Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2015 (02/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Miércoles 2 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

560605

Que, el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 043-2006PCM establece que el Reglamento de Organización y Funciones es el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos, conteniendo las funciones generales de la Entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 016-2013-GORE-ICA se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica actualmente vigente; Que, el Consejo Regional de Ica, mediante Ordenanza Regional Nº 003-2015-GORE-ICA, aprobó la modificación del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica, considerando los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública; Que, la primera Disposición Complementaria Final de la Ordenanza Regional Nº 003-2015-GORE-ICA señala que la misma entra en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", publicación que ocurrió el día 13 de agosto de 2015; Que, actualmente existe una diferencia limítrofe entre la Provincia de Chincha perteneciente al Gobierno Regional de Ica y la Provincia de Cañete perteneciente al Gobierno Regional de Lima, respecto a territorio que forma parte histórica y jurídicamente del Gobierno Regional de Ica; Que, dado el avance y el estado actual de las acciones que viene realizando el Gobierno Regional de Ica ante la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, se hace necesaria la implementación de acciones de carácter transversal, territorial, multisectorial y multidistrital que permitan garantizar y defender la unidad de la Región respecto a la problemática limítrofe entre la Provincia de Chincha y la Provincia de Cañete; Que, la implementación de tales acciones de unidad y defensa regional requieren prioritariamente garantizar la integración de diversos actores institucionales que, en el territorio, tienen injerencia en la problemática acontecida, para lo cual es indispensable implementar estrategias de difusión, comunicación corporativa y proyección de las acciones enmarcadas en la defensa y unidad de la Región; Que, el artículo 150-Cº del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica, modificado por la Ordenanza mencionada en los considerandos anteriores, establece que las Comisiones Regionales son creadas para cumplir con funciones enmarcadas en las competencias del Gobierno Regional de Ica y que serán determinadas en las respectivas normas de creación de cada Comisión Regional; Que, el mismo artículo citado en el considerando anterior señala que dichas Comisiones Regionales no tienen personería jurídica ni administración propia y están integradas a un órgano del Gobierno Regional de Ica, precisando que su creación, organización y funcionamiento se realizará mediante Decreto Regional; Que, la Ordenanza Regional Nº 003-2015-GORE-ICA, en su cuarta Disposición Complementaria Derogatoria precisa que todas aquellas disposiciones que se oponen a la precitada Ordenanza quedan derogados, razón por la cual quedan fuera del marco normativo regional aquellas disposiciones que no se adecúen al contenido de la Ordenanza Regional en mención; Que, consecuentemente, es necesario aprobar el Decreto Regional que constituya la "Comisión Regional para la Defensa de los Derechos y Legítimos Intereses de la Región Ica frente al Diferendo Limítrofe planteado por la Provincia de Cañete", conforme a las normas de organización vigentes; Estando a lo expuesto, con acuerdo del Directorio de Gerentes Regionales, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902 y a lo establecido en el inciso 4 del artículo 29º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica;

Artículo 1º.-.Constitución Constitúyase la "Comisión Regional para la Defensa de los Derechos y Legítimos Intereses de la Región Ica frente al Diferendo Limítrofe planteado por la Provincia de Cañete", en adelante "la Comisión Regional". Artículo 2º.- Naturaleza jurídica y duración 2.1. La Comisión Regional es una Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal del Gobierno Regional de Ica. 2.2. Conforme al artículo 150-Cº del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica, la Comisión Regional carece de personería jurídica o administración propia y se encuentra adscrita a la Gerencia Regional de Cooperación Técnica y Comunicación Corporativa. 2.3. La duración de la Comisión se extenderá hasta que se resuelva la problemática limítrofe entre la Provincia de Chincha y la Provincia de Cañete, conforme a las normas sobre la materia. Artículo 3º.- Objeto y funciones 3.1. La Comisión Regional tiene como objeto contribuir a la implementación de acciones de carácter transversal, territorial, multisectorial y multidistrital que permitan garantizar y defender la unidad de la Región respecto a la problemática limítrofe entre la Provincia de Chincha y la Provincia de Cañete. 3.2. Para dar cumplimiento a lo señalado en el numeral anterior, la Comisión Regional cuenta con las siguientes funciones: 3.2.1. Contribuir a la implementación de acciones de unidad y defensa regional prioritariamente en la Provincia de Chincha, en el marco de la problemática limítrofe entre la Provincia de Chincha y la Provincia de Cañete, en coordinación con el Centro de Servicios Subregional Chincha; 3.2.2. Contribuir a la integración de las municipalidades distritales, municipalidades provinciales y diversas instancias del Gobierno Regional de Ica que, en el territorio, tienen injerencia en la problemática limítrofe entre la Provincia de Chincha y la Provincia de Cañete, en coordinación con el Centro de Servicios Subregional Chincha; 3.2.3. Contribuir a la integración de miembros de la sociedad civil, incluyendo organizaciones sociales, gremiales, productivas, entre otras, que, en el territorio, tienen injerencia en la problemática limítrofe entre la Provincia de Chincha y la Provincia de Cañete, en coordinación con el Centro de Servicios Subregional Chincha; 3.2.4. Colaborar con la Gerencia Regional de Cooperación Técnica y Comunicación Corporativa en la implementación de estrategias de difusión, comunicación corporativa y proyección de las acciones enmarcadas en la defensa y unidad de la Región vinculadas a la problemática limítrofe entre la Provincia de Chincha y la Provincia de Cañete; 3.2.5. Coadyuvar en la realización de las gestiones pertinentes ante las instancias del Gobierno Nacional vinculadas a la problemática limítrofe entre la Provincia de Chincha y la Provincia de Cañete, con la finalidad de contribuir positivamente con la defensa de los intereses de la Región, en coordinación con la Subgerencia de Gestión Territorial de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; 3.2.6. Coadyuvar en la realización de las gestiones pertinentes ante diversas organizaciones públicas y privadas vinculadas a la problemática limítrofe entre la Provincia de Chincha y la Provincia de Cañete, con la finalidad de contribuir positivamente con la defensa de los intereses de la Región, en coordinación con la Subgerencia de Gestión Territorial de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial Artículo 4º.- Conformación y Secretaría Técnica 4.1. La Comisión Regional está conformada por los siguientes integrantes:

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