Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2015 (27/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 111

El Peruano Sábado 27 de junio de 2015

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Que, asimismo, en dicho evento se desarrollarán temas relacionados con los aplicativos y herramientas utilizados en el análisis táctico y operativo, metodología de clasificación y priorización del reporte de operaciones sospechosas e identificación de nuevas tendencias, patrones y tipologías, entre otros; Que, en tanto los temas a tratar en dicho evento serán de utilidad y aplicación en las actividades de esta Superintendencia, se ha considerado conveniente designar a la señorita Nadia Melisa Rodriguez Febres, Analista Principal Estratégico del Departamento de Análisis Estratégico y Desarrollo y al señor Miguel Ángel Flores Valdivia, Analista Principal Operativo del Departamento de Análisis Operativo, ambos funcionarios de la Unidad de Inteligencia Financiera, para que participen en la indicada pasantía; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-18, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2015, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para que participen en el indicado evento de capacitación, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2015, N° SBS-DIR-ADM-085-18, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señorita Nadia Melisa Rodriguez Febres, Analista Principal Estratégico del Departamento de Análisis Estratégico y Desarrollo, del 27 de junio al 03 de julio, y del señor Miguel Ángel Flores Valdivia, Analista Principal Operativo del Departamento de Análisis Operativo, del 27 de junio al 5 de julio, ambos funcionarios de la Unidad de Inteligencia Financiera de la SBS, a la ciudad de ciudad de Sídney, Australia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viáticos US$ 5,061.62 US$ 3,850.00

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO
Aprueban el inicio del proceso de Planeamiento Estratégico del Gobierno Regional, para la actualización del Plan de Desarrollo Regional Concertado del Gobierno Regional de Huánuco 20142021 y el Plan Estratégico Institucional - PEI 2012 - 2016
ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2015-CR-GRH Huánuco, 18 de mayo del 2015 EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO POR CUANTO: Visto, Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 13 de mayo del 2015, el Dictamen Nº 12-2015GRHCO-CR/CPPPAT-AL de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales relacionado el Inicio del Proceso de Planeamiento Estratégico del Gobierno Regional, para la Actualización del Plan de Desarrollo Regional Concertado del Gobierno Regional Huánuco 2014-2021 y el Plan Estratégico Institucional PEI 2012-2016; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 191 y 192 de Constitución Política del Estado y la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización, establece que los Gobiernos Regionales tienen la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de sus competencias; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 27867. Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que "el desarrollo regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico, social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional,"; en su artículo 9º literal b), indica "los gobiernos regionales son competentes para formular y aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado con las municipalidades y la sociedad civil"; Que, el artículo 8, numeral 5) de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales y sus modificatorias establece que en virtud al Principio de Eficacia, los Gobiernos Regionales organizan su gestión en torno a los planes y proyectos de desarrollo regional concertados, al cumplimiento de objetivos y metas explícitos y de conocimiento público; Que, el Acuerdo Nacional, suscrito el 22 de julio del 2002, es el conjunto de políticas de Estado elaboradas y aprobadas sobre la base del diálogo y del consenso a nivel nacional que tiene por finalidad definir un rumbo para el desarrollo sostenible del país y afirmar su gobernabilidad democrática hacia el año 2021; Que, el numeral 71.1, artículo 71º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, señala que las entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI), el cual debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y los Planes Estratégicos

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FERNANDO GONZALEZ-PRADA SAPONARA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 1256521-1

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