Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2015 (20/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Domingo 20 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES
SE DECRETA:

561875

VISTOS: El Informe Nº 005-2015-SGPDI-GPP/MDC, de la Subgerencia de Planeamiento y Desarrollo Institucional y el Informe Nº 140-2015-GAJ-MDC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica por los cuales se remite la propuesta de adecuación, modificación y actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 30228, Ley que modifica la Ley Nº 29022, Ley para la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2015-MTC. CONSIDERANDO: Que, a través del Informe Nº 005-2015-SGPDIGPP/MDC, de fecha 14 de agosto del año en curso, la Subgerencia de Planeamiento y Desarrollo Institucional señala lo que a continuación se enuncia: - Mediante la Ordenanza Nº 137-2011-MDC, del 21 de julio de 2011, ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 1042-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de fecha 22 de septiembre de 2011, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla. - Con la emisión de los Decretos de Alcaldía Nos. 001-2012-A-MDC, 003-2012-A-MDC, 001-2013-A-MDC, 002-2014-A-MDC, 009-2014-A-MDC, 001-2015-A-MDC y 007-2015-A-MDC, se aprobaron una serie de actualizaciones y modificaciones en el TUPA de esta Corporación Edil, con el objeto de adecuarnos a la normatividad jurídica en vigencia, eliminar una serie de procedimientos administrativos que pudieran significar barreras burocráticas y brindar un mejor servicio a los ciudadanos. Que, mediante el Informe Nº 140-2015-GAJ-MDC, del 14 de agosto de 2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica expresa que en atención a lo señalado en los artículos 36º numeral 36.3) y 38º numeral 38.5) de la Ley del Procedimiento Administrativo General, es procedente la emisión del presente Decreto. Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla aprobado mediante Ordenanza Nº 137-2011-MDC y ratificado por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 1042, no contempla en su totalidad las modificaciones efectuadas en la Ley Nº 30228 (Ley que modifica la Ley Nº 29022, Ley para la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2015-MTC). Que, la Ley Nº 29022, Ley para la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones, modificada por la Ley Nº 30228, Ley para el Fortalecimiento de la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones y el Decreto Supremo Nº 003-2015-MTC, Reglamento de dicha Ley, establecen un régimen especial y temporal en todo el territorio nacional para la instalación y expansión de los servicios públicos de telecomunicaciones por medio de la adopción de medidas que promuevan la inversión privada en infraestructura necesaria para la prestación de esos servicios, así como de medidas que faciliten dichas actividades y que eliminen las barreras que puedan afectarlas. Que, el artículo 36º numeral 36.3) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, determina que: "Las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, según se trate de entidades dependientes del Gobierno Central, Gobiernos Regionales o Locales, respectivamente". Que, el artículo 38º numeral 38.5) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, expresa que: "Una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de gobierno respectivo". Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los artículos 20º inciso 6, 39º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Artículo Primero.- APROBAR la ADECUACIÓN, MODIFICACIÓN y ACTUALIZACIÓN del TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA aprobado mediante Ordenanza Nº 137-2011-MDC y ratificado por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 1042-2011-MML y sus modificatorias posteriores mediante Decretos de Alcaldía, para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 30228, que modifica la Ley Nº 29022, Ley para la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2015-MTC, conforme al anexo que se adjunta y que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- ACTUALIZAR el TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA, con las modificaciones mencionadas en el artículo precedente. Artículo Tercero.- DEROGAR toda disposición que se oponga a lo dispuesto en el presente dispositivo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente norma a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planificación y Presupuesto, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, a la Subgerencia de Obras Públicas y Transporte, a la Subgerencia de Planeamiento y Desarrollo Institucional y a la Subgerencia de Gestión Documentaria. Artículo Quinto.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, la publicación de la presente norma conjuntamente con el Anexo que forma parte integrante de la misma en la Página Web de la Institución: www.municieneguilla.gob.pe, en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe, y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob. pe. Artículo Sexto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA Alcalde 1289355-1

MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA
Modifican R.A. N° 208-2015-MDPP-ALC, que delegó y otorgó facultades a diversos funcionarios de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 328-2015-ALC/MDPP Puente Piedra, 7 de setiembre del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: El Informe Legal Nº 274-2015-GAJ/MDPP de la Gerencia de Asesoría Jurídica sobre delegación de facultades; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece "las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local tienen autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, los Gobiernos Locales se encuentran dentro del ámbito de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, conforme a lo previsto en el numeral 5 del Artículo I del Título Preliminar de la indicada norma; Que, el artículo 1 de la Ley Nº 29227 establece la presente Ley tiene por objeto establecer y regular el

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