Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2016 (17/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

Domingo 17 de julio de 2016 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAMUGARI
Autorizan viaje de Alcalde a Colombia, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 0152-2016-MDS/CM Palmapampa, 01 de julio del 2016 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de junio del 2016, el Oficio Nº 272 APCE-16, por medio del cual, el Presidente de la Asociación Peruana de Ciudades Educadoras, invita al señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Samugari, a participar de la "IV VISITA TÉCNICA INTERNACIONAL A GUADALAJARA DE BUGA ­ COLOMBIA", la misma que se realizará los días 19 al 24 de julio del 2016; demás actuados, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de reforma de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 30305, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades; la Municipalidad Distrital de Samugari es un órgano de gobierno local. Tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante el oficio del visto, la Asociación Peruana de Ciudades Educadoras y la Alcaldía de Guadalajara Buga ­ Colombia, están invitando formalmente para que el señor Alcalde y Regidores de la Municipalidad Distrital de Samugari, puedan participar en la IV Visita Técnica Internacional a Colombia, a realizarse del 19 al 24 de julio de este año; evento que es organizado con la finalidad de dar a conocer experiencias exitosas internacionales que coadyuven a mejorar la gestión municipal, de las Municipalidades comprometidas con el desarrollo de sus ciudades; Que, mediante Ley Nº 27619, y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificados por Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM y Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, se regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos o representantes del Estado, que irroguen gastos al Tesoro Público, y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público; Que, el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 47-2002PCM Reglamento de la Ley 27619, se precisa; "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar específicamente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia. ..." Así mismo el Artículo 10º dice: "Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado; Que, el evento en el que participarán el titular del pliego, será un espacio de intercambio de experiencias en: educación, deportes, las artes participación y seguridad ciudadana a través del proyecto "ciudadelas educativas", convirtiéndose en un espacio para intercambiar experiencias en la gestión de gobiernos locales; Que, el numeral 11) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, define como atribución del Concejo Municipal: "Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario." Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del titular del pliego para que participe en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos

y viáticos serán cubiertos por esta corporación edil con cargo al Presupuesto del ejercicio 2016; Por lo que, de conformidad con los artículos 17º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa de trámite de lectura y aprobación de acta, por unanimidad; SE ACORDÓ: Artículo Primero.- AUTORIZAR, ausentarse del país, en comisión de servicios y representación de la Municipalidad Distrital de Samugari, al señor ALEJANDRO HEISER ANAYA ORIUNDO, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Samugari, para participar de la "IV VISITA TÉCNICA INTERNACIONAL A GUADALAJARA DE BUGA ­ COLOMBIA", que se realizará entre los días 19 hasta el 24 de julio del 2016, por las consideraciones expuestas. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, los gastos por concepto de viáticos conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM. Los viáticos autorizados servirán para pagar los gastos de pasaje desde la ciudad de Ayacucho a Lima y viceversa; asimismo, de la ciudad de Lima - Perú a la ciudad de Buga - Colombia y viceversa, así como los gastos de alimentación y otros; y, el costo de inscripción para participar de la "IV VISITA TÉCNICA INTERNACIONAL A BUGA ­ COLOMBIA", cuya suma es de S/. 2,000.00 soles, por participante. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Oficina de Planificación y Presupuesto, cumplir con presupuestar y otorgar los gastos que irrogue dicho viaje, afectando el egreso en la partida presupuestal correspondiente; por cada día de comisión de servicios autorizado por el Concejo Municipal y con la escala establecida para dicho fin. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince días calendario posteriores a su retorno al país, el Señor Alcalde, cuyo viaje se autoriza en el presente, deberá presentar el informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la Pasantía a la que asistirá, asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas, de acuerdo a Ley. Artículo Quinto.- El presente Acuerdo no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria General, de acuerdo con lo expuesto en el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, así como a la Gerencia Municipal, Oficina de Planificación y Presupuesto, el fiel cumplimiento de lo dispuesto en el presente acuerdo. Artículo Sétimo.- HACER, de conocimiento el presente Acuerdo de Concejo, al Teniente Alcalde Señor Donato Torres Quispe, para que se haga cargo del despacho del Alcaldía conforme a Ley, por el lapso que dure la comisión de servicio autorizada al titular del pliego. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HEISER A. ANAYA ORIUNDO Alcalde 1405039-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA
Establecen Beneficio de Amnistía de Deudas Tributarias y No Tributarias en la jurisdicción del Distrito de Santa María
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0016-2016-MDSM/A Santa María, 28 de junio de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA

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