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566269 NORMAS LEGALES Viernes 13 de noviembre de 2015 El Peruano / República de Filipinas, del 14 al 20 de noviembre de 2015, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución son con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 12 118,88 Viáticos (US$ 500,00 x 05 días) : US$ 2 500,00 Artículo 3°.- Encargar al señor Juan Manuel Benites Ramos, Ministro de Agricultura y Riego, la Cartera de Comercio Exterior y Turismo, a partir del 14 de noviembre de 2015 y en tanto dure la ausencia de la titular. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones ExterioresEncargada del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1311698-6 Modifican RR.SS. N°s 256 y 257-2015-PCM que autorizaron viajes del Presidente del Consejo de Ministros y Edecán a Arabia Saudita y España RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 264-2015-PCM Lima, 12 de noviembre de 2015CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Suprema N° 256-2015- PCM, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 04 de noviembre de 2015, se autorizó el viaje del señor Pedro Álvaro Cateriano Bellido, Presidente del Consejo de Ministros, a la ciudad de Riad, Reino de Arabia Saudita, y a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 07 al 15 de noviembre de 2015; para que participe en la IV Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de América Latina y Países Árabes (ASPA), así como para sostener una reunión con la Vicepresidenta, Ministra de la Presidencia y Portavoz del Gobierno del Reino de España, y otras autoridades del citado Gobierno; Que, adicionalmente a las actividades programadas en la ciudad de Madrid, Reino de España, señaladas de manera precedente, el señor Pedro Álvaro Cateriano Bellido, Presidente del Consejo de Ministros, sostendrá una reunión con el Ministro de Economía y Competitividad del Gobierno del Reino de España; asimismo, por necesidad de servicio, se ha previsto adelantar su viaje de retorno a la ciudad de Lima; Que, por los motivos expuestos, corresponde modi fi car los artículos 1 y 2 de la Resolución Suprema N° 256-2015-PCM, autorizando la nueva fecha de retorno del viaje, así como el monto de los viáticos asignados; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, y modi fi catorias;SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car los artículos 1 y 2 de la Resolución Suprema N° 256-2015-PCM, quedando redactados de la siguiente manera: “Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Pedro Álvaro Cateriano Bellido, Presidente del Consejo de Ministros, a la ciudad de Riad, Reino de Arabia Saudita, y a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 07 al 14 de noviembre de 2015, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución suprema se realizarán con cargo al Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Nombre y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal Viáticos US$TOTAL US$ Pedro Álvaro Cateriano Bellido11,908.16510 2 2,100 14,008.16 540 2 Artículo 2.- Dejar subsistente en todo lo demás, el contenido de la Resolución Suprema N° 256-2015-PCM, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 04 de noviembre de 2015. Artículo 3.- La presente resolución suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones ExterioresEncargada del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros 1311698-7 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 265-2015-PCM Lima, 12 de noviembre de 2015CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Suprema N° 257-2015- PCM, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 04 de noviembre de 2015, se autorizó el viaje del señor Marco Antonio Goytizolo Castagnola, Edecán del Presidente del Consejo de Ministros, a la ciudad de Riad, Reino de Arabia Saudita, y a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 07 al 15 de noviembre de 2015; Que, debido a una variación de las actividades que realizará el Presidente del Consejo de Ministros, en la ciudad de Madrid, Reino de España, y que se ha adelantado su viaje de retorno a la ciudad de Lima; corresponde modi fi car los artículos 1 y 2 de la Resolución Suprema N° 257-2015-PCM, autorizando la nueva fecha de retorno del viaje, así como el monto de los viáticos asignados; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car los artículos 1 y 2 de la Resolución Suprema N° 257-2015-PCM, quedando redactados de la siguiente manera: