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567044 NORMAS LEGALES Martes 24 de noviembre de 2015 / El Peruano ANEXO N° 02 ÓRGANOS DENOMI- NACIÓN DEL CARGO RESOLUCIONES JEFATURALES FECHA ASUNTO EEA Pucallpa Director R.J. N° 0241- 2015-INIA 06/10/2015 Se acepta la renuncia del Ing. Octavio Francisco Javier Galván Gilde- meister; y, se encarga al Ing. Clemente de Jesús Salazar Arista. 2¿FLQDGH Planeamiento y Presupuesto Director General R.J. N° 0244- 2015-INIA 12/10/2015 Se concluye designación del Sr. José Manuel Villarán Valdivia; y, se designa a la Econ. Fany Janet Sotelo Marcos. Unidad de Presupuesto Director R.J. N° 0245- 2015-INIA 12/10/2015 Se da por concluida desig- nación de la Econ. María Felicita Quintana Anglas; y, se encarga al señor Jaime Tovar Yachachi. Secretaría General Secretaria General R.J. N° 0252- 2015-INIA 20/10/2015 Se acepta reununcia del Abog. Ramiro Alberto Vargas Córdova; y, se designa a la Econ. Fany Janet Sotelo Marcos. Secretaría General Secretaria General R.J. N° 0260- 2015-INIA 28/10/2015 Se concluye designación de la Econ. Fany Janet Sotelo Marcos. 1315144-1 AMBIENTE Aprueban y disponen la publicación del “Protocolo de Clasificación de Pérdida de Cobertura en los Bosques Húmedos Amazónicos entre los años 2000 y 2011”, “Memoria Descriptiva del Mapa de Bosque/ No Bosque año 2000 y Mapa de pérdida de los Bosques Húmedos Amazónicos del Perú 2000-2011” y “Reporte de la Pérdida de los Bosques Húmedos Amazónicos al 2011- 2013” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 324-2015-MINAM Lima, 23 de noviembre de 2015 9LVWRHO0HPRUDQGR10,1$0'90'(51 de 10 de noviembre de 2015, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el ,QIRUPH 1 0,1$090'(531&% GH de noviembre de 2015, del Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio &OLPiWLFR HO 0HPRUDQGR 1 0,1$06*2$- GHGHQRYLHPEUHGHGHOD2¿FLQDGH$VHVRUtD Jurídica; y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 67 y 68 de la Constitución Política del Perú, establecen que el Estado determina la Política Nacional del Ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos, así como de la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas; Que, de conformidad con los literales a) y b) del numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de &UHDFLyQ 2UJDQL]DFLyQ \ )XQFLRQHV GHO 0LQLVWHULR GHO $PELHQWHHVWDHQWLGDGWLHQHFRPRREMHWLYRVHVSHFt¿FRV entre otros, asegurar el cumplimiento del mandato constitucional sobre la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas y el desarrollo sostenible de OD $PD]RQtD DVt FRPR DVHJXUDU OD SUHYHQFLyQ GH OD degradación del ambiente y de los recursos naturales y revertir los procesos negativos que los afectan; Que, los literales m) y p) del artículo 7 del precitado Decreto Legislativo, señalan que el Ministerio del $PELHQWHWLHQHFRPRIXQFLRQHVHVSHFt¿FDVHQWUHRWUDV formular y proponer la política y las estrategias nacionales de gestión de los recursos naturales y de la diversidad biológica, así como elaborar el informe sobre el estado del ambiente y la valoración del patrimonio natural de la Nación; 4XHPHGLDQWH'HFUHWR6XSUHPR10,1$0 se crea el Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático, en el ámbito del Ministerio del Ambiente, estableciéndose como XQRGHVXVREMHWLYRVHVSHFt¿FRVLGHQWL¿FDU\PDSHDUODV áreas para la conservación de bosques; Que, el artículo 7 del referido Decreto Supremo precisa que las intervenciones que se realicen en el marco del mencionado Programa, deberán ser coordinadas en lo que corresponda con el Ministerio de Agricultura y Riego, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y otros sectores vinculados de acuerdo con su ámbito de competencia, así como con los Gobiernos Regionales; 4XH PHGLDQWH 5HVROXFLyQ 0LQLVWHULDO 1 015-2014-MINAM de 15 de enero de 2015, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático, en cuyo numeral 4.5 se desarrollan los cuatro (4) Componentes del Programa, destacándose en el sub numeral 4.5.2 el Componente 1: Mapeo de Bosques y Monitoreo de su Conservación; Que, el mencionado Programa, a través de su Unidad de Mapeo de Bosques, diseña los mecanismos para el mapeado de los bosques y el monitoreo de su conservación en el ámbito de intervención del Programa, OR TXH VH UHDOL]D HQ FXPSOLPLHQWR GH VXV IXQFLRQHV previstas en el numeral 7.1.4 del referido Manual de Operaciones; Que, en dicho marco y en coordinación con los sectores correspondientes, el Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático ha elaborado mapas y estadísticas sobre HO FDPELR GH OD FREHUWXUD GH ERVTXHV GH OD$PD]RQtD HVWDEOHFLHQGR HO SURWRFROR GH FODVL¿FDFLyQ UHVSHFWLYR detallados en los siguientes tres (03) documentos: ³3URWRFROR GH &ODVL¿FDFLyQ GH 3pUGLGD GH &REHUWXUD HQ ORV%RVTXHV+~PHGRV$PD]yQLFRVHQWUHORVDxRV y 2011”, “Memoria Descriptiva del Mapa de Bosque/No Bosque año 2000 y Mapa de pérdida de los Bosques +~PHGRV$PD]yQLFRVGHO3HU~´\³5HSRUWHGH OD3pUGLGDGHORV%RVTXHV+~PHGRV$PD]yQLFRVDO 2013”; los mismos que requieren ser aprobados para su SXEOLFDFLyQ\DFWXDOL]DFLyQSHULyGLFD Que, por otra parte, cabe señalar que a través de la Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto /HJLVODWLYR 1 TXH HVWDEOHFH PHGLGDV SDUD OD lucha contra la tala ilegal, se declaró de interés nacional la implementación del Módulo de Control del Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre - SNIFFS, que está a cargo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR; así como la implementación del Módulo de Monitoreo de la Cobertura de Bosques, bajo la coordinación del Ministerio del Ambiente en forma colaborativa con el SERFOR, y que constituye parte del SNIFFS y del Sistema Nacional de Información Ambiental – SINIA; Que, en ese sentido, corresponde disponer la implementación del Módulo de Monitoreo de la Cobertura GH %RVTXHV DFWLYLGDG TXH VHUi UHDOL]DGD D WUDYpV GHO Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático; Con el visado del Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, del Secretario *HQHUDO\GHOD2¿FLQDGH$VHVRUtD-XUtGLFD\ De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, /H\GH&UHDFLyQ2UJDQL]DFLyQ\)XQFLRQHVGHO0LQLVWHULR del Ambiente, la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente.