Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2015 (06/05/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Miercoles 6 de MORDAZA de 2015

552065
por Resoluciones Jefaturales Nº 172-2014-J/ONPE y Nº 217-2014-J/ONPE, respectivamente, senala que mediante el encargo se designa a un trabajador el desempeno de funciones de responsabilidad directiva dentro de la institucion y, respecto al encargo de funciones, se otorga cuando un trabajador desempena las funciones del titular ausente por vacaciones, licencia, destaque o comision de servicio; Que, en consecuencia, corresponde emitir la Resolucion Jefatural que autorice el viaje al exterior de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente de Comunicaciones y Relaciones Corporativas, para participar en las "Elecciones Departamentales y Municipales" a realizarse en Uruguay, y encargue el despacho de la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Corporativas, para el normal desempeno de las funciones a su cargo, por el periodo comprendido del 7 al 11 de MORDAZA de 2015; En uso de las atribuciones conferidas en el articulo 13º de la Ley Nº 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, literal c) del numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 30281, los literales s) y v) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONPE, aprobado y modificado mediante Resoluciones Jefaturales Nº 063-2014-J/ONPE, 2162014-J/ONPE y 122-2015-J/ONPE, respectivamente; y estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y su Reglamento; Con el visado de la Secretaria General y de las Gerencias de Planeamiento y Presupuesto, de Administracion y de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la invitacion, cursada por el Presidente de la Corte Electoral de Uruguay, para participar de las "Elecciones Departamentales y Municipales" a celebrarse el 10 de MORDAZA en Uruguay. Articulo Segundo.- Autorizar por excepcion, el viaje en comision de servicios de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente de Comunicaciones y Relaciones Corporativas, para participar en las elecciones MORDAZA indicadas, a partir del 07 al 11 de MORDAZA de 2015, inclusive. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue la presente comision de servicios, seran cubiertos por la Oficina Nacional de Procesos Electorales de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aereos: S/. 2,287.82 Articulo Cuarto.- Precisar que la presente resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo Quinto.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la Gerente de Comunicaciones y Relaciones Corporativas, referida en el articulo MORDAZA de la presente resolucion, debera presentar al Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Sexto.- Encargar el despacho de la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Corporativas, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sub Gerente de Comunicaciones y Prensa de la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Corporativas, a partir del 07 de MORDAZA y mientras dure la ausencia de su titular. Articulo Septimo.- Poner en conocimiento de la Gerencia Corporativa de Potencial Humano, el contenido de la presente resolucion, para los fines pertinentes. Articulo Octavo.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el diario oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional, www.onpe.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 1233046-1

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Autorizan viaje de Gerente de Comunicaciones y Relaciones Corporativas a Uruguay, en comision de servicios
RESOLUCION JEFATURAL Nº 137-2015-J/ONPE MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2015 VISTOS: La comunicacion de fecha 02 de marzo de 2015, del Presidente de la Corte Electoral de Uruguay, el Memorando Nº 000691-2015-SG/ONPE de la Secretaria General, el Memorando Nº 001526-2015-GPP/ONPE la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Memorando Nº 001719-2015-GAD/ONPE de la Gerencia de Administracion, asi como Informe Nº 000202-2015-GAJ/ ONPE de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la comunicacion de vistos, cursada por el senor MORDAZA Arocena, en su calidad de Presidente de la Corte Electoral de Uruguay, se invita a la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, a participar en las Elecciones Departamentales y Municipales a realizarse en Uruguay, evento previsto para el 10 de MORDAZA de 2015; Que, en la comunicacion de invitacion, la Corte Electoral de Uruguay precisa que, cubrira exclusivamente los gastos de hospedaje, alimentacion y transporte local, debiendo en consecuencia cada entidad invitada cubrir los costos de transporte aereo de sus representantes; Que, tal como se aprecia la participacion de la ONPE en este evento generara un gasto a la entidad, dado que se debera cubrir los costos de transporte aereo; Que, mediante el Memorando Nº 000691-2015-SG/ ONPE la Secretaria General confirma la participacion de la Gerente de Comunicaciones y Relaciones Corporativas, senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en las referidas elecciones; Que, de acuerdo a lo indicado por la Gerencia de Administracion en el Memorando Nº 001719-2015GAD/ONPE, los gastos de pasaje aereo significara un desembolso ascendente a S/. 2,287.82 (dos mil doscientos ochenta y siete con 82/100 nuevos soles); Que, mediante el Memorando Nº 001526-2015-GPP/ ONPE, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, adjuntando la Modificacion Presupuestal Nota Nº 0000000562, ha otorgado el MORDAZA presupuestal requerido para sufragar el gasto de pasajes aereos de la representante de la ONPE que participara en las referidas elecciones; Que, el numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 30281, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las previstas en los literales del citado numeral, para el caso de organismos constitucionalmente autonomos, seran autorizados por resolucion del Titular de la Entidad; Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27619, precisa que las resoluciones de autorizacion de viajes al exterior se deberan sustentar en el interes nacional o institucional, bajo responsabilidad. En este extremo se debe precisar que, la participacion de funcionarios de la ONPE en el acto electoral a realizarse en Uruguay tiene una incidencia directa en las funciones desarrolladas por la ONPE, la cual de acuerdo al articulo 182º de nuestra Constitucion Politica le corresponde la organizacion de todos los procesos electorales, de referendum y los de otros MORDAZA de consulta popular, lo cual posibilitara la generacion de experiencias y conocimientos compartidos con la Corte Electoral de Uruguay; Que, por otro lado, el articulo 57º del Reglamento Interno de Trabajo de la Entidad, aprobado y modificado

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.