Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2015 (13/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Viernes 13 de noviembre de 2015 /

El Peruano

Compañía de Ingeniería para ser desplegada a la MINUSCA; Que, con Facsímil (DSD) Nº F-830, del 30 de setiembre de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores pone de conocimiento que la Secretaría General de las Naciones Unidas ha expresado su gratitud y acepta el ofrecimiento del Gobierno del Perú de aportar una Compañía de Construcción y Mantenimiento de Aeródromos a la MINUSCA; Que, mediante el Oficio N° 809-2015-MINDEF/VPD, del 16 de setiembre de 2015, el señor Viceministro de Políticas para la Defensa, dispone que el material perteneciente a la "Compañía de Ingeniería Perú", debe encontrarse embalado y listo para su embarque; Que, mediante el Facsímil de Referencia MCS-1347/ GO del 21 de octubre de 2015, la Sección de Movimientos de las Naciones Unidas informa de una serie de aspectos documentarios, logísticos y económicos pendientes de solución relacionados al traslado del equipamiento de la "Compañía de Ingeniería Perú" que será desplegada a la MINUSCA; Que, mediante Oficio Nº 677 JCCFFAA/OAI/UOP/ING del 28 de octubre de 2015, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, hace conocer la existencia de algunos aspectos pendientes para viabilizar el traslado de los equipos y el despliegue de la "Compañía de Ingeniería Perú" que participará en la MINUSCA; Que, en ese sentido, resulta necesario al interés institucional y nacional, que una delegación del Sector Defensa, integrada por el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, Embajador SDR Fernando Julio Antonio Quirós Campos y el representante del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, Coronel EP Antonio Luis Córdova Espinoza, Comandante de la Compañía de Ingeniería "Perú", viajen a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, para que participen en las reuniones con altos funcionarios de las NNUU y sustentar la posición del Perú ante el Departamento de Apoyo a las Actividades sobre el Terreno (DAAT) de ese organismo internacional, los días 16 y 17 de noviembre de 2015; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación de los mencionados funcionarios, durante la totalidad de las actividades, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno dos (2) días después de la misma; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América; Que, los gastos que ocasione la presente Comisión de Servicio, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2015 del Ministerio de Defensa - Unidad Ejecutora 001: Administración General y Unidad Ejecutora 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de conformidad con el Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002 PCM, del 05 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 002-2015-DE, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos

de América, de la delegación del Sector Defensa que participará en las reuniones con altos funcionarios del Departamento de Apoyo a las Actividades sobre el Terreno (DAAT) de las Naciones Unidas, a fin de sustentar la posición del Perú respecto a los aspectos documentarios, logísticos y económicos pendientes al traslado del equipamiento de la "Compañía de Ingeniería Perú" que será desplegada a la MINUSCA, los días 16 y 17 de noviembre de 2015, autorizando su salida del país el 15 de noviembre y su retorno el día 19 de noviembre del 2015, integrada por el siguiente personal:
MINISTERIO DE DEFENSA Embajador SDR Fernando Julio Antonio QUIROS CAMPOS COMANDO CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS Coronel EP Antonio Luis CÓRDOVA ESPINOZA DNI 10266387 DNI 09449710

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Unidad Ejecutora 001: Administración General y Unidad Ejecutora 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuarán los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle:
MINISTERIO DE DEFENSA Pasajes Lima ­ Nueva York (Estados Unidos de América) ­ Lima: US$. 1,176.00 x 1 persona (Incluye TUUA) US$ 1,176.00 Viáticos: US$. 440.00 x 3 días x 1 persona Total: US$ US$ 1,320.00 2,496.00

COMANDO CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS Pasajes Lima ­ Nueva York (Estados Unidos de América) ­ Lima: US$. 1,176.00 x 1 persona (Incluye TUUA) US$ 1,176.00 Viáticos: US$. 440.00 x 3 días x 1 persona Total: US$ US$ 1,320.00 2,496.00

Artículo 3.- El personal autorizado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 0472002-PCM. Artículo 4.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar las actividades para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores Encargada del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1311698-10

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