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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2015 (06/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 40

El Peruano Miércoles 6 de mayo de 2015 552070 del procedimiento de adecuación a EEDE, previsto en la mencionada disposición fi nal y complementaria del Reglamento; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”, y con las opiniones favorables del Departamento de Supervisión de Riesgo Operacional, el Departamento de Supervisión de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento de Terrorismo y el Departamento de Supervisión de Conducta de Mercado, así como con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas, de Asesoría Jurídica, de Riesgos y de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349º de la referida Ley General, y de conformidad con lo establecido en la Segunda Disposición Final y Complementaria del Reglamento; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, a partir de la fecha, la adecuación de Júpiter Technology Perú S.A., como una Empresa Emisora de Dinero Electrónico, por lo cual la referida empresa podrá realizar las operaciones permitidas a las EEDE y estará sujeta al cumplimiento del Reglamento y otra normativa aplicable a este tipo de empresas. Artículo Segundo.- La Superintendencia comunicará a Júpiter Technology Perú S.A., mediante ofi cio, las acciones adicionales que deberán ser efectuadas en los plazos establecidos. Artículo Tercero.- La presente resolución autoritativa de adecuación tiene vigencia indefi nida y debe exhibirse permanentemente en las diferentes ofi cinas de la EEDE, en lugar visible al público. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 1232709-1 Autorizan a la EDPYME Raíz S.A. el traslado de oficina especial ubicada en el departamento de Puno RESOLUCIÓN SBS Nº 2311-2015 Lima, 24 de abril de 2015 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la EDPYME Raíz S.A. para que esta Superintendencia autorice el traslado de su ofi cina especial ubicada en Av. Centenario Nº 500 esquina con Av. Teniente Villanueva, distrito de Macusani, provincia de Carabaya, departamento de Puno; autorizada mediante Resolución SBS Nº 9294-2011 de fecha 18 de agosto de 2011 y; CONSIDERANDO: Que, en Sesión de Directorio de fecha 30 de marzo de 2015 se aprobó el traslado de la referida ofi cina especial; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de ofi cinas, conforme lo establece el Procedimiento 12º del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702; el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la EDPYME Raíz S.A. el traslado de su Oficina Especial ubicada en Av. Centenario Nº 500 esquina con Av. Teniente Villanueva, distrito de Macusani, provincia de Carabaya, departamento de Puno; hacia el local ubicado en Plaza de Armas 28 de Julio Nº 104 – 106, cercado del distrito de Macusani, provincia de Carabaya, departamento de Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 1232718-1 Autorizan viaje del Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones a EE.UU., comisión de servicios RESOLUCIÓN SBS Nº Nº 2442-2015 Lima, 4 de mayo de 2015 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTAS: La invitación cursada por Women’s World Banking al señor Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, con el fi n de participar en Reuniones sobre la Iniciativa de “Hipotecas Portátiles” y temas relacionados, que se llevarán a cabo el 07 de mayo de 2015 en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América; La invitación cursada por The Shift Project al señor Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, con el fi n de participar en una Reunión sobre Regulación en Riesgo Socioambiental y temas relacionados, que se llevará a cabo el 11 de mayo de 2015 en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América; La invitación cursada por el Peruvian Business Council al señor Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, con el fi n de participar como expositor principal en el Executive Breakfast dedicado a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), que se llevará a cabo el 13 de mayo de 2015 en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América; CONSIDERANDO: Que, el señor Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones brindará una exposición sobre desarrollos recientes en materia de supervisión de banca, seguros y sistema privado de fondos de pensiones a inversionistas privados, así como sostendrá una agenda de reuniones con instituciones y expertos internacionales de alto nivel, con la finalidad de impulsar y consolidar iniciativas institucionales relacionadas con el planteamiento, diseño, desarrollo y/o aplicación de proyectos y normativas sobre riesgos socioambientales e hipotecas portátiles; Que, Women’s World Banking es una organización mundial sin fi nes de lucro comprometida con brindar a más mujeres de bajos ingresos, acceso a las herramientas fi nancieras y los recursos necesarios para construir seguridad y prosperidad; Que, The Shift Project es centro principal de conocimientos sobre los United Nations Guiding Principles on Business and Human Rights y su equipo de expertos trabaja a nivel mundial con empresas, gobiernos, sociedad civil y organizaciones internacionales para integrar los Principios Rectores en dichas prácticas;