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567050 NORMAS LEGALES Martes 24 de noviembre de 2015 / El Peruano de Servicios Educativos en el Ámbito Rural sustenta la LPSRUWDQFLDGHUHFRQRFHUODR¿FLDOLGDGGHODOIDEHWRGHOD lengua originaria yagua mediante Resolución Ministerial; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley 1 /H\ 2UJiQLFD GHO 0LQLVWHULR GH (GXFDFLyQ PRGL¿FDGR SRU OD /H\ 1 HO 'HFUHWR 6XSUHPR 1 0,1('8 TXH DSUXHED HO 5HJODPHQWR GH 2UJDQL]DFLyQ \ )XQFLRQHV GHO 0LQLVWHULR GH (GXFDFLyQ \OD1RUPD7pFQLFD³3URFHVRVSDUDODQRUPDOL]DFLyQGH las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias GHO 3HU~´ DSUREDGD SRU 5HVROXFLyQ 9LFHPLQLVWHULDO 1 027-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- 5(&212&(5 OD R¿FLDOLGDG GHO DOIDEHWRGHODOHQJXDRULJLQDULD\DJXDUHDOL]DGDPHGLDQWH 5HVROXFLyQ 'LUHFWRUDO 1 0,1('890*3 DIGEIBIRA/DEIB, conforme a las siguientes veinte (20) grafías: a b ch d e i ï j k m n ñ o p r s t u w y Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1315418-3 Modifican el Anexo de la R.M. Nº 389- 2015-MINEDU que aprueba el Listado de las 604 instituciones educativas en las cuales se implementará el modelo de servicio educativo “Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria” durante el año 2016 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 537-2015-MINEDU Lima, 23 de noviembre de 2015 9LVWRV HO ([SHGLHQWH 1 HO ,QIRUPH Nº 157-2015-MINEDU/VMGP/DIGEBR-DES/AME de OD 'LUHFFLyQ GH (GXFDFLyQ 6HFXQGDULD HO ,QIRUPH 1 0,(1'86*2*$- GH OD 2¿FLQD *HQHUDO GH Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 16 de la Constitución Política del 3HU~ OD HGXFDFLyQ WLHQH FRPR ¿QDOLGDG HO GHVDUUROOR integral de la persona humana; correspondiéndole al Estado coordinar la política educativa y formular los lineamientos generales de los planes de estudios, así FRPRORVUHTXLVLWRVPtQLPRVGHODRUJDQL]DFLyQGHORV centros educativos; Que, el artículo 12 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, en adelante la Ley, dispone que para DVHJXUDU OD XQLYHUVDOL]DFLyQ GH OD HGXFDFLyQ EiVLFD en todo el país como sustento del desarrollo humano, la educación es obligatoria para los estudiantes de los niveles de inicial, primaria y secundaria; asimismo se señala que el Estado provee los servicios públicos QHFHVDULRV SDUD ORJUDU HVWH REMHWLYR \ JDUDQWL]D TXH el tiempo educativo se equipare a los estándares internacionales; Que, el literal d) del artículo 8 y el literal f) del artículo 13 de la Ley establecen que, la calidad es un principio de la educación peruana que consiste en el nivel óptimo GH IRUPDFLyQ TXH GHEHQ DOFDQ]DU ODV SHUVRQDV SDUD enfrentar los retos del desarrollo humano, ejercer su ciudadanía y continuar aprendiendo durante toda la vida; siendo algunos de los factores para el logro de dicha calidad la infraestructura, equipamiento, servicios y materiales educativos adecuados a las exigencias técnico pedagógicas de cada lugar y a las que plantea el mundo contemporáneo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 451- 2014-MINEDU se creó el modelo de servicio educativo “Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria”, disponiéndose su implementación progresiva a partir del año 2015; Que, con Resolución Ministerial Nº 389-2015-MINEDU se aprobó el listado de las 604 instituciones educativas en las cuales se implementará el referido modelo de servicio educativo durante el año 2016, el cual como Anexo forma parte integrante de dicha resolución; 4XH D WUDYpV GHO 2¿FLR 1 0,1('8 VMGP/DIGEBR, la Directora General de la Dirección General de Educación Básica Regular remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el 2¿FLR 1 0,1('890*3',*(%5'(6 \ HO Informe Nº 157-2015-MINEDU/VMGP/DIGEBR-DES/ AME, mediante los cuales se sustenta la necesidad de excluir tres (03) instituciones educativas e incluir dos (02) nuevas en el Listado de las 604 instituciones educativas en las cuales se implementará el modelo de servicio educativo “Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria” durante el año 2016, aprobado por Resolución Ministerial Nº 389-2015-MINEDU; así como PRGL¿FDUODGHQRPLQDFLyQGHOUHIHULGROLVWDGR De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley 2UJiQLFD GHO 0LQLVWHULR GH (GXFDFLyQ PRGL¿FDGR SRU OD /H\ 1 HO 5HJODPHQWR GH 2UJDQL]DFLyQ \ Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y la Resolución Ministerial Nº 451-2014-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- 0RGL¿FDU HO $QH[R GH OD 5HVROXFLyQ Ministerial Nº 389-2015-MINEDU que aprueba el Listado de las 604 instituciones educativas en las cuales se implementará el modelo de servicio educativo “Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria” durante el año 2016, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www. minedu.gob.pe/), el mismo día de la publicación de la SUHVHQWH5HVROXFLyQHQHO'LDULR2¿FLDO³(O3HUXDQR´ Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1315418-4