Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2015 (26/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Jueves 26 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

567269

Plan de Contingencia con su respectivo Anexo Plan de Pruebas presentado por la Gerencia de Tecnologías de la Información, se observa que se cumplen los lineamientos establecidos en la metodología publicada en el portal de la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI) que es el Ente Rector de Sistema Nacional de Informática y que entre sus actividades permanentes se encuentran las vinculadas a la normatividad informática, la seguridad de la información, entre otras. De igual forma señala, que los Planes de Pruebas 2013 y 2014 se han ejecutado según el Anexo Plan de Pruebas contenido en el Plan de Contingencia propuesto; por lo tanto considera conveniente la aprobación del Plan de Contingencia como de su respectivo Anexo Plan de Pruebas, elaborado por la Gerencia de Tecnologías de la Información. Que, mediante Informe Nº 776-2015-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica respecto al proyecto de Plan de Contingencia y su Anexo I Plan de Pruebas, señala que se hace necesario su aprobación, no sólo por cumplimiento de la normatividad antes descrita, sino como levantamiento de las recomendaciones efectuadas en el Memorándum de Control Interno Nº 001-2009-MR/ M.D.ATE; la misma que cumple con la estructura planteada por la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática ­ ONGEI, en su guía metodológica publicada en su portal web, proyecto que cuenta con la revisión y aprobación de la Sub Gerencia de Procesos y Modernización Institucional; opinando que es procedente la aprobación del "Plan de Contingencia y su Anexo I Plan de Pruebas", el cual deberá realizarse mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante Informe Nº 310-2015-MDA/GAF, la Gerencia de Administración y Finanzas señala que estando a los informes precedentes, remite los actuados para la prosecución de su trámite correspondiente; Que, mediante Memorando Nº 073-2015-MDA/GM-CI, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa, y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º y Artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo 1º.- APROBAR; el PLAN DE CONTINGENCIA de la Municipalidad Distrital de Ate, y el ANEXO I ­ PLAN DE PRUEBAS, los mismos que forman parte integrante del presente Decreto Alcaldía; en mérito a las consideraciones antes expuestas. Artículo 2º.- DISPONER; se publique el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano", y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www. muniate.gob.pe), el íntegro de los anexos antes referidos. Artículo 3º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Tecnologías de la Información, Gerencia de Planificación, Sub Gerencia de Procesos y Modernización Institucional, y demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1315748-1

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 110-2015-GDS-MDC de la Gerente de Desarrollo Social, el Proveído Nº 157-2015-GM-MDC, de Gerencia Municipal y el Informe Nº 195-2015-GAJ-MDC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, respecto a la propuesta de ORDENANZA que aprueba el PLAN MUNICIPAL DEL LIBRO Y LA LECTURA de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA PARA EL 2016 - 2021. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional anota que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el numeral 11) del Artículo 82º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son competencias y funciones específicas de las Municipalidades, compartidas con el Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, en materia de educación, cultura, deportes y recreación "Organizar y sostener centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte en provincias, distritos y centros poblados". Igualmente, el numeral 19) del mismo Artículo señala que las Municipalidades deben promover actividades culturales diversas. Que, el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 002-2014MC, Reglamento de la Ley Nº 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas, indica que "Los Gobiernos Regionales, las Municipalidades Provinciales, Distritales y la de Centros Poblados deben asegurar la creación, y sostenibilidad de, por lo menos, una biblioteca en su localidad (...)". Que, mediante el Informe Nº 110-2015-GDS-MDC, de fecha 11 de noviembre del año en curso, la Gerente de Desarrollo Social expresa la necesidad de contar con un Plan Municipal del Libro y la Lectura, además de solicitar la emisión de una Ordenanza que apruebe dicho Plan para el período 2016 - 2021. Estando a lo expuesto y, de conformidad a lo establecido en los Artículos 20º inciso 5) y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta y con el voto a favor por UNANIMIDAD de los señores regidores, se aprobó la ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN MUNICIPAL DEL LIBRO Y LA LECTURA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA PARA EL PERÍODO 2016 - 2021 Artículo Primero.APROBAR el PLAN MUNICIPAL DEL LIBRO Y LA LECTURA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA PARA EL PERÍODO 2016 - 2021, como instrumento obligatorio de planeamiento y de gestión de la política pública local de promoción del libro y de la lectura en el marco de la Ley Orgánica de Municipalidades y Ley de Democratización del Libro y Fomento de la Lectura, vigentes elaborado de manera concertada entre la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, las instituciones públicas locales, las organizaciones sociales y las organizaciones privadas. Artículo Segundo.- INCLUIR el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla para el período 2016 - 2021 en el Plan de Desarrollo Municipal Concertado de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla como parte de la Línea Estratégica. Artículo Tercero.- CREÁSE el Consejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla como instancia de consulta, coordinación, concertación, seguimiento y evaluación de la política pública distrital de promoción del libro y de la lectura en el distrito. La Alcaldía Distrital establecerá la conformación, el funcionamiento y las funciones del Consejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital.

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Aprueban el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla para el periodo 2016-2021
ORDENANZA Nº 224-MDC Cieneguilla, 16 de noviembre de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA

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