Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2015 (01/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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narcotrafico, del crimen organizado y otras, nacionales o extranjeras, que atenten o amenacen la plena vigencia del estado democratico; De conformidad con los incisos 3), 4) y 24) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru, y el numeral 3 del articulo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1.- Declaracion de reorganizacion Declarese en reorganizacion la Direccion Nacional de Inteligencia (DINI), organismo publico ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, por el plazo de ciento ochenta (180) dias calendario, a partir de la vigencia del presente dispositivo, con el objeto de fortalecer la rectoria del sistema de inteligencia nacional, lograr mayores niveles de confianza en la ciudadania y eficiencia en la produccion de inteligencia en materia de seguridad nacional. Articulo 2.- Comision Reorganizadora de Alto Nivel Crease la Comision Reorganizadora de Alto Nivel de la DINI, que tendra como objeto evaluar y proponer las normas que resulten necesarias para su reorganizacion en los aspectos de profesionalizacion, racionalizacion; y de modificacion de los aspectos operativos, administrativos, tecnicos normativos, procesos y de procedimientos. La Comision Reorganizadora estara integrada por tres personalidades de distinguida e intachable trayectoria personal y profesional. Los miembros de la Comision Reorganizadora seran designados por Resolucion Suprema refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, en un plazo no mayor de diez (10) dias calendario siguientes a la publicacion del presente Decreto Supremo. Los integrantes de la Comision ejercen sus funciones ad honorem. Para el cumplimiento de sus fines, la Comision podra invitar a especialistas, representantes de entidades publicas e instituciones privadas, sociedad civil, asi como de organismos internacionales. Articulo 3.- Secretaria Tecnica de la Comision Reorganizadora La Comision Reorganizadora contara con una Secretaria Tecnica encargada de brindar apoyo tecnico y administrativo de manera permanente a la Comision, que estara adscrita a la DINI. Estara a cargo de un Secretario Tecnico, designado mediante Resolucion Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 4.- Del plazo de vigencia de la Comision Reorganizadora La Comision tendra un plazo de vigencia de ciento cincuenta (150) dias calendario, contados a partir de la designacion de sus integrantes, al termino del cual debera presentar a la titular de la Presidencia del Consejo de Ministros el respectivo Informe Final que debera contener las correspondientes propuestas y recomendaciones. Articulo 5.- Reserva y caracter secreto de la informacion Los integrantes de la Comision Reorganizadora y de la Secretaria Tecnica de la Comision, estan obligados a guardar reserva y mantener el caracter de secreto de los documentos e informacion que MORDAZA de su conocimiento por razones de funcion, aun despues del termino de su mandato, en el MORDAZA de las disposiciones contenidas en el D.S. Nº 043-2003PCM, Aprueban Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y su reglamento; y la normativa vigente sobre la materia. Articulo 6.- Financiamiento La aplicacion de la presente MORDAZA se financia con cargo al presupuesto de la DINI y no demandara recursos adicionales al tesoro publico. Articulo 7.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro del Interior y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS PRIMERA.- Suspension de acciones a cargo de la DINI A partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, y mientras dure el MORDAZA de reorganizacion,

El Peruano MORDAZA 1 de marzo de 2015

suspendase la ejecucion de acciones de inteligencia operativa, contrainteligencia y consolidacion de apreciaciones a cargo de la DINI, las que seran ejecutadas por los organos de inteligencia de los Sectores Defensa, Interior y Relaciones Exteriores, durante el periodo MORDAZA senalado. En tanto concluya el MORDAZA de reorganizacion dispuesto por el presente Decreto Supremo, y con el objeto de prevenir, reducir riesgos y amenazas a la seguridad nacional, los organos de inteligencia del Sector Defensa, del Sector Relaciones Exteriores y del Sector Interior, ademas de sus funciones, se encargaran de producir Inteligencia Nacional para el Presidente de la Republica y el Consejo de Ministros. SEGUNDA.- Sobre pedidos de informacion de los Poderes Publicos En tanto dure el MORDAZA de reorganizacion, las solicitudes de informacion formuladas por los Poderes Publicos continuaran siendo atendidos por la Direccion Nacional de Inteligencia - DINI, en el MORDAZA de la normativa vigente y dentro de los plazos senalados, bajo responsabilidad funcional. TERCERA.- Normas complementarias Mediante Resolucion Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros, se dictaran las normas que MORDAZA necesarias para la mejor aplicacion de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de febrero del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior FREDY OTAROLA PENARANDA Ministro de Justicia y Derechos Humanos MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1206004-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Decreto Supremo que establece normas para el manejo y tenencia de fauna MORDAZA en cautiverio
DECRETO SUPREMO Nº 002-2015-MINAGRI EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048, se dispone que el ahora Ministerio de Agricultura y Riego es el organo rector del Sector Agricultura y Riego, el cual comprende, entre otros, las tierras de uso MORDAZA, de pastoreo, las tierras forestales, las eriazas con aptitud agraria; los recursos forestales y su aprovechamiento; la MORDAZA y fauna; las actividades de produccion, transformacion y de comercializacion de cultivos y crianza; asimismo, dispone, entre otros, que este Ministerio disena, establece, ejecuta y supervisa las politicas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoria en relacion con MORDAZA y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; Que, el numeral d) del Lineamiento 2 del Eje de Politica N° 1 "Institucionalidad y Gobernanza" de la Politica Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobada por Decreto Supremo N° 009-2013-MINAGRI, establece el MORDAZA

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