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El Peruano Jueves 15 de enero de 2015 544754 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en el (la) Viceministro(a) de Justicia y en el (la) Viceministro(a) de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia, las siguientes facultades: 1.1. EN MATERIA ADMINISTRATIVA a) Expedir Resoluciones sobre acciones administrativas del personal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que sea de confi anza relativa al encargo de funciones y de puestos del Nivel F-5, hasta por el periodo de treinta (30) días calendario, bajo el ámbito de competencia de cada Viceministro. b) Suscribir en representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acuerdos, convenios y otros documentos, según el ámbito de competencia de cada Viceministerio. Artículo 2º.- Delegar en el (la) Secretario(a) General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, las siguientes facultades: 2.1. EN MATERIA NORMATIVA Aprobar documentos normativos que regulen los actos de administración interna, elaboración de documentos de gestión, trámites internos, lineamientos técnico- normativos y metodológicos, orientados a optimizar los procedimientos administrativos de carácter interno a cargo de todas las unidades orgánicas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. 2.2. EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, así como sus modifi catorias. b) Aprobar las Bases Administrativas de los procesos de selección correspondientes a Licitación Pública y Concurso Público, que realice la Unidad Ejecutora 0015 - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, así como de las Adjudicaciones de Menor Cuantía derivadas de la declaratoria de desierto de los procesos de selección mencionados, así como las Bases Administrativas derivadas de las exoneraciones de los procesos de selección indicados. c) Designar a los miembros integrantes de los Comités Especiales ad hoc, que tendrán a su cargo la organización, conducción y ejecución de los procesos de selección correspondientes a Licitación Pública y Concurso Público que convoque la Unidad Ejecutora 0015 - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, así como disponer la modifi cación de la conformación de los mismos. d) Autorizar la participación de expertos independientes en los Comités Especiales para el caso de los procesos de selección correspondientes a Licitación Pública y Concurso Público. e) Aprobar la asignación suficiente de recursos para el otorgamiento de la Buena Pro para la contratación de obras, cuando las propuestas económicas superen el valor referencial hasta el límite del diez por ciento (10%), debiéndose verificar que la propuesta económica no afecte la declaratoria de viabilidad del proyecto. f) Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales o la reducción de las mismas, respecto de los contratos suscritos por la Unidad Ejecutora 0015 - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, derivados de los procesos de selección correspondientes a Licitación Pública, Concurso Público y de los procesos de Adjudicación de Menor Cuantía derivados de la declaratoria de desierto de los procesos de selección mencionados; así como las contrataciones complementarias de los procesos de selección correspondientes a Licitación Pública, Concurso Público y de los procesos de Adjudicación de Menor Cuantía derivados de la declaratoria de desierto de los procesos de selección mencionados, hasta por los montos máximos previstos en la normativa de contratación pública vigente. g) Autorizar los procesos de estandarización. h) Autorizar la cancelación parcial o total de los procesos de selección correspondientes a Licitación Pública y Concurso Público y de los procesos de Adjudicación de Menor Cuantía derivados de la declaratoria de desierto de los procesos de selección mencionados. i) Determinar si la elaboración del Expediente Técnico de la prestación adicional de obras menores al 15%, estará a cargo de la Unidad Ejecutora 0015 - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de un consultor externo o del contratista ejecutor de la obra principal, de acuerdo a la normativa de contratación pública vigente. 2.3. EN MATERIA ADMINISTRATIVA a) Resolver los recursos administrativos interpuestos ante órganos dependientes del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, en aquellos procedimientos en los que éste constituya la última instancia administrativa. b) Autorizar las contrataciones y suscribir los Términos de Referencia, así como efectuar la selección de profesionales, con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, que se requiera en el Despacho Ministerial, Despachos Viceministeriales y Secretaría General previa solicitud e informe sustentatorio de las dependencias solicitantes. Asimismo, suscribir los contratos y adendas para la contratación de los citados profesionales, comunicar las resoluciones de los mismos al Ministerio de Economía y Finanzas y suscribir las comunicaciones ofi ciales al Ministerio de Economía y Finanzas respecto de las referidas contrataciones. c) Suscribir en representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, las comunicaciones ofi ciales al Ministerio de Economía y Finanzas respecto a las contrataciones del Personal Altamente Califi cado del Sector, al amparo de la Ley Nº 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente califi cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones; y demás normas complementarias. d) Remitir la solicitud de pago de honorarios, el Formato F – conformidad del servicio mensual y el recibo por honorarios a la Unidad Transitoria de Pago del Fondo de Apoyo Gerencial del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas. e) Constituir comisiones, grupos de trabajo y/o similares, al interior de la Entidad, en el ámbito de su competencia, así como disponer la modifi cación de la conformación de los mismos, de ser el caso. f) Suscribir Convenios de Gestión y de Cooperación Interinstitucional en materias de su competencia y sus respectivas adendas, en aquellos casos que no sean privativas a la función de Ministro(a) de Estado. g) Suscribir en representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la documentación que debe ser remitida a la Contraloría General de la República en el marco de lo dispuesto en la Resolución de Contraloría Nº 063-2007-CG, o la norma que la sustituya, lo cual incluye la suscripción de los contratos con las sociedades de auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control. h) Expedir Resoluciones sobre acciones administrativas del personal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que sea de confi anza relativa al encargo de funciones y de puestos de Nivel F-5, hasta por el periodo de treinta (30) días calendario, bajo el ámbito de competencia de la Secretaría General. i) Aprobar las solicitudes para atención de Asesoría y Defensa al amparo de la Ley N° 30057, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y del Decreto Supremo N° 018-2002-PCM, o las normas que la sustituyan. 2.4. EN MATERIA CONTABLE, PRESUPUESTARIA Y DE INVERSIÓN PÚBLICA a) Suscribir la documentación correspondiente a la información contable trimestral y semestral que deba ser presentada a la Dirección General de Contabilidad Pública, de conformidad con lo dispuesto en la Directiva N° 005-2014-EF/51.01 “Preparación y Presentación de Información Financiera y Presupuestaria Trimestral y Semestral por las entidades usuarias del Sistema de Contabilidad Gubernamental”, aprobada por Resolución