Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2016 (28/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Domingo 28 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES

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Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil dieciséis. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas 1421939-2

28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, se han previsto recursos para el pago de las cuotas a favor de la Red Interamericana para la Administración Laboral - RIAL y la Asociación Española de Empleo con Apoyo - AESE, por lo que corresponde emitir la presente resolución a fin de autorizar el respectivo pago; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y de la Ley N° 30372 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización Autorizar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a efectuar el pago de las siguientes cuotas:
PLIEGO MONEDA PRESUPUESTARIO 012-MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO USD EUR MONTO 5 000.00 125.00 PERSONA JURÍDICA Red Interamericana para la Administración Laboral - RIAL Asociación Española de Empleo con Apoyo - AESE

Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacional Disponer que la equivalencia en moneda nacional sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1421939-7

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a efectuar el pago de cuotas a diversos organismos internacionales
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 174-2016-RE Lima, 26 de agosto de 2016 VISTOS: Los Oficios N° 4320-2016-MTPE/4 y N° 4356-2016MTPE/4, de 04 y 07 de julio de 2016, respectivamente, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, mediante los cuales solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de diversas cuotas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016", donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2016; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N°

Dan por terminadas funciones de Cónsul General del Perú en Chicago, Estados Unidos de América
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 175-2016-RE Lima, 26 de agosto de 2016 VISTAS: La Resolución Suprema N° 006-2013-RE que nombró al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Agustín Francisco De Madalengoitia Gutiérrez, Cónsul General del Perú en Chicago, Estados Unidos de América; La Resolución Viceministerial N° 0029-2013-RE que fijó el 1 de julio de 2013, como la fecha en el que citado funcionario diplomático asumió funciones como Cónsul General del Perú en Chicago, Estados Unidos de América;

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