Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2016 (22/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Lunes 22 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES

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Artículo 3º.- DISPONER que la Oficina de Administración publique la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", e incluya los citados boletines en el Catálogo de Bienes y Servicios. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA G. VILCA ACHATA Presidenta del Consejo Directivo 1418689-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Aprueban modificación de la Directiva Nº 001-2016-OSCE/CD "Bases y Solicitud de Expresión de Interés Estándar para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Ley Nº 30225"
RESOLUCIÓN Nº 304-2016-OSCE/PRE Jesús María, 19 de agosto de 2016 VISTOS: El Acta del Consejo Directivo Nº 012-2016/OSCECD, de fecha 19 de agosto de 2016, correspondiente a la Sesión Ordinaria Nº 008-2016/OSCE-CD, los Informes Nº 041-2016/DTN y Nº 063-2016/DTN, de fechas 27 de abril de 2016 y 15 de agosto de 2016, respectivamente, de la Dirección Técnico Normativa y los Informes Nº 158-2016/ OAJ y Nº 216-2016/OAJ, de fechas 31 de mayo de 2016 y 16 de agosto de 2016, respectivamente, de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante la Ley Nº 30225, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, el literal f) del artículo 52º de la Ley de Contrataciones del Estado, señala que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE tiene entre sus funciones el emitir Directivas en las materias de su competencia; Que, el literal d) del artículo 69º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF, establece como una de las funciones de la Dirección Técnico Normativa evaluar

y proponer para su aprobación por el Consejo Directivo, los proyectos de directivas en materia de contrataciones del Estado; Que, mediante Resolución Nº 008-2016-OSCE/PRE, de fecha 09 de enero de 2016, se aprobó la Directiva Nº 001-2016-OSCE/CD "Bases y Solicitud de Expresión de Interés Estándar para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Ley Nº 30225"; Que, la Dirección Técnico Normativa mediante los Informes del Vistos, propone la modificación de la Directiva Nº 001-2016-OSCE/CD "Bases y Solicitud de Expresión de Interés Estándar para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Ley Nº 30225"; Que, el artículo 54º de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Consejo Directivo es el máximo órgano del OSCE; Que, el literal a) del artículo 8º del ROF del OSCE, señala como función del Consejo Directivo aprobar las Directivas de alcance general en materia de contrataciones del Estado; Que, en ese sentido, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 001-012-2016/OSCE-CD de la Sesión Ordinaria Nº 008-2016/OSCE-CD, de fecha 19 de agosto de 2016, acordó aprobar la modificación de la Directiva Nº 001-2016-OSCE/CD "Bases y Solicitud de Expresión de Interés Estándar para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Ley Nº 30225"; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo formalizando el citado Acuerdo del Consejo Directivo; De conformidad con el literal y) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF, con los artículos 6º y 7º inciso 8) del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; y con las visaciones de la Secretaría General, la Dirección Técnico Normativa y la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la modificación de la Directiva Nº 001-2016-OSCE/CD "Bases y Solicitud de Expresión de Interés Estándar para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Ley Nº 30225", que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Publicar la Directiva Nº 001-2016-OSCE/ CD, con las modificaciones aprobadas en el artículo precedente, en el Portal Web del Estado Peruano (www. peru.gob.pe) y el Portal Web del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE (www.osce.gob. pe). Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI ROJAS DELGADO Presidenta Ejecutiva 1418773-1

REQUISITOS PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN

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