Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2015 (06/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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Articulo 3°.- ENCARGAR el cumplimiento del presente decreto a todas las unidades organicas a cargo de los procedimientos establecidos en el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San Miguel. Articulo 4°.- El presente decreto entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA BLESS CABREJAS MORDAZA 1233170-1

El Peruano Miercoles 6 de MORDAZA de 2015

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA
Autorizan viaje de MORDAZA a Japon, en comision de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 098-2015-MPU Urubamba, 24 de MORDAZA de 2015. EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA VISTO: En Sesion Extraordinaria de fecha 24 de MORDAZA de 2015, convocada y presidida por el senor MORDAZA Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la asistencia de la mayoria de los senores regidores del Pleno, se trato carta de fecha 7 de MORDAZA del 2015, del MORDAZA de la MORDAZA de Takayama-Japon, senor Mishikiro Kunishime, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 194º y 195 de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680 y 28607 de reforma constitucional, concordante con el articulo I y II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, las municipalidades son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Autonomia que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, el inciso 11) del Articulo 9° de la Ley Nº 27972Ley Organica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Concejo Municipal Autorizar los viajes al exterior del MORDAZA que, en comision de servicios o representacion de la municipalidad, realicen el MORDAZA, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario; Que, la Ley Nº 27619 regula las autorizaciones para viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, preceptuando que estas seran autorizadas por la mas alta autoridad de la respectiva entidad, asi como el

Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, aprueba las normas reglamentarias sobre dichas autorizaciones y precisando el monto que corresponde a la escala de viaticos para los diferentes paises del orbe por zonas geograficas. Que, mediante carta de fecha 7 de MORDAZA del 2015, el MORDAZA de la MORDAZA de Takayama-Japon, senor Mishikiro Kunishime, hace llegar la invitacion para el viaje del senor MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Urubamba, para reafirmar el acuerdo de hermanamiento suscrita entre MORDAZA ciudades con la finalidad de promover el intercambio y la cooperacion respectiva, como es en salud, educacion y turismo dentro de este contexto el Pleno del Concejo Municipal ha visto por conveniente autorizar a senor MORDAZA Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la fecha comprendida entre el 14 al 24 de MORDAZA del 2015. Que, en merito a lo MORDAZA indicado se expide el presente Acuerdo de Concejo Municipal en la que se autoriza el viaje en comision de servicio a la MORDAZA de TakayamaJapon al Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Urubamba, para que reafirme el acuerdo de hermanamiento suscrita en fecha 25 de agosto del 2013 entre MORDAZA ciudades, conforme a las atribuciones que le confiere el Art. 9 inc. 11 de la Ley Organica de Municipalidades. Estando a lo expuesto y de conformidad a lo previsto por el Articulo 9o numeral 11) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal con dispensa del tramite de lectura del acta, adopto por unanimidad el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Urubamba, el viaje a la MORDAZA de TakayamaJapon, atendiendo a la invitacion de fecha 07 de MORDAZA del 2015, a efecto de reafirmar el acuerdo de Hermanamiento suscrita entre MORDAZA ciudades, viaje que debe realizar en fecha comprendida entre el 14 al 24 de MORDAZA del 2015, conforme a lo autorizado por el pleno del concejo municipal, a fin de lograr las gestiones en materia de Salud, Educacion y turismo entre otros a favor de la Provincia de Urubamba. Articulo Segundo.- DISPONER dentro de los quince dias calendarios siguientes a su retorno al MORDAZA el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Urubamba inmerso en el primer articulo, MORDAZA entrega al Concejo Municipal del informe detallado sobre el evento realizado y los logros obtenidos. Articulo Tercero.- El presente acuerdo no MORDAZA ni exonera del pago del impuesto o derecho aduanero cualquiera de su clase o denominacion. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas y Secretaria General, la publicacion del presente Acuerdo de Concejo Municipal en el Diario Oficial El Peruano, con notificacion de las instancias administrativas pertinentes de la Municipalidad. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia Municipal y demas areas involucradas, el fiel cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1232313-1

PUBLICACI N OBLIGATORIA DE REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS
Se comunica a todas las Entidades del Sector Publico que, conforme al Decreto Supremo Nº 014-2012JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de acuerdo a lo establecido en los articulos 51º y 109º de la Constitucion Politica del Peru. LA DIRECCION

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