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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2015 (23/09/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 38

562004 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de setiembre de 2015 / El Peruano Reserva Nacional Tambopata, Parque Nacional Bahuaja Sonene y Reserva Comunal Amarakaeri”, para cuyo efecto se determinó que la transferencia de recursos del Fideicomiso para dicha propuesta se efectuaría de acuerdo al cronograma semestral que para tal efecto presentaría el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP; Que, mediante Ofi cio N° 157-2015-SERNANP-SG de 31 de julio de 2015, el SERNANP remitió la programación física y fi nanciera correspondiente al año fi scal 2015 de la propuesta técnica señalada en el considerando precedente, para su atención con cargo a los recursos del Fideicomiso antes mencionado, hasta por la suma de S/. 944,286.00 (Novecientos Cuarenta y Cuatro Mil Doscientos Ochenta y Seis y 00/100 Nuevos Soles); Que, a través de la Resolución Ministerial N° 234-2015-MINAM de 04 de septiembre de 2015, se autorizó la incorporación de mayores fondos públicos hasta por el monto de NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 944,286.00) al presupuesto institucional de la Unidad ejecutora 001: Administración General del Pliego 005: Ministerio del Ambiente; recursos que provienen del Fideicomiso constituido mediante Decreto Supremo N° 011-2011-MINAM; Que, mediante Memorando Múltiple N° 037-2015-MINAM/VMDERN/DGDB, la Dirección General de Diversidad Biológica solicita la ejecución de la transferencia fi nanciera de los recursos incorporados al Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Pliego 005: Ministerio del Ambiente mediante Resolución Ministerial N° 234-2015-MINAM hasta por el monto de S/. 944,286.00, a favor del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado; Que, mediante Informe Nº 360-2015-MINAM/SG/OPP, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto recomienda efectuar las gestiones necesarias a fi n de autorizar la transferencia fi nanciera antes señalada; Que, el inciso ix) del literal a) del numeral 12.1, del artículo 12 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, autoriza de manera excepcional las transferencias fi nancieras, entre otros, al Ministerio del Ambiente para el fi nanciamiento de las acciones para el Fortalecimiento del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, en el marco de lo dispuesto en la segunda disposición complementaria fi nal de la Ley 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; Que, el numeral 12.2 del artículo 12 de la precitada Ley N° 30281, señala que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 12.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego; Que, por su parte, el artículo 16 de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y modifi cada por Resolución Directoral Nº 022-2011-EF/50.01, Resolución Directoral Nº 025-2013-EF/50.01 y Resolución Directoral 027-2014- EF/50.01, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de la transferencia fi nancieras; Que, conforme a lo recomendado en el documento de visto, resulta necesario autorizar la transferencia fi nanciera del Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Pliego 005: Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de Novecientos Cuarenta y Cuatro Mil Doscientos Ochenta y Seis y 00/100 Nuevos Soles (S/. 944,286.00) a favor del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, para fi nanciar el desarrollo de la Propuesta Técnica “Apoyo a las Actividades de Saneamiento de la Actividad minera en la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Nacional Tambopata, Parque Nacional Bahuaja Sonene y Reserva Comunal Amarakaeri”; por lo que corresponde emitir la presente resolución; Con el visado de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Administración, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM; el Decreto Supremo N° 011-2011-MINAM que autoriza la constitución del Fideicomiso para la administración de recursos recaudados por concepto de multas impuestas por infracciones a normas ambientales; la Resolución Ministerial N° 090-2014-MINAM que aprueba el Reglamento del Fideicomiso constituido mediante el Decreto Supremo Nº 011-2011-MINAM; y, la “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y modifi cada por Resolución Directoral Nº 022-2011-EF/50.01, Resolución Directoral Nº 025-2013-EF/50.01 y Resolución Directoral N° 027-2014-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 005: Ministerio del Ambiente hasta por la suma de NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 944,286.00) a favor del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, con cargo a la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados, para fi nanciar el desarrollo de la Propuesta Técnica “Apoyo a las Actividades de Saneamiento de la Actividad minera en la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Nacional Tambopata, Parque Nacional Bahuaja Sonene y Reserva Comunal Amarakaeri”; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- La Ofi cina General de Administración deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 3.- Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1290916-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, para el financiamiento de proyectos de inversión pública de saneamiento rural DECRETO SUPREMO Nº 265-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que dicho Ministerio tiene por fi nalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo, desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, el artículo 23 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, cuyos alcances han sido ampliados por la Quincuagésima Octava y la Septuagésima Novena Disposiciones Complementarias Finales de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014,