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El Peruano Miércoles 14 de enero de 2015 544688 SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por Licenciada en Nutrición Milagros Jovana Bailetti Figueroa, en el cargo de Directora Ejecutiva, Nivel F-4, de la Dirección de Higiene Alimentaria y Zoonosis de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar temporalmente, a la Abogada Paola Jussieu Salas Aranda, profesional contratada bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, en el cargo de Directora Ejecutiva de la Dirección de Higiene Alimentaria y Zoonosis de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, en adición a sus funciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1187012-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a Sistemas de Inspecciones Técnicas Centro S.A.C. la ampliación de nuevo punto de operación de su Centro de Inspección Técnica Vehicular Móvil en la localidad de Chincha RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 5494-2014-MTC/15 Lima, 31 de diciembre de 2014VISTO:El Parte Diario Nº 224656, presentados por la empresa denominada SISTEMAS DE INSPECIONES TÉCNICAS CENTRO S.A.C.-SITEC CENTRO S.A.C., a través de los cuales solicita autorización para nuevos puntos de operación de su planta móvil y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modi fi catorias, se aprobó el Reglamento Nacional de Vehículos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, en adelante El Reglamento el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, cuya fi nalidad constituye certi fi car el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional; así como veri fi car que éstos cumplan las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la normativa nacional, con el propósito de garantizar la seguridad del transporte y el tránsito terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, mediante Resolución Directoral Nº 4197-2014- MTC/15, de fecha 15 de octubre de 2014 publicada el 01 de noviembre del mismo año, se renovó la autorización como centro de inspección tecnica vehicular a la empresa SISTEMAS DE INSPECIONES TÉCNICAS CENTRO S.A.C.-SITEC CENTRO S.A.C., en adelante El CITV, otorgada mediante Resolución Directoral Nº 2692-2009-MTC/15 por el plazo de cinco (05) años, para operar con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta en el local ubicado en la Av. Coronel Parra intersección con el Jr. José Olaya S/N, Distrito de Pilcomayo, Provincia de Huancayo y Departamento de Junín ; Que, mediante Resolución Directoral Nº 4197-2014- MTC/15, de fecha 15 de octubre de 2014 publicada el 01 de noviembre del mismo año, se renovó la autorización como centro de inspección tecnica vehicular Móvil a El CITV, a las siguientes localidades: Cerro de Pasco, Tarma, Barranca, Satipo, Ayacucho, La Oroya y Huaraz, cuyo plazo de vigencia está condicionada a la duración de la autorización de su CITV fi jo y su ámbito territorial quedará subordinado a la operación de algún CITV fi jo en las localidades autorizadas; Que, mediante el Parte Diario Nº 224656 de fecha 05 de noviembre de 2014 El CITV, solicita autorización para ampliación de un (01) nuevo punto de operación de su planta móvil a la siguiente localidad: Chincha, adicional a las localidades ya autorizadas mediante Resolución Directoral Nº 4197-2014-MTC/15; Que, el numeral 28.2 del artículo 28º de El Reglamento determina que el Centro de Inspección Técnica Vehicular Móvil es el: “Contenedor, remolque o semirremolque acondicionado con el equipamiento requerido para prestar el servicio de Inspección Técnica Vehicular, que puede trasladarse de un lugar a otro y que se encuentra previamente autorizado por la DGTT para operar en localidades donde no se haya autorizado la operación de algún Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo. Estos Centros estarán a cargo de un Centro de Inspección Técnica Vehicular - CITV Fijo”; Que, mediante Informe Nº 466-2014-MTC/15.03, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, concluye que El CITV ha cumplido con presentar los documentos que sustentan la ampliación de un (01) nuevo punto de operación de su planta móvil, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; siendo de aplicación además los principios de informalismo, presunción de veracidad y privilegio de los controles posteriores contenidos en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, y; Que, de conformidad con la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modi fi catorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a la empresa SISTEMAS DE INSPECIONES TÉCNICAS CENTRO S.A.C.-SITEC CENTRO S.A.C., la ampliación de un (01) nuevo punto de operación de su Centro de Inspección Técnica Vehicular Móvil en la localidad de Chincha, adicional a las localidades ya autorizadas mediante Resolución Directoral Nº 4197-2014-MTC/15, cuyo plazo de vigencia está condicionado a la duración de la autorización de su CITV Fijo; y su ámbito territorial queda subordinado a la operación de algún Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo en las localidades autorizadas; Artículo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; Artículo Tercero.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el diario O fi cial El Peruano, siendo de cargo de la empresa SISTEMAS DE INSPECIONES TÉCNICAS CENTRO S.A.C.-SITEC CENTRO S.A.C., los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIGUEL ANGEL SÁNCHEZ DEL SOLAR QUIÑONES Director GeneralDirección General de Transporte Terrestre 1186739-1