Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2015 (27/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 117

El Peruano Sábado 27 de junio de 2015

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que por diversas razones mantienen deuda con la Municipalidad; Estando a los fundamentos expuestos y a las normas legales antes referidas, contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º numerales 8) y 9) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Objetivo La presente Ordenanza tiene como objetivo establecer beneficios e incentivos al pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales dentro de la jurisdicción del distrito de Magdalena del Mar. Artículo 2º.- Alcances y beneficios Los incentivos establecidos en la presente Ordenanza están dirigidos a los contribuyentes que mantienen deuda con la Municipalidad de Magdalena del Mar vencidas al 29 de Mayo de 2015 y aquella que se genere dentro de la vigencia de la presente Ordenanza.. Artículo 3º.- Beneficio. Condiciones generales:
PORCENTAJE DE DESCUENTOS AÑO COSTAS MONTO INTERES ACTUALICONCEPTO CONDICION DE LA INSOLUTO Y ZACION MORADEUDA GASTOS DE LA DE IPM TORIO * DEUDA 2015 Paga IMPUESTO y años --100% 100% 100% cualquier PREDIAL anteriores periodo Paga cualquier 2015 6% 100% --100% periodo (Solo debe año 2015) 2015 0% 100% --100% 2014 5% 100% --100% ARBITRIOS 2013 30% 100% --100% MUNICIPALES Paga 2012 40% 100% --100% cualquier 2011 50% 100% --100% periodo 2010 70% 100% --100% (Deben todo) 2009 y años 90% 100% --100% anteriores

Resolución, proceda la inscripción de Primera de Dominio a favor del Estado. Regístrese y cúmplase. ALEJANDRO ESTRADA ANDRADE Gerente General Regional 1255520-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Establecen beneficios e incentivos tributarios a favor de los contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 021-MDMM Magdalena, 17 de junio de 2015 EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 13 de la fecha; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II y del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 ­, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley de acuerdo al artículo 200º numeral 4 de la Carta Magna; Que, conforme a lo establecido por el numeral 4) del artículo 195º y por el artículo 74º de la Constitución Política del Perú en concordancia con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado ­ TUO del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y el artículo 9º numeral 9 de la Ley Nº 27972, los gobiernos locales tienen potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, así como exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley, a través del Concejo Municipal; Que, el artículo 41º del Decreto Supremo Nº 133-2013EF señala que los gobiernos locales podrán condonar la deuda tributaria sólo por norma expresa con rango de Ley. Excepcionalmente, los Gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo; Que, de conformidad a las facultades de los Gobiernos Locales en materia de tributos municipales y en mérito a las metas de recaudación establecidas por el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el presente año, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas ha propuesto el otorgamiento de incentivos tributarios para los contribuyentes de la Municipalidad de Magdalena del Mar que cumplan con el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, dentro de los plazos señalados, a fin de sanear su situación tributaria con la entidad; Que, sin perjuicio del cumplimiento de las metas antes mencionadas, los beneficios e incentivos propuestos en la presente Ordenanza constituyen un mecanismo para incentivar el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales por parte de los contribuyentes del distrito

Asimismo, los montos adeudados por el concepto de Multas Tributarias se le aplicaran los descuentos que se detalla a continuación:
PORCENTAJE DE DESCUENTOS CONCEPTO CONDICION AÑO DE LA DEUDA 2012 al 2015 2011 y años anteriores COSTAS MONTO INTERES ACTUALIY CON MORA- ZACION GASTOS GRADUADE IPM TORIO * LIDAD 50% 90% 100% 100% 100% 100% 100% 100%

MULTA TRIBUTARIA

Paga cualquier periodo

El presente beneficio es de aplicación a las deudas pendientes de pago y las generadas dentro de la vigencia de la presente Ordenanza. Asimismo, los contribuyentes que resulten de la regularización de su obligación tributaria tendrán los beneficios establecidos en la presente ordenanza. Respecto al porcentaje de descuento referido a las Costas y Gastos, se deberá tener presente lo señalado en el artículo 4º de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Estado de la deuda La deuda por la cual los contribuyentes se acojan al presente beneficio mantendrá el estado en el que se encuentre, hasta su cancelación total. Por lo tanto el acogimiento al beneficio no conllevará al quiebre de

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