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567042 NORMAS LEGALES Martes 24 de noviembre de 2015 / El Peruano cumplimiento de las obligaciones legales, contractuales o técnicas bajo el ámbito de su competencia; De conformidad con el numeral 8 del Artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el numeral 3 del artículo 11 y el artículo 13 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Octava Disposición Complementaria GHO 'HFUHWR /HJLVODWLYR 1 /H\ GH 2UJDQL]DFLyQ y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación Apruébese el Reglamento de Contratación de Terceros Supervisores del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI Artículo 2.- Publicación de Reglamento El Reglamento aprobado por el artículo 1 del presente Decreto Supremo, será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI (www.indecopi.gob.pe), el mismo día de la publicación del SUHVHQWH'HFUHWR6XSUHPRHQHO'LDULR2¿FLDO(O3HUXDQR Artículo 3.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario 2¿FLDO(O3HUXDQR Artículo 4.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en el presente 'HFUHWR6XSUHPRVH¿QDQFLDFRQFDUJRDO3UHVXSXHVWR Institucional de la entidad pública involucrada, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1315498-1 AGRICULTURA Dejan sin efecto designaciones y encargaturas, y designan diversos funcionarios del INIA INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0282-2015-INIA Lima, 20 de noviembre de 2015 VISTO: /D 5HVROXFLyQ 0LQLVWHULDO 1 0,1$*5, de fecha 2 de octubre de 2015, mediante el cual se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Instituto Nacional GH ,QQRYDFLyQ $JUDULD ± ,1,$ HO ,QIRUPH 7pFQLFR 1 0035-2015-INIA-OA/URH de la Unidad de Recursos +XPDQRVGHOD2¿FLQDGH$GPLQLVWUDFLyQGHIHFKD GHQRYLHPEUHGH\HO,QIRUPH/HJDO1 ,1,$2$-GHOD2¿FLQDGH$VHVRUtD-XUtGLFDGHIHFKD 19 de noviembre de 2015; y, CONSIDERANDO: 4XHPHGLDQWHHO7tWXOR9GHO'HFUHWR/H\1 PRGL¿FDGR SRU HO 'HFUHWR /HJLVODWLYR 1 \ OD /H\ 1 VH FUHy HO ,QVWLWXWR 1DFLRQDO GH ,QQRYDFLyQ Agraria, como Organismo Público Adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; 4XHOD/H\1/H\0DUFRGH0RGHUQL]DFLyQ de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano HQ SURFHVR GH PRGHUQL]DFLyQ HQ VXV GLIHUHQWHV LQVWDQFLDV GHSHQGHQFLDV HQWLGDGHV RUJDQL]DFLRQHV \SURFHGLPLHQWRVFRQOD¿QDOLGDGGHPHMRUDUODJHVWLyQ S~EOLFD\FRQVWUXLUXQ(VWDGRGHPRFUiWLFRGHVFHQWUDOL]DGR y al servicio del ciudadano; 4XHSRU'HFUHWR6XSUHPR10,1$*5, publicado el 7 de agosto de 2014, en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó el Reglamento de 2UJDQL]DFLyQ \ )XQFLRQHV GHO ,QVWLWXWR 1DFLRQDO GH Innovación Agraria – INIA, en el que se establece la estructura orgánica y se determinan las funciones de sus órganos, acorde con los criterios de diseño y estructura de la administración pública que establece OD/H\1/H\0DUFRGH0RGHUQL]DFLyQGHOD Gestión del Estado; Que, el numeral 4.3 del rubro 4. Disposiciones *HQHUDOHV GH OD 'LUHFWLYD 1 6(59,5 GPCSC, denominada “Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades”, establece que durante el proceso de LPSOHPHQWDFLyQ GH OD /H\ 1 SUHYLVWR HQ VX Primera Disposición Complementaria Transitoria, cuando una norma sustantiva ordene la designación de nuevas funciones o la reasignación de funciones H[LVWHQWHVODVHQWLGDGHVLQYROXFUDGDVHVWiQDXWRUL]DGD a tramitar la adecuación parcial de su CAP vigente mediante un CAP Provisional; 4XH D WUDYpV GH OD 5HVROXFLyQ -HIDWXUDO 1 2014-INIA, de fecha 23 de octubre de 2014, se aprobó OD PRGL¿FDFLyQ GHO &ODVL¿FDGRU GH &DUJRV GHO ,QVWLWXWR Nacional de Innovación Agraria- INIA; 4XH PHGLDQWH 5HVROXFLyQ 0LQLVWHULDO 1 MINAGRI, de fecha 2 de octubre de 2015, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, documento de gestión institucional que contiene ORV FDUJRV GH¿QLGRV \ DSUREDGRV VREUH OD EDVH GH VX estructura orgánica; 4XH SRU ,QIRUPH 7pFQLFR 1 ,1,$2$ 85+GHOD8QLGDGGH5HFXUVRV+XPDQRVGHOD2¿FLQD de Administración, se señala la necesidad para la gestión GH ORV UHFXUVRV KXPDQRV GH OD LQVWLWXFLyQ UDWL¿FDU ODV GHVLJQDFLRQHVGHORVSXHVWRVHQORVFDUJRVGHFRQ¿DQ]D establecidos en el CAP Provisional; 4XH SRU ,QIRUPH /HJDO 1 ,1,$2$- OD 2¿FLQDGH$VHVRUtD-XUtGLFDHVWDEOHFHTXHHVQHFHVDULR UDWL¿FDUODVGHVLJQDFLRQHVGHORVSXHVWRVHQORVFDUJRV GH FRQ¿DQ]D \ DVLPLVPR HVWDEOHFH TXH FDGD HQWLGDG HV FRPSHWHQWH SDUD UHDOL]DU WDUHDV PDWHULDOHV LQWHUQDV QHFHVDULDVSDUDHOH¿FLHQWHFXPSOLPLHQWRGHVXPLVLyQ\ objetivos; Que, atendiendo a la necesidad, de continuar con la óptima gestión institucional del INIA, en el marco de la adecuada aplicación del CAP Provisional, es necesario UDWL¿FDU ODV GHVLJQDFLRQHV GH ORV SXHVWRV HQ FDUJRV GH FRQ¿DQ]DHVWDEOHFLGRVHQHO&$33URYLVLRQDO\SUHFLVDU la efectividad de las designaciones que no han sido publicadas; 4XHHODUWtFXORGHOD/H\1/H\TXHUHJXOD la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que todas las Resoluciones de designación o nombramiento GH IXQFLRQDULRV HQ FDUJRV GH FRQ¿DQ]D VXUWHQ HIHFWR DSDUWLUGHOGtDGHVXSXEOLFDFLyQHQHO'LDULR2¿FLDO(O Peruano; De conformidad con las facultades consideradas en el DUWtFXORGHO5HJODPHQWRGH2UJDQL]DFLyQ\)XQFLRQHV