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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2016 (21/06/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 65

590235 NORMAS LEGALES Martes 21 de junio de 2016 El Peruano / Superior Titular Penal del Callao, Distrito Fiscal del Callao, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del referido Distrito Fiscal del Callao, mediante el cual informa que la situación que viene atravesando la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal del Callao, Despacho que, a la fecha, no cuenta con su fi ciente personal fi scal que pueda afrontar la elevada carga que registra; asimismo, señala que la creación del Distrito Fiscal de Ventanilla, a quien se le dio competencia territorial respecto a los distritos de Ventanilla, Mi Perú, Santa Rosa y Ancón, no ha conllevado a que se reduzca la carga, puesto que la cantidad de investigaciones preliminares e investigaciones preparatorias en giro, que se dispuso se remitan a dicho Distrito Fiscal, ha sido mínima. El Fiscal de la Nación, es el titular del Ministerio Público, responsable de dirigir, orientar y reformular la política institucional, teniendo además como uno de sus principales objetivos, ofrecer a la sociedad un servicio fi scal e fi ciente y oportuno, permitiendo que los justiciables accedan a una pronta administración de justicia. En ese sentido, es preciso señalar que se ha verifi cado la necesidad de contar con una óptima atención de los requerimientos del servicio fi scal, a fi n de que los procesos sean atendidos de forma oportuna; por lo que, resulta necesario dotar de personal fi scal que preste apoyo temporalmente en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal del Callao. Estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 158º de la Constitución Política del Estado y el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora María Rosa Anderson Juan De Dios, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Áncash, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Carlos Fermín Fitzcarrald, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 468-2015-MP-FN, de fecha 13 de febrero de 2015. Artículo Segundo.- Nombrar al doctor Julio Jean Pierre Mateo Sedano, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ventanilla, designándolo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Ventanilla y destacándolo para que preste apoyo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal del Callao. Artículo Tercero.- Nombrar a la doctora María Rosa Anderson Juan De Dios, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ventanilla, designándola en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Ventanilla y destacándolo para que preste apoyo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal del Callao. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Callao y Ventanilla, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1395009-18GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Amplían plazo de vencimiento para el pago del segundo trimestre del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales correspondiente al año 2016 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2016/MDLCH Chosica, 27 de mayo de 2016EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO – CHOSICA Visto el Informe Nº 198-2016/MDLCH-GR elevado al despacho de la Gerencia Municipal, el Gerente de Rentas solicita se prorrogue el plazo para el pago de la 2a. cuota del impuesto predial y de los arbitrios municipales correspondiente al año 2016, hasta el dia 30 de junio del presente. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 226-MDL, publicado en el diario o fi cial El Peruano, 14 de febrero de 2016, se ‘establece el monto mínimo del impuesto predial, tasa por concepto de gastos administrativos y vencimiento del pago de los tributos municipales para el ejercicio fi scal 2016’, señalándose en su artículo 3º las fechas de vencimiento para el pago de los tributos municipales (impuesto predial y arbitrios municipales), correspondiente al ejercicio 2016. Que, en vista que hay contribuyentes que aún no han recibido las cuponeras de pago en nuestra jurisdicción, la Gerencia de Rentas considera necesario ampliar los plazos de vencimiento de pago de los tributos municipales conforme a lo establecido en el artículo 29º del Texto Unico Ordenado, aprobado por Decreto Supremo Nº 133- 2013-EF; y Estando a mérito de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Primero.- AMPLIAR, el plazo de vencimiento para el pago del SEGUNDO TRIMESTRE DEL IMPUESTO PREDIAL Y DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES del ejercicio 2016 hasta el 30 de junio del año 2016. Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas para sus fi nes. Tercero.- DISPONER que la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica proceda a la publicación del presente dispositivo en el portal de la página web municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUSTAVO ADOLFO VAN HEURCK MASIAS Teniente AlcaldeEncargado del Despacho de Alcaldía 1394724-1