Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2016 (04/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Lunes 4 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

574493

SENACE, la aprobación de guías y normas o propuestas normativas para la implementación del SENACE; Que, mediante Acta de Sesión ordinaria del Consejo Directivo del SENACE N° 011/2015 del 2 de noviembre de 2015, se delegó en el Jefe del SENACE la función de aprobación de documentos de gestión, guías y demás normas procedimentales u operativas; Que, el Literal f) del Artículo 45° del ROF del SENACE establece como función de la Dirección de Certificación Ambiental proponer las guías, lineamientos, protocolos, procedimientos u otros instrumentos similares para la elaboración, presentación, evaluación de los EIA-d, en coordinación con la Dirección de Gestión Estratégica; Que, el Literal c) del Artículo 54° del ROF del SENACE establece como función de la Dirección de Gestión Estratégica, proponer las guías, metodologías y reglamentos para los procedimientos técnico administrativos de revisión y aprobación de los EIA-d a cargo del SENACE; Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, se aprobó el Cronograma de Transferencia de Funciones de las Autoridades Sectoriales al SENACE, en el marco de la Ley, disponiéndose el inicio de la transferencia de funciones de los subsectores Energía y Minería durante el segundo trimestre del año 2015; Que, mediante Resolución Ministerial N° 328-2015-MINAM, publicada en el diario oficial El Peruano el 26 de noviembre de 2015, se aprobó la culminación del proceso de transferencia de funciones en materia de minería, hidrocarburos y electricidad del Ministerio de Energía y Minas - MINEM, determinándose que a partir del 28 de diciembre de 2015 el SENACE asume las funciones de: (i) revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados, las respectivas actualizaciones, modificaciones, informes técnicos sustentatorios, solicitudes de clasificación y aprobación de Términos de Referencia, acompañamiento en la elaboración de Línea Base, Plan de Participación Ciudadana y demás actos o procedimientos vinculados a las acciones antes

señaladas; (ii) Administrar el Registro de Entidades Autorizadas a elaborar Estudios Ambientales; y, (iii) Administrar el Registro Administrativo de carácter público y actualizado de certificaciones ambientales; Que, mediante Resolución Jefatural N° 079-2015-SENACE/J del 21 de octubre de 2015, se aprobó el Manual de Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental (EIA-d) para el subsector Minería; Que, la Dirección de Certificación Ambiental ha propuesto diversas modificaciones al Manual antes mencionado con la finalidad de optimizar el procedimiento de evaluación y aprobación de los EIA-d del Subsector Minería a cargo de SENACE; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar una nuevo Manual de Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental (EIA-d) para el subsector Minería, debiendo dejarse sin efecto la Resolución Jefatural N° 079-2015-SENACE/J del 21 de octubre de 2015; Con los visados de la Secretaría General, de la Dirección de Certificación Ambiental, de la Dirección de Gestión Estratégica y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley; la Ley N° 30327 - Ley de Promoción de las Inversiones para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible; la Resolución Ministerial N° 328-2015-MINAM, que aprueba la culminación del proceso de transferencia de funciones en materia de Minería, Hidrocarburos y Electricidad al SENACE; y, en el marco de la atribución establecida en el Literal p) del Artículo 7° del ROF del SENACE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el "Manual de Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental detallado (EIA-d) - Subsector Minería del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE", que como Anexo adjunto forma parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- Derogar la Resolución Jefatural N° 079-2015-SENACE/J del 21 de octubre de 2015.

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