Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2015 (02/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Miércoles 2 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

560573

ORGANISMOS EJECUTORES

AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA
Autorizan viaje de Jefe de Proyecto en Temas Viales de la Dirección de Promoción de Inversiones de PROINVERSIÓN a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 119-2015 Lima, 31 de agosto de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28660 se determinó la naturaleza jurídica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN como Organismo Público adscrito al sector Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, mediante Informe Técnico Nº 22-2015DSI, la Dirección de Servicios al Inversionista señala que PROINVERSIÓN ha recibido la invitación de BNamericas, organización orientada a promover eventos de infraestructura a nivel internacional, para participar en el "9th South America Infrastructure & Energy Summit 2015", a través de la ponencia sobre proyectos carreteros en el tema: "La Longitudinal de la Sierra y otros proyectos carreteros en el Perú", a realizarse del 9 al 10 de septiembre de 2015 en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia; Que, el objetivo del viaje es participar en el mencionado evento de alto nivel que espera reunir más de 35 oradores y 200 altos ejecutivos durante los dos días de duración; y sostener reuniones bilaterales con importantes inversionistas interesados en las oportunidades para invertir en el Perú, a fin de promover los proyectos que tiene en cartera PROINVERSIÓN; Que, las referidas actividades se llevarán a cabo en el marco de las funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de esta institución, según las cuales corresponde a PROINVERSIÓN, entre otras, promover la incorporación de la inversión privada en servicios públicos y obras públicas de infraestructura, así como en activos, proyectos y empresas del Estado y demás actividades estatales, que le son asignadas por su relevancia nacional, conforme a las disposiciones para la implementación de la política nacional de promoción de la inversión privada; por lo que resulta de importancia la presencia de un representante de PROINVERSIÓN en el referido evento; Que, PROINVERSIÓN se encontrará representada en el citado evento por el señor Guillermo Rebagliati Escala, Jefe de Proyecto en Temas Viales de la Dirección de Promoción de Inversiones de PROINVERSIÓN; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, salvo aquellos que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los cuales se autorizan mediante Resolución del Titular de la Entidad, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, la participación del citado funcionario de PROINVERSIÓN en el referido evento, se enmarca dentro de las acciones de promoción de la inversión privada consideradas de importancia para el Perú; en consecuencia, resulta necesario autorizar el viaje en mención, en virtud de lo cual PROINVERSIÓN asumirá, con cargo a su presupuesto, los montos que ocasione la asistencia del referido funcionario a dicho evento; De conformidad con lo dispuesto en la Directiva Nº 002-2014-PROINVERSIÓN, la Ley Nº 27619, Ley que

regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por los Decretos Supremos Nº 005-2006-PCM y N° 056-2013PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje en comisión de servicios del señor Guillermo Rebagliati Escala, Jefe de Proyecto en Temas Viales de la Dirección de Promoción de Inversiones de PROINVERSIÓN, entre los días 8 y 11 de septiembre de 2015, a la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, quien en el plazo de quince (15) días calendario contados a partir de su retorno al país, deberá presentar un informe a la Dirección Ejecutiva de PROINVERSIÓN, en el cual se describirá las actividades desarrolladas en el viaje que por la presente resolución se aprueba. Artículo 2º.- Los gastos de pasajes aéreos y viáticos que irrogue la presente autorización de viaje, serán con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ PROINVERSIÓN, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos Viáticos : US$ : US$ 464.68 1,110.00

Artículo 3º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO HERRERA PERRET Director Ejecutivo PROINVERSIÓN 1281782-1

INSTITUTO DE GESTION DE SERVICIOS DE SALUD
Designan Directores Ejecutivos de las Oficinas Ejecutivas de Administración y de Planeamiento Estratégico del Instituto Nacional de Salud Mental "Honorio Delgado - Hideyo Noguchi"
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 474-2015/IGSS Lima, 31 de agosto de 2015 VISTO: El Oficio N° 274-2015-SERVIR/GDGP de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1167 se creó el Instituto de Gestión de Servicios de Salud como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, competente para la gestión, operación y articulación de las prestaciones de servicios de salud de alcance nacional pre hospitalarios y prestaciones de servicios de salud hospitalarios en los Institutos Especializados y en los Hospitales Nacionales, así como de las prestaciones de servicios de salud de los establecimientos de Lima Metropolitana y brinda asistencia técnica en la prestación de servicios de salud hospitalarios a los Gobiernos Regionales; Que, el literal f) del artículo 11 del citado Decreto Legislativo dispone que el Jefe Institucional tiene por

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