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566286 NORMAS LEGALES Viernes 13 de noviembre de 2015 / El Peruano VISTOS: La solicitud de cali fi cación para operar como CITE privado de fecha 18 de septiembre de 2015, presentada por SAN FERNANDO S.A.; el Informe Técnico N° 081-2015-ITP/DGTTDC de fecha 20 de octubre de 2015, emitido por la Dirección General de Transferencia Tecnológica y Desarrollo para el Consumo; el Informe N° 003-2015-ITP/CTC de fecha 26 de octubre de 2015, emitido por el Comité Técnico Cali fi cador; el Informe N° 516-2015-ITP/OGAJ, de fecha 29 de octubre de 2015, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; el Acuerdo N° SO 101-20-2015-ITP/CD, correspondiente a la Sesión Ordinaria N° 20-2015-ITP/CD de fecha 06 de noviembre de 2015; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en su Octogésima Novena Disposición Complementaria y Final, se dispone que el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) tendrá a su cargo la coordinación, orientación, concertación y cali fi cación de los Centros de Innovación Tecnológicos – CITE Públicos y privados; disponiéndose además que, podrá crear e implementar Centros de Innovación Tecnológicos – CITE a nivel nacional; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, se deroga la Ley N° 27267, Ley de Centros de Innovación Tecnológica y modi fi catorias; y se establece como objeto el normar la creación, implementación, desarrollo, funcionamiento y gestión de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; Que, se establece en el dispositivo legal antes citado, que los CITE pueden clasi fi carse en CITE Público y CITE Privado; precisándose en su Segunda Disposición Complementaria Transitoria que la evaluación de los CITE Privado debe realizarse en el marco de la citada norma y su reglamento; Que, mediante Resolución Ejecutiva N° 105-2015- ITP/DE, se aprueba la Directiva N° 004-2015-ITP/DE, “Procedimiento para Cali fi car Personas Jurídicas de Derecho Privado como Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica”, que establece el procedimiento para la cali fi cación de los CITE Privados, en el marco de las funciones establecidas por el Decreto Legislativo N° 1228; Que, en este contexto normativo y en atención a la Directiva antes señalada, se ha establecido que a las solicitudes de cali fi cación de las personas jurídicas de derecho privado como Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE Privado, iniciadas antes de la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1228, y que se encuentren en trámite, les será aplicable la Directiva en mención; Que, en cumplimiento del artículo 11.1 de la Directiva en mención, la Dirección General de Transferencia Tecnológica y Desarrollo para el Consumo, emite el Informe de Evaluación Funcional N° 081-2015-ITP/DGTTDC, mediante el cual señala que la solicitud presentada cumple con los requisitos de admisibilidad; Que, en cumplimiento del artículo 11.2 de la Directiva en mención, el Comité Técnico Cali fi cador ha evaluado el contenido y alcances técnicos propuestos por la empresa SAN FERNANDO S.A., y en bases al análisis realizado con la información presentada, concluyen que se cumple con lo establecido en la Directiva y que tienen las condiciones necesarias para cali fi car como CITE Privado, emitiendo para tales efectos el Informe de Evaluación Técnica N° 003-2015-ITP/CTC; Que, en cumplimiento del artículo 11.2 de la Directiva en mención, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° 516-2015-ITP/OGAJ, opina que resulta jurídicamente viable la cali fi cación del administrado como “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Privado - CITEagroalimentario SAN FERNANDO”; Que, mediante Acuerdo N° SO 101-20-2015-ITP/CD, correspondiente a la Sesión Ordinaria N° 20-2015-ITP/CD, el Consejo Directivo del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobó otorgar a SAN FERNANDO S.A., la cali fi cación para operar como “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Privado - CITEagroalimentario SAN FERNANDO”; Con las visaciones de la Dirección General de Transferencia Tecnológica y Desarrollo para el Consumo, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, la Secretaría General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 92, Ley que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), el Reglamento de Organización y Funciones del ITP, aprobado por Resolución Ministerial Nº 344-2012-PRODUCE, el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE, así como con lo establecido en la Directiva N° 004-2015-ITP/DE, “Procedimiento para Cali fi car Personas Jurídicas de Derecho Privado como Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, aprobada por la Resolución Ejecutiva N° 105-2015-ITP/DE y Fe de Erratas de fecha 03 de noviembre de 2015; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar a SAN FERNANDO S.A., la califi cación para operar como “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Privado - CITEagroalimentario SAN FERNANDO”. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el portal institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) www.itp.gob.pe, el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO ALARCÓN DÍAZ Director Ejecutivo 1311608-1 Otorgan a Silicon Technology SAC la calificación para operar como “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Privado - CITEenergía SILICON TECHNOLOGY” INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 112-2015-ITP/DE Callao, 12 de noviembre de 2015VISTOS:La solicitud de cali fi cación para operar como CITE privado de fecha 15 de septiembre de 2015, presentada por SILICON TECHNOLOGY SAC; el Informe Técnico N° 079-2015-ITP/DGTTDC de fecha 20 de octubre de 2015, emitido por la Dirección General de Transferencia Tecnológica y Desarrollo para el Consumo; el Informe N° 007-2015-ITP/CTC de fecha 26 de octubre de 2015, emitido por el Comité Técnico Cali fi cador; el Informe N° 515-2015-ITP/OGAJ, de fecha 29 de octubre de 2015, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; el Acuerdo N° SO 103-20-2015-ITP/CD, correspondiente a la Sesión Ordinaria N° 20-2015-ITP/CD de fecha 06 de noviembre de 2015; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en su Octogésima Novena Disposición Complementaria y Final, se dispone que el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) tendrá a su cargo la coordinación, orientación, concertación y cali fi cación de los Centros de Innovación Tecnológicos – CITE Públicos y privados; disponiéndose además que, podrá crear e implementar Centros de Innovación Tecnológicos – CITE a nivel nacional; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y