ejecutores de distribución descentralizado de carpetas para instituciones educativas en la zona geográ fi ca Ayacucho-Apurímac-Huancavelica, y Cajamarca-Amazonas, dispuestas mediante Resoluciones Ministeriales N° 197-2014-MIDIS y 248-2014-MIDIS, respectivamente. Artículo 2.- Acreditar a los señores Marko Joel Moran Jhoncon y Carlos Alberto Manrique Cáceres como representantes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante los Núcleos Ejecutores de distribución descentralizado de carpetas para instituciones educativas en la zona geográ fi ca Ayacucho-Apurímac-Huancavelica, y Cajamarca-Amazonas, adquiridas en el marco del Decreto de Urgencia N° 058-2011. Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución a las personas señaladas en el artículo precedente, a los Ministerios de la Producción y de Educación, al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, y a la O fi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1187793-1 Acreditan a representante del Ministerio en el Núcleo Ejecutor de distribución descentralizado que se conforme para la distribución de kits de cocina popular en el ámbito de Lima Metropolitana RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 012-2015-MIDIS Lima, 13 de enero de 2015