Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2015 (20/09/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Domingo 20 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

561871

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco Falabella Perú S.A. la apertura de oficina especial en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 5359-2015 Lima, 11 de setiembre de 2015 LA INTENDENTE GENERALDE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Falabella Perú S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de una oficina especial, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta dicha solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "C", y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 62852013; y, en uso de las facultades encomendadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013. RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Falabella Perú S.A. la apertura de una oficina especial ubicada en la avenida Alfredo Benavides N° 1085, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1289356-1

y el del Banco de España, así como del proceso de autoevaluación del capital y de la liquidez u otras decisiones supervisoras; Que, asimismo, en dicho evento se desarrollarán temas relacionados con la estructura supervisora internacional y europea, el modelo de supervisión del Mecanismo Único de Supervisión, la descripción del sistema financiero español, el modelo de supervisión del Banco de España, el proceso de auto-evaluación de las entidades de crédito, el proceso de auto-evaluación de la liquidez en las entidades de crédito y la decisión de capital y liquidez, entre otros; Que, en tanto los temas a tratar en dicho evento serán de utilidad y aplicación en las actividades de supervisión y regulación de esta Superintendencia, se ha considerado conveniente designar a la señorita Milagros Gricel Legua Díaz, Supervisor de Banca del Departamento de Supervisión Bancaria A, de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas, para que participe en el indicado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-18, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2015, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para que participe en el indicado evento de capacitación, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2015, N° SBS-DIR-ADM-085-18, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señorita Milagros Gricel Legua Díaz, Supervisor de Banca del Departamento de Supervisión Bancaria A, de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas de la SBS, del 21 al 26 de setiembre de 2015, a la ciudad de Panamá, Panamá, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viáticos US$ 452.34 US$ 1,575.00

Autorizan viaje de funcionaria a Panamá, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS Nº 5475-2015 Lima, 15 de setiembre de 2015 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA) y la Superintendencia de Bancos de Panamá, a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en el Seminario sobre Prácticas Supervisoras y Pilar 2, que se llevará a cabo del 22 al 25 de setiembre de 2015, en la ciudad de Panamá, Panamá. CONSIDERANDO: Que, el evento tiene como objetivo que los participantes refuercen sus conocimientos sobre la estructura supervisora europea, supervisión macro y micro prudencial y el nuevo marco supervisor europeo, con el modelo del Mecanismo Único de Supervisión

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1288232-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.