Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2016 (12/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Martes 12 de enero de 2016 /

El Peruano

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veintitrés días del mes de diciembre de dos mil quince. LUIS IBERICO NÚÑEZ Presidente del Congreso de la República NATALIE CONDORI JAHUIRA Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de enero del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores Encargada del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros 1332549-1

De conformidad con la Ley Nº 29408 ­ Ley General del Turismo, la Ley Nº 27790 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS ­ Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la prepublicación del proyecto de Reglamento de Canotaje Turístico en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR (www.mincetur.gob.pe), durante el plazo de treinta (30) días calendario, para conocimiento y sugerencias por parte de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas naturales interesadas. Las propuestas y opiniones serán remitidas al correo electrónico: imendoza@mincetur.gob.pe y/o a la Sede del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, ubicado en la calle Uno Oeste N° 050, Urbanización Córpac, San Isidro, dirigidas a la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico. Artículo 2.- La Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo queda encargada de recibir, procesar, evaluar y consolidar las diversas propuestas y opiniones que se reciban acerca del proyecto de Reglamento de Canotaje Turístico publicado, para posteriormente elaborar el texto definitivo del mismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1332277-1

PODER EJECUTIVO

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Disponen la prepublicación del proyecto de Reglamento de Canotaje Turístico en el portal institucional del MINCETUR
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 008-2016-MINCETUR San Isidro, 11 de enero de 2016 Visto, los Informes Nos. 22-2015-MINCETUR/VMT/ DGPDT-DNCT-RLB y 82-2015-MINCETUR/VMT/DGPDTAPRC de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico y el Memorándum N° 1387-2015-MINCETUR/ VMT del Viceministerio de Turismo. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27790 ­ Ley Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias, señalan que corresponde al MINCETUR promover, orientar y regular la actividad turística, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible; Que, el artículo 27º de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, señala que son prestadores de servicios turísticos las personas naturales o jurídicas que participan en la actividad turística, con el objeto principal de proporcionar servicios turísticos directos de utilidad básica e indispensable para el desarrollo de las actividades de los turistas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2008MINCETUR se aprobó el Reglamento de Canotaje Turístico; Que, desde la vigencia del Reglamento de Canotaje Turístico se han expedido diversas normas, lo cual hace necesaria la aprobación de un nuevo Reglamento de Canotaje Turístico que se adecue al marco legal existente; Que, siendo el Reglamento de Canotaje Turístico una norma de carácter general, conforme a lo establecido en el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, resulta pertinente disponer la prepublicación de la referida norma conforme al procedimiento establecido;

DEFENSA
Autorizan viajes de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Brasil y Colombia, en misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 007-2016-DE/MGP Lima, 11 de enero de 2016 Visto, el Oficio N.1000-1554 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 19 de octubre de 2015; CONSIDERANDO: Que, el Comandante de la Marina de Brasil, ha cursado invitación al Comandante General de la Marina, para que UN (1) Oficial de la Marina de Guerra del Perú, del grado de Capitán de Corbeta, participe en el Curso de Estado Mayor para Oficiales Superiores (C-EMOS/2016), año académico 2016, a impartirse en la Escuela de Guerra Naval, ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 25 de enero al 9 de diciembre de 2016; Que, la designación de Personal Naval para que participe en el referido curso, responde a la necesidad de capacitar a Oficiales en Instituciones Militares Extranjeras, brindándoles mayores conocimientos y experiencias para que desempeñen eficientemente cargos de Comando y Estado Mayor y de Educadores en la Escuela Superior de Guerra Naval, dentro del marco de los compromisos bilaterales de cooperación mutua asumido por nuestro país con el objeto de fomentar e incrementar las medidas de confianza con instituciones armadas de otros países; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Corbeta Ernesto Martín QUIJANDRÍA Casanova, para que participe en el Curso de Estado Mayor para Oficiales Superiores (C-EMOS/2016), a impartirse en la Escuela de Guerra Naval, ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 25 de enero al 9 de diciembre de 2016; por cuanto los

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