Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2016 (21/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Martes 21 de junio de 2016 /

El Peruano

5. En esa línea, del cotejo con los ejemplares que corresponden al JEE y al Jurado Nacional de Elecciones, se aprecia que la información es idéntica a la que figura en el acta observada. 6. Al respecto, el artículo 16, del Reglamento establece que "el JEE coteja el acta observada con el ejemplar que le corresponde y, de ser necesario, con el ejemplar del JNE, a fin de obtener elementos que deben ser valorados en conjunto al momento de resolver y efectuar la respectiva aclaración o integración referida a la observación". 7. Siendo ello así, el cotejo del ejemplar de la ODPE con aquellos que pertenecen al JEE y al Jurado Nacional de Elecciones, permite determinar fehacientemente que la cifra 257 debe ser considerada como el total de ciudadanos que votaron, pues dicha cifra se obtiene de la diferencia entre el total de cédulas de sufragio recibidas y el total de cédulas no utilizadas, lo cual se condice con la suma de los votos emitidos, de modo que, resulta claro que la cifra 43 que fue consignada por los miembros de mesa como el total de ciudadanos que votaron, en realidad, representa el total de cédulas no utilizadas. Por ende, lo resuelto por el JEE se encuentra ajustado a derecho. 8. Consiguientemente, cabe desestimar el recurso de apelación y confirmar la resolución impugnada. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Único.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Luis Alberto Mejía Lecca, personero legal del partido político Fuerza Popular, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución Nº 001-2016-JEE-LC1/JNE, del 8 de junio de 2016, que resolvió la observación del Acta Electoral Nº 030994-93Z, en el marco del proceso de Elecciones Generales 2016 - Segunda Elección Presidencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA FERNÁNDEZ ALARCÓN AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1394740-17

busca la excelencia del trabajo en todas sus áreas, con adhesión al respeto a la Ley y a la Constitución, para que los fiscales actúen con mística, dedicación y vocación de servicio a la ciudadanía; Que, de acuerdo al referido objetivo se ha logrado un entendimiento con la Fundación General de la Universidad de Granada, Reino de España, a fin de brindar a los señores representantes del Ministerio Público el Curso Superior en Teoría y Práctica de los Derechos Fundamentales en Europa; cuyas sesiones presenciales se llevarán a cabo del 11 al 15 de julio de 2016, en las instalaciones de la Facultad de Derecho de la Universidad de Granada, ciudad de Granada, Reino de España; Que, dada la importancia del evento académico mencionado corresponde autorizar la participación de los integrantes del Ministerio Público, otorgándose licencia con goce de haber, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 052, "Ley Orgánica del Ministerio Público" y en el literal a) del artículo 110º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, "Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público"; Que, los gastos que genere el desarrollo del mencionado evento académico, por concepto de pasajes aéreos nacionales e internacionales, pasajes terrestres y seguro de viaje internacional, serán con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio Público; Que, conforme con lo dispuesto en la Ley Nº 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Ley Nº 27619, que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; modificada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, así como la Resolución de Gerencia General Nº 169-2016-MP-FN-GG que aprueba la Directiva General Nº 005-2016-MP-FN-GG "Normas para la Entrega de Fondos por Viáticos y Asignaciones para la realización de Comisiones de Servicios"; Con los vistos de la Gerencia General, Gerencia Central de Logística, Gerencia Central de Finanzas, Oficina de Asesoría Jurídica, Gerencia Central de la Escuela del Ministerio Público "Dr. Gonzalo Ortiz de Zevallos Roedel" y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, "Ley Orgánica del Ministerio Público"; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la participación de los señores representantes del Ministerio Público en el Curso Superior en Teoría y Práctica de los Derechos Fundamentales en Europa; organizado por la Fundación General de la Universidad de Granada, cuyas sesiones presenciales se llevarán a cabo del 11 al 15 de julio de 2016, en las instalaciones de la Facultad de Derecho de la Universidad de Granada, ciudad de Granada, Reino de España, CONCEDIÉNDOSE licencia con goce de haber de acuerdo al siguiente detalle:
Período de Licencia

MINISTERIO PUBLICO
Autorizan participación de representantes del Ministerio Público en el Curso Superior en Teoría y Práctica de los Derechos Fundamentales en Europa, a realizarse en España
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2848-2016-MP-FN Lima, 17 de junio de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO:



Nombres y Apellidos José Antonio Bardales

Cargo

1 2

Peláez Fiscal Supremo de la Primera Fiscalía Suprema en lo Penal

Pedro Gonzalo Chávarry Fiscal Supremo de la Fiscalía Suprema de Vallejos Control Interno Fiscal Suprema de la Fiscalía Suprema en lo Civil Fiscal Supremo de la Fiscalía Del 09 Suprema Transitoria en lo Contencioso al 16 de Administrativo julio de 2016 Fiscal Supremo de la Segunda Fiscalía Suprema en lo Penal

3 Zoraida Ávalos Rivera Tomás Aladino Villegas Gálvez

4

5 Luis Carlos Arce Córdova 6

Que, el señor Fiscal de la Nación como representante de dirigir, orientar y formular la política institucional del Ministerio Público, en su afán de brindar un mejor servicio a la ciudadanía a través de sus programas de capacitación,

Bersabeth Felicitas Revilla Fiscal Adjunta Suprema de la Segunda Corrales Fiscalía Suprema en lo Penal

Fiscal Superior del Área de 7 María Beatriz Cabello Arce Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales

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