Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2016 (28/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Domingo 28 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES

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30438; el Decreto Supremo N° 003-2013-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor ALEXI BERRU MORE en el cargo de confianza de Jefe de la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ORLANDO VILLAR AMIEL Jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Interior 1421442-1

promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje a la ciudad de San José, República de Costa Rica, de la señorita Sayuri Sakihama Meléndez, del 29 de agosto al 2 de setiembre de 2016, para que presentación de PROMPERÚ participe en el evento a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Viáticos N° Total Clase Económica día días Viáticos US $ US $ 709,00 157,50 3 472,50

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO
Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a Costa Rica, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 123-2016-PROMPERÚ/SG Lima, 26 de agosto de 2016 Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección de Promoción del Turismo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: 1421892-1 Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades de la Dirección de Promoción de las Exportaciones de PROMPERÚ, participará en el evento "Medición del Rendimiento para Organismos de Promoción del Comercio en la región del Caribe y Centro América Minera 2016", evento organizado por el International Trade Centre ­ ITC, a realizarse en la ciudad de San José, República de Costa Rica, del 30 de agosto al 1º de setiembre de 2016, con el objetivo de obtener herramientas que permitan desarrollar un sistema de medición de resultados para los servicios que presta PROMPERÚ, a fin de conocer la efectividad y eficiencia de los mismos, para logar una mejora operativa; Que, en tal razón, la Dirección de Promoción de las Exportaciones ha solicitado que se autorice la comisión de servicios al exterior de la señorita Sayuri Sakihama Meléndez, quien presta servicios en dicha Dirección, a la ciudad de San José, República de Costa Rica, para que en representación de PROMPERÚ, participe en el referido evento, teniendo en cuenta que el organizador International Trade Centre ­ ITC, cubrirá los gastos de alojamiento y alimentación; Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de
Nombres y apellidos Sayuri Sakihama Meléndez

Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, la señorita Sayuri Sakihama Meléndez, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aplican la facultad discrecional en la administración de sanciones por infracciones relacionadas a permitir el control de la Administración Tributaria, informar y comparecer ante la misma
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA OPERATIVA N.° 040 -2016-SUNAT/600000 Lima, 25 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que los numerales 1) y 4) del artículo 62º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N.° 133-2013-EF y normas modificatorias, establecen que para el ejercicio de la función fiscalizadora, que incluye, entre otros, el control del cumplimiento de obligaciones tributarias, la Administración Tributaria cuenta con la facultad para solicitar a los deudores tributarios la exhibición de sus libros, registros y demás documentos relacionados con

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