Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2015 (21/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

561880 ORGANOS AUTONOMOS
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

NORMAS LEGALES

Lunes 21 de setiembre de 2015 /

El Peruano

Res. Nº 5331-2015.- Autorizan a la Edpyme Acceso Crediticio el traslado de oficina especial ubicada en el departamento de Huánuco 561893

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO D.A. Nº 013-2015-ALC/MSI.- Declaran todos los días 22 de cada mes como "UN DIA SIN AUTO" 561893

Res. Nº 5330-2015.- Autorizan a la Edpyme Acceso Crediticio el cierre de oficina especial ubicada en el departamento de Lima 561892

PODER EJECUTIVO

AGRICULTURA Y RIEGO
Modifican diversas Resoluciones Directorales, retirando de los requisitos fitosanitarios diversas plagas para diversos productos
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0041-2015-MINAGRI-SENASA-DSV 16 de setiembre de 2015 VISTO: El INFORME-0016-2015-MINAGRI-SENASA-DSVSCV-ECARRILLO de fecha 12 de agosto de 2015, que propone el retiro de plagas de los requisitos fitosanitarios para la importación de materia vegetal y; CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al país como importación de plantas y productos vegetales y cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria - SENASA; Que, el Artículo 9° del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, señala que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria aprobará y difundirá la lista de plagas cuarentenarias y enfermedades notificables para el país e implementara los mecanismos para fortalecer un eficiente proceso de notificación. El SENASA es la única autoridad autorizada en el país para hacer el reporte oficial de la presencia de dichas plagas y enfermedades; Que, conforme a lo señalado en el Artículo 38º del Decreto Supremo 032-2003-AG, los requisitos fitosanitarios necesarios de cumplir para la importación al país de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados, serán aprobados mediante Resolución de Órgano de Línea Competente; Que, la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria de la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA realizó una revisión de la Lista de Plagas Cuarentenarias no Presentes en el Perú excluyendo aquellas plagas que se encuentran presentes en el país o que representan poca importancia económica; Que, la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria ­ CIPF, exhorta a las partes contratantes a tomar medidas fitosanitarias solamente sobre aquellas plagas cuarentenarias y plagas no cuarentenarias reglamentadas para el país; Que, la Subdirección de Cuarentena Vegetal del SENASA considera procedente el retiro de aquellas plagas excluidas de la Lista de Plagas Cuarentenarias para el Perú de las exigencias fitosanitarias requeridas

en la importación de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modificatoria, la Resolución Directoral Nº 0002-2012-AG-SENASA-DSV y con el visado de la Oficina de la Subdirección de Cuarentena Vegetal y de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modificar las siguientes Resoluciones Directorales, retirando de los requisitos fitosanitarios las siguientes plagas para los productos que se detallan a continuación:
NORMA PRODUCTO PAÍS DE ORIGEN O PROCEDENCIA Colombia, EEUU, Filipinas PLAGA

342-2002-AGSENASA-DGSV 342-2002-AGSENASA-DGSV 009-2007-AGSENASA-DSV

ARROZ, semilla (Oryza sativa)

Liposcelis entomophila Liposcelis entomophila Stagonosporopsis curtisii, Hippeastrum mosaic virus Apple chlorotic leaf spot virus Myrothecium roridum Cymbidium mosaic virus, Odontoglossum ringspot virus Apple chlorotic leaf spot virus Myrothecium roridum Myrothecium roridum Cymbidium mosaic virus, Odontoglossum ringspot virus Cymbidium mosaic virus, Odontoglossum ringspot virus Cymbidium mosaic virus, Odontoglossum ringspot virus Cymbidium mosaic virus, Odontoglossum ringspot virus

CEBADA, semilla Australia, México (Hordeum vulgare) AMARILIS, bulbo (Hippeastrum spp.) Brasil

47-2007-AGSENASA-DSV 35-2008-AGSENASA-DSV 43-2010-AGSENASA-DSV 55-2010-AGSENASA-DSV

CEREZO, planta sin hoja (Prunus avium) ALGODON, semilla (Gossypium spp.) ORQUIDEA, planta (Phalaenopsis spp.) DURAZNERO, planta (Prunus persica)

Chile

Brasil Holanda

España

07-2011-AG-SENASA- ALGODON, semilla DSV (Gossypium spp.) 15-2011-AG-SENASA- ALGODON, semilla DSV (Gossypium spp.) 0035-2012-AGSENASA-DSV 0036-2012-AGSENASA-DSV 0037-2012-AGSENASA-DSV 0038-2012-AGSENASA-DSV ORQUIDEA, planta (Oncidium spp.) ORQUIDEA, planta (Cattleya spp.) ORQUIDEA, planta (Dendrobium spp.) ORQUIDEA, planta (Vanda spp.)

India China Taiwán

Taiwán

Taiwán

Taiwán

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