Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2015 (26/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Jueves 26 de noviembre de 2015 /

El Peruano

Arequipa, departamento de Arequipa, con vigencia hasta el 16 de marzo de 2021; Que, mediante escrito de Visto, la EMPRESA RADIODIFUSORA FRECUENCIA ENLACE E.I.R.L. solicita la transferencia de su autorización que le fuera otorgada mediante Resolución Viceministerial N° 157-2001-MTC/15.03 y renovada con Resolución Viceministerial Nº 644-2011-MTC/03, a favor de la señora MIRIAM ZENAIDA CHAMBI BELIZARIO; Que, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, concordado con el artículo 73° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que los derechos otorgados para la prestación del servicio de radiodifusión son transferibles, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial, conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular de la autorización. Asimismo, señala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días, transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada; Que, a su vez, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión, concordado con los artículos 74º y 76° de su Reglamento, establecen las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, conforme a lo establecido en el artículo 77° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobada la transferencia y reconocido el nuevo titular, éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 2377-2015MTC/28, opina que se debe aprobar la transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial N° 157-2001-MTC/15.03 y renovada con Resolución Viceministerial Nº 644-2011-MTC/03 a la EMPRESA RADIODIFUSORA FRECUENCIA ENLACE E.I.R.L., a favor de la señora MIRIAM ZENAIDA CHAMBI BELIZARIO, y reconocer a esta última, como nueva titular de la citada autorización, asumiendo los derechos y obligaciones derivados de la misma; al haberse cumplido con la presentación de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la transferencia de la autorización solicitada, contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278 y sus modificatorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial N° 157-2001MTC/15.03 y renovada con Resolución Viceministerial Nº 644-2011-MTC/03 a la EMPRESA RADIODIFUSORA FRECUENCIA ENLACE E.I.R.L. a favor de la señora MIRIAM ZENAIDA CHAMBI BELIZARIO, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión. Artículo 2º.- Reconocer a la señora MIRIAM ZENAIDA CHAMBI BELIZARIO, como nueva titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial N° 157-2001-MTC/15.03 y renovada con Resolución Viceministerial Nº 644-2011-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo ésta todos los derechos y obligaciones derivadas de la misma. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones 1315732-1

ORGANISMOS EJECUTORES

AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA
Autorizan viaje de funcionaria de PROINVERSIÓN a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 156-2015 Lima, 23 de noviembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28660 se determinó la naturaleza jurídica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN como Organismo Público Descentralizado adscrito al sector Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, mediante comunicación electrónica del 5 de noviembre de 2015, la Jefatura de la División de Inversiones de la OCDE invita a los representantes de países miembros y adherentes a participar del 7 al 11 de diciembre de 2015, en las siguientes reuniones del Comité de Inversiones de la OCDE a realizarse en la ciudad de París, República Francesa: Sesiones del Comité de Inversiones (7, 8, 11 de diciembre); Grupo de Trabajo sobre Responsabilidad de las Empresas y Puntos Nacionales de Contacto OCDE (8 y 9 de diciembre) y Workshop sobre el Marco de acción para el desarrollo de la inversión privada de la OCDE (10 de diciembre); Que, mediante Informe Técnico Nº 32-2015-DSI, la Dirección de Servicios al Inversionista señala que el objetivo principal para la participación de la institución en las reuniones indicadas en el considerando precedente es que PROINVERSIÓN, en su calidad de Punto Nacional de Contacto de la OCDE en el Perú y enlace con el Comité de Inversiones OCDE, comparta e intercambie experiencias sobre las diversas situaciones y desafíos en actividades orientadas a difundir e implementar las directrices OCDE para empresas multinacionales, y en actividades del Comité de Inversiones OCDE que toman en cuenta los aspectos del Marco de Acción para el desarrollo de la inversión privada de la OCDE, instrumento de promoción sobre buenas prácticas de los países miembros para la promoción de la inversión privada al servicio del crecimiento y del desarrollo sostenible, lo cual incide en un clima favorable de inversiones y mayores flujos de inversiones al país, lo que asimismo puede generar el interés de diversos inversionistas de los países miembros de la OCDE para participar en los procesos de promoción de los diversos proyectos a cargo de PROINVERSIÓN; Que, en dicho informe técnico la Dirección de Servicios al Inversionista propone a la Dirección Ejecutiva que en representación de PROINVERSIÓN asista la señorita Nancy Nelly Bojanich García, Especialista en Inversiones II de dicha dirección de PROINVERSIÓN al indicado evento, que se llevará a cabo en la ciudad de París, República Francesa, entre los días 7 y 11 de diciembre de 2015, proponiendo que PROINVERSIÓN esté representada en las siguientes reuniones del Comité de Inversiones OCDE: i) Sesiones del Comité de Inversiones (7, 8 y 11 de diciembre 2015); ii) Grupo de Trabajo sobre Responsabilidad de las Empresas (8 y 9 de diciembre 2015); y iii) Workshop sobre el Marco de acción para el desarrollo de la inversión privada de la OCDE (10 de diciembre 2015); Que, PROINVERSIÓN se encontrará representada en el citado evento por la señorita Nancy Nelly Bojanich García, Especialista en Inversiones II de la Dirección de Servicios al Inversionista de esta institución; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, salvo aquellos que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los cuales se

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