Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2015 (13/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Viernes 13 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

566273

ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican el Decreto Supremo N° 178-2002EF que autoriza la realización de sorteos de comprobantes de pago a nivel nacional
DECRETO SUPREMO N° 308-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 178-2002EF y normas modificatorias, autoriza la realización de Sorteos de Comprobantes de Pago a nivel nacional, cuya ejecución está a cargo de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT, y aprueba las Bases correspondientes que, como Anexo, forman parte de dicho Decreto Supremo; Que, el artículo 2 del mencionado Decreto Supremo autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, para que con cargo a su presupuesto aprobado, asuma el pago de los premios vinculados a la aplicación de los Sorteos de Comprobante de Pago a nivel nacional, los mismos que serán entregados por la SUNAT; Que, desde su aprobación las Bases del Sorteo de Comprobantes de Pago han sufrido constantes modificaciones mediante los Decretos Supremos N° 190-2002-EF, N° 163-2003-EF, N° 158-2004-EF, N° 1692005-EF, N° 012-2007-EF, N° 043-2008-EF, N° 158-2009EF, N° 135-2010-EF, N° 085-2011-EF, N° 179-2013-EF y N° 320-2014-EF con el propósito de lograr una mayor participación del público; Que, para flexibilizar la aprobación y la modificación de las citadas Bases y efectuar de modo más ágil y oportuno las adecuaciones e innovaciones que se requieran en el futuro, así como incentivar el incremento de la participación de la ciudadanía, lo cual permitirá alcanzar una mayor conciencia tributaria y mejorar el combate a la evasión resulta necesario establecer que las Bases de los Sorteos de Comprobantes de Pago se aprueben mediante Resolución de Superintendencia de la SUNAT; Que, asimismo, se ha estimado conveniente que la SUNAT asuma el pago de los premios vinculados a los Sorteos de Comprobantes de Pago con cargo a su presupuesto institucional; En uso de las facultades conferidas por el numeral 3 del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1.- DEFINICIONES Para efecto del presente dispositivo debe entenderse por "Decreto" al Decreto Supremo Nº 178-2002-EF y sus modificatorias, que autoriza la realización de Sorteos de Comprobantes de Pago a nivel nacional. Artículo 2.- NORMAS MODIFICATORIAS Sustitúyanse los artículos 1 y 2 del Decreto, los mismos que quedarán redactados en los siguientes términos: "Artículo 1.- Autorízase la realización de Sorteos de Comprobantes de Pago a nivel nacional, cuya ejecución estará a cargo de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT. Los indicados sorteos se realizarán de acuerdo a las Bases que dicha entidad apruebe mediante Resolución de Superintendencia". "Artículo 2.- Autorízase a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT, para que con cargo a su presupuesto institucional, asuma el pago de los premios vinculados a los sorteos de comprobantes de pago". Artículo 3.- USO DE LA INFORMACION La SUNAT podrá utilizar la información relativa a los comprobantes de pago que se usen para participar en los sorteos de comprobantes de pago, para las acciones de

fiscalización que realice y otros fines de acuerdo a sus competencias. Artículo 4.- REFRENDO El presente decreto supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Interior. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.-. El presente Decreto Supremo entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y resulta de aplicación respecto de los sorteos de comprobantes de pago que se realicen a partir de dicha fecha. Segunda.- La participación del representante del Ministerio del Interior en los Sorteos de Comprobantes de Pago, se realiza conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N° 158-2009-EF. Tercera.- Autorízase a la SUNAT para que, con cargo a su presupuesto institucional, asuma el pago de los premios de los Sorteos de Comprobante de Pago para instituciones educativas del año 2015 que se encuentren pendientes de entregar, hasta el importe de S/. 100 000,00 (Cien Mil y 00/100 Nuevos Soles). DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Las acciones que se encuentren pendientes respecto del sorteo de comprobantes de pago para instituciones educativas del año 2015, realizadas con las Bases aprobadas por el Decreto Supremo N° 1782002-EF y modificatorias, con anterioridad a la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, se seguirán rigiendo por dichas Bases hasta su culminación. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derógase el Anexo "Bases del Sorteo de Comprobantes de Pago", aprobado mediante Decreto Supremo N° 178-2002-EF y modificatorias, a partir de la entrada en vigencia de la Resolución de Superintendencia que apruebe las nuevas Bases. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1311697-1

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO Nº 309-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 se aprobó, entre otros, el Presupuesto del pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, señala que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y

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