Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2015 (05/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Martes 5 de MORDAZA de 2015

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PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aceptan renuncia de magistrado del Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 027-2015-P-CE-PJ MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2015 VISTA: La solicitud de renuncia por razones personales y familiares presentada por el senor MORDAZA Cansaya MORDAZA, Juez Titular del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Sarayacu-Dos de MORDAZA, Provincia de Ucayali, Distrito Judicial de MORDAZA, con certificacion de firma ante Notario Publico de Lima. CONSIDERANDO: Primero. Que el senor MORDAZA Cansaya MORDAZA formula renuncia al cargo de Juez Titular del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Sarayacu-Dos de MORDAZA, Provincia de Ucayali, Distrito Judicial de MORDAZA, a partir del 21 de MORDAZA del ano en curso; nombrado por Resolucion del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 352-2014-CNM, de fecha 18 de diciembre de 2014. Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el articulo 107º, numeral 3), de la Ley de la MORDAZA Judicial. Tercero. Que, sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, es menester precisar que la aceptacion de la renuncia formulada por el recurrente no implica en modo alguno eximirlo de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigacion y que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como Juez de este Poder del Estado. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolucion Administrativa Nº 066-2011-CE-PJ, de fecha 23 de febrero de 2011. RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar, con efectividad al 21 de MORDAZA del presente ano, la renuncia formulada por el senor MORDAZA Cansaya MORDAZA, al cargo de Juez Titular del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Sarayacu-Dos de MORDAZA, Provincia de Ucayali, Distrito Judicial de Loreto; sin perjuicio de lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Agradecer al mencionado Juez de Paz Letrado, por los servicios prestados a la Nacion. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA POSTIGO Presidente 1232536-1

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen disposiciones referidas al funcionamiento de los Juzgados de Paz Letrado de MORDAZA y Seguridad Vial de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 184-2015-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2015 VISTOS: La Resolucion Administrativa N° 102-2015CE-PJ de fecha 11 de marzo de 2015; y el Informe N° 0712015-CI-CSJLI/PJ de fecha 28 de MORDAZA de 2015; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, mediante Resolucion Administrativa N° 102-2015-CE-PJ de vistos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispone que a partir del 1 de MORDAZA de 2015 convertir y reubicar, el 2° Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y Seguridad Vial del Distrito Judicial de MORDAZA, como 6° Juzgado de Paz Letrado ­ MORDAZA y San MORDAZA, con las mismas competencias de los Juzgados de Paz Letrados permanentes existente en el Distrito de MORDAZA de Surco. Segundo.- Que, mediante el informe de vistos la Coordinacion de Infraestructura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, pone a conocimiento de este despacho la viabilidad de trasladar y disponer del ambiente propicio para el 6° Juzgado de Paz Letrado Permanente de MORDAZA y San MORDAZA en la sede judicial de los Juzgados de Paz Letrado de MORDAZA y San Borja. Tercero.- Que, a lo anteriormente expuesto, resulta necesario adoptar decisiones administrativas que aseguren el correcto funcionamiento del MORDAZA 6° Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, conforme a los lineamientos que ejerce el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a traves de la Resolucion Administrativa de vistos. Cuarto.- Que por las razones expuestas y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3) del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de Ley Organica del Poder Judicial e inciso 3) del articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Corte Superior de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras, aprobado mediante Resolucion Administrativa N° 214-2012-CE-PJ de fecha 5 de noviembre de 2012. SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que el Ex 2° Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y Seguridad Vial de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, remita la totalidad de sus expedientes a la Mesa de Partes de la sede "Puno y Carabaya", donde se ubican las Juzgados de Paz Letrado de MORDAZA y Seguridad vial, otorgandole como plazo MORDAZA 3 (tres) dias habiles, a partir del 04 de MORDAZA de los corrientes. Articulo Segundo.- DISPONER que el personal de la Mesa de Partes de la sede "Puno y Carabaya" realice la redistribucion de expedientes remitidos por el 2° Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y Seguridad Vial de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA hacia el 1° Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y Seguridad Vial de la Corte Superior de Justicia de Lima. Articulo Tercero.- DISPONER que todos los expedientes a redistribuir deben contener sus cuadernos y anexos completos, debidamente cosidos, foliados en numeros y letras; y con sus cargos de notificacion completos. Articulo Cuarto.- DISPONER que los escritos ingresados hasta el dia anterior a la fecha de inicio del MORDAZA de redistribucion deberan encontrarse debidamente proveidos, notificados, cosidos y foliados en

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