Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2016 (25/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Lunes 25 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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Que, el literal d) del artículo 69º del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF, establece como una de las funciones de la Dirección Técnico Normativa evaluar y proponer para su aprobación por el Consejo Directivo, los proyectos de directivas en materia de contrataciones del Estado; Que, en el marco de la referida facultad, la Dirección Técnico Normativa mediante el Informe Nº 054-2016/DTN, complementado con el Informe Nº 059-2016/DTN propone el proyecto de Directiva "Reglamento del régimen institucional de arbitraje subsidiario en contrataciones del Estado a cargo del OSCE", que regula el rol subsidiario del OSCE en la organización y administración del régimen institucional de arbitraje especializado en materia de contrataciones públicas cuando en las regiones haya carencia de instituciones arbitrales acreditadas, conforme a lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento; Que, el artículo 54º de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Consejo Directivo es el máximo órgano del OSCE; Que, el literal a) del artículo 8º del ROF del OSCE, señala como función del Consejo Directivo aprobar las Directivas de alcance general en materia de Contrataciones del Estado; Que, en ese sentido, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 003-011-2016/OSCE-CD de la Sesión Ordinaria Nº 007-2016/OSCE-CD, de fecha 21 de julio de 2016, acordó aprobar la Directiva "Reglamento del régimen institucional de arbitraje subsidiario en contrataciones del Estado a cargo del OSCE"; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo formalizando el citado Acuerdo del Consejo Directivo; De conformidad con el literal y) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF, con los artículos 6º y 7º inciso 8) del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; y con el visado de la Dirección Técnico Normativa, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 024-2016OSCE/CD, "Reglamento del régimen institucional de arbitraje subsidiario en contrataciones del Estado a cargo del OSCE", que como anexo adjunto forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Publicar la Directiva Nº 024-2016-OSCE/ CD, aprobada en el artículo precedente, en el Portal Web del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y el Portal Web del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE (www.osce.gob.pe). Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI ROJAS DELGADO Presidenta Ejecutiva 1408504-2

2016, de la Dirección Técnico Normativa y el Informe Nº 195-2016/OAJ, de fecha 20 de julio de 2016, de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante la Ley Nº 30225, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, el literal f) del artículo 52º de la Ley de Contrataciones del Estado, señala que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE tiene entre sus funciones el emitir Directivas en materias de su competencia; Que, el literal d) del artículo 69º del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF, establece como una de las funciones de la Dirección Técnico Normativa evaluar y proponer para su aprobación por el Consejo Directivo, los proyectos de directivas en materia de contrataciones del Estado; Que, en el marco de la referida facultad, la Dirección Técnico Normativa mediante el Informe Nº 054-2016/ DTN, complementado con el Informe Nº 059-2016/ DTN propone el proyecto de Directiva "Reglamento del régimen institucional de arbitraje subsidiario de cuantía menor en contrataciones del Estado a cargo del OSCE", que regula el rol subsidiario del OSCE en la organización y administración del régimen institucional de arbitraje especializado en materia de contrataciones públicas de cuantía menor, conforme a lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento; Que, el artículo 54º de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Consejo Directivo es el máximo órgano del OSCE; Que, el literal a) del artículo 8º del ROF del OSCE, señala como función del Consejo Directivo aprobar las Directivas de alcance general en materia de Contrataciones del Estado; Que, en ese sentido, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 004-011-2016/OSCE-CD de la Sesión Ordinaria Nº 007-2016/OSCE-CD, de fecha 21 de julio de 2016, acordó aprobar la Directiva "Reglamento del régimen institucional de arbitraje subsidiario de cuantía menor en contrataciones del Estado a cargo del OSCE"; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo formalizando el citado Acuerdo del Consejo Directivo; De conformidad con el literal y) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF, con los artículos 6º y 7º inciso 8) del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; y con el visado de la Dirección Técnico Normativa, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 025-2016-OSCE/ CD, "Reglamento del régimen institucional de arbitraje subsidiario de cuantía menor en contrataciones del Estado a cargo del OSCE", que como anexo adjunto forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Publicar la Directiva Nº 025-2016-OSCE/ CD, aprobada en el artículo precedente, en el Portal Web del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y el Portal Web del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE (www.osce.gob.pe). Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.

Aprueban Directiva "Reglamento del régimen institucional de arbitraje subsidiario de cuantía menor en contrataciones del Estado a cargo del OSCE"
RESOLUCIÓN Nº 276-2016-OSCE/PRE Jesús María, 22 de julio de 2016 VISTOS: El Acta del Consejo Directivo Nº 011-2016/OSCE-CD, de fecha 21 de julio de 2016, correspondiente a la Sesión Ordinaria Nº 007-2016/OSCE-CD, el Informe Nº 0542016/DTN, de fecha 22 de junio de 2016, complementado con el Informe Nº 059-2016/DTN, de fecha 19 de julio de

MAGALI ROJAS DELGADO Presidenta Ejecutiva 1408504-3

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