Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2016 (28/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Domingo 28 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES
Pasajes : US$ Viáticos (US$ 370,00 x 06 días) : US$

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702,19 2 220,00

PODER EJECUTIVO

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representante del Ministerio a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 258-2016-MINCETUR Lima, 12 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; representa al país en los foros y organismos internacionales de comercio, cooperación económica y esquemas de integración; Que, en la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 05 al 09 de setiembre de 2016, se llevará a cabo la Reunión del Grupo de Expertos Gubernamentales para la Armonización de Legislaciones Sanitarias de la Comunidad Andina - CAN, con la finalidad de cumplir con el programa de trabajo correspondiente al 2016 en materia de Obstáculos Técnicos al Comercio y proseguir trabajando en la revisión y actualización de la Decisión 516 sobre la Armonización de Legislaciones en materia de Productos Cosméticos; Que, en tal sentido, es de interés del MINCETUR participar en dicho evento en su calidad de representante titular del Perú ante la Comisión de la CAN, a fin de sustentar a nivel técnico, en coordinación con los sectores público y privado peruanos, la posición peruana sobre los diferentes puntos que se abordarán en la revisión de la referida Decisión; Que, por tanto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje de la señorita Rocío Elena Barreda Santos, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participe en la reunión antes mencionada; Que, el artículo 10° de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señorita Rocío Elena Barreda Santos, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 04 al 10 de setiembre de 2016, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, participe en la Reunión del Grupo de Expertos Gubernamentales para la Armonización de Legislaciones Sanitarias de la Comunidad Andina, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de los artículos precedentes, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

Articulo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señorita Barreda Santos presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1420207-1

CULTURA
Autorizan salida temporal del país de bienes culturales muebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación a Marruecos y Guatemala
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 017-2016-MC Lima, 26 de agosto de 2016 Visto, el Expediente N° 0000025279-2016 presentado por el señor Carlos Rafael Polo Castañeda, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Marruecos; CONSIDERANDO: Que, el literal d) del artículo 34 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que procede la salida del país de bienes muebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación por viajes de Jefes de Misión, Cónsules o Diplomáticos acreditados, por el plazo que dure su permanencia en el exterior, la misma que se autoriza mediante Resolución Suprema; Que, mediante Expediente N° 0000025279-2016, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República, señor Carlos Rafael Polo Castañeda, solicita ante el Ministerio de Cultura autorización para la salida temporal del país de cuatro (4) bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de su propiedad, por cuanto mediante Resolución Suprema N° 083-2016-RE, de fecha 30 de mayo de 2016, ha sido nombrado Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Marruecos; Que, mediante Informe N° 000176-2016-DGM/ VMPCIC/MC de fecha 20 de junio de 2016, la Dirección General de Museos del Ministerio de Cultura haciendo suyo el Informe N° 000028-2016-MLT/DGM/VMPCIC/MC, concluye que la solicitud presentada por el Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Marruecos, señor Carlos Rafael Polo Castañeda, cumple con los requisitos exigidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Cultura, vigente a la presentación de la solicitud de autorización de salida temporal de bienes declarados Patrimonio Cultural de la Nación, de propiedad de funcionarios diplomáticos en misión en el extranjero, por lo que recomienda la emisión de la respectiva Resolución Suprema; Que, los bienes culturales cuya autorización de salida temporal del país se solicita se encuentran cubiertos contra todo riesgo y a valor convenido en mérito de la Póliza de Seguros N° 3002-549712 emitida por RIMAC SEGUROS; Que, en tal sentido, estando a lo señalado por la Dirección General de Museos del Ministerio de Cultura

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