Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2016 (24/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Domingo 24 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

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"El Peruano" y que se encuentren en periodo de tachas. Adicionalmente, se deja claramente establecido que dichas inscripciones provisionales estarán condicionadas a la no presentación de tachas o a que la resolución que declara infundada la tacha quede firme y, no generará la creación de una partida registral en tanto no se convierta en definitiva. Cabe señalar que toda vez que el partido, el partido político "Perú Libertario" publicó la referida síntesis en el diario oficial "El Peruano" con fecha 05 de enero de 2016, este Registro emitió la Resolución Nº 0007-2016-DNROP/ JNE con la cual se inscribió provisionalmente al referido partido político, y se detallaron las condiciones que se debían configurar para obtener la inscripción definitiva; esto es, que se presenten tachas o a que la resolución que declara infundada la tacha quede firme; y, habiendo vencido el periodo de tachas el martes 12 de enero de 2016, este órgano registral solicitó a la Oficina de Servicios al Ciudadano que informe sobre la presentación de tachas, habiendo recibido en respuesta el memorando Nº 46-2016-SC/JNE recibido el 15 de enero de 2016, que no se ha presentado tacha alguna contra la solicitud de inscripción dentro del plazo de ley; por tanto, corresponde inscribir en forma definitiva al partido político "Perú Libertario". Es importante señalar que, las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores, y luego de cumplidos los requisitos establecidos en la ley se inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas. Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley a la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones, RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones al partido político "Perú Libertario". Artículo Segundo.- Abrir la partida registral en el Libro de Partidos Políticos, Tomo 2, Partida Electrónica número 24; y regístrese la inscripción en el asiento número 1. Artículo Tercero.- Téngase acreditado como personero legal titular y alterno a los ciudadanos, Ana Maria Córdova Capucho y Caleb Carhuavilca Quispe, respectivamente. Regístrese y notifíquese. FERNANDO RODRIGUEZ PATRON Director Nacional de Registro de Organizaciones Políticas 1337051-1

Castro Trigoso, Fiscal Provincial Titular del Primer Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios y Sergio Jiménez Niño, Fiscal Adjunto Provincial del referido despacho fiscal, para viajar a la República Federativa de Brasil, del 20 al 23 de enero de 2016; Que, teniendo en cuenta la importancia de la investigación, corresponde expedir el acto resolutivo que autorice la participación de los mencionados fiscales en las diligencias de naturaleza reservada que se llevarán a cabo en la República Federativa del Brasil; Que, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, será con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio Público; Contando con los vistos de la Gerencia General, Oficina de Asesoría Jurídica, Gerencias Centrales de Finanzas y Logística; Conforme con lo dispuesto en la Ley Nº 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Ley Nº 27619, que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, así como la Resolución de Gerencia General del Ministerio Público N° 251-2015-MP-FN-GG que aprueba la Directiva General N° 004-2015-MP-FN-GG "Normas para la Entrega de Fondos por viáticos y Asignaciones para la realización de Comisiones de Servicios en el Ministerio Público"; y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores HAMILTON CASTRO TRIGOSO, Fiscal Provincial Titular del Primer Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios y SERGIO JIMÉNEZ NIÑO, Fiscal Adjunto del referido despacho fiscal a la República Federativa de Brasil, del 20 al 23 de enero de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que con absoluta reserva y bajo responsabilidad, la Gerencia General, a través de las Gerencias Centrales de Logística y Finanzas, procedan a la adquisición de los pasajes aéreos, seguros de viaje y la asignación de viáticos conforme al detalle siguiente: Nombres y Apellidos Hamilton Castro Trigoso Fiscal Provincial Sergio Jiménez Niño Fiscal Adjunto Provincial Pasajes Aéreos US$ 841.01 Seguro de Viaje US$ 35.00 Viáticos (por 4 días) US$ 960

MINISTERIO PUBLICO
Autorizan viaje de fiscales a Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 162-2016-MP-FN Lima, 15 de enero de 2016 VISTO: El Oficio Nº 003-2016-FSCNEDCF-MP-FN, de fecha 4 de enero de 2016, remitido por el Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios; CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio de Visto, se comunica que se ha programado efectuar diligencias en el marco de la investigación de carácter reservada con respecto a la Carpeta Fiscal Nº 506015504-2015-06-0, las mismas que se realizarán en la República Federativa de Brasil; Que, para tal efecto, se solicita la autorización de viaje y la asignación de viáticos para los señores Hamilton

US$ 841.01

US$ 35.00

US$ 960

Artículo Tercero.- Encargar el Primer Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, a la señora LISBETH MICAELA LÓPEZ HUARCAYA, Fiscal Adjunta Provincial del referido Despacho, durante la ausencia del titular. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los fiscales comisionados en el artículo primero de la presente Resolución, deberán presentar al Despacho del Fiscal de la Nación, un informe describiendo las principales acciones realizadas. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Primer Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Gerencias Centrales de Potencial Humano, Logística y Finanzas, Oficina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional, Oficina

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