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580631 NORMAS LEGALES Sábado 12 de marzo de 2016 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 337-2012-MTC/03 del 25 de setiembre de 2012, se otorgó autorización a la asociación RED DE DIFUSIÓN EDUCATIVA DEL PERÚ, por el plazo de diez (10) años para prestar el servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Echarate, departamento de Cusco; Que, con expediente Nº 2015-040544 del 2 de julio de 2015, la asociación RED DE DIFUSIÓN EDUCATIVA DEL PERÚ solicitó la transferencia de su autorización a favor de la empresa INVERSIONES & COMUNICACIONES SATELITALES E.I.R.L.; Que, el artículo 27 de la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, concordado con el artículo 73 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 2005-MTC, establece que los derechos otorgados para la prestación del servicio de radiodifusión son transferibles, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial, conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular de la autorización. Asimismo, señala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días, transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada; Que, asimismo, el artículo 27 de la Ley de Radio y Televisión, concordado con los artículos 74 y 76 de su Reglamento, establecen las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, conforme a lo establecido en el artículo 77 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobada la transferencia y reconocido el nuevo titular, éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informes Nº 2682-2015- MTC/28 y Nº 2933-2015-MTC/28 opina que se debe aprobar la transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 337-2012-MTC/03 a la asociación RED DE DIFUSIÓN EDUCATIVA DEL PERÚ, a favor de la empresa INVERSIONES & COMUNICACIONES SATELITALES E.I.R.L., y reconocer a esta última, como nueva titular de la citada autorización, asumiendo los derechos y obligaciones derivados de la misma; al haberse cumplido con la presentación de los requisitos previstos para tal efecto y verifi car que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la transferencia de la autorización solicitada, contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modifi catorias, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modifi catorias; Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 337-2012- MTC/03 a la asociación RED DE DIFUSIÓN EDUCATIVA DEL PERÚ, para prestar el servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Echarate, departamento de Cusco; a favor de la empresa INVERSIONES & COMUNICACIONES SATELITALES E.I.R.L., conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión. Artículo 2º.- Reconocer a la empresa INVERSIONES & COMUNICACIONES SATELITALES E.I.R.L. como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 337-2012-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo ésta todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones 1354923-1 Modifican planes de canalización y asignación de frecuencias del servicio de radiodifusión sonora en FM de diversas localidades del departamento de Puno RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 346-2016-MTC/03 Lima, 29 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, el artículo 11 de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 2005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7 del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, por Resolución Viceministerial Nº 080-2004- MTC/03 y sus modifi catorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para diversas localidades del departamento de Puno; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 0068-2016- MTC/28, propone la incorporación de las localidades de ANTAUTA-AJOYANI, ASILLO, CORANI, LARAQUERI, MAÑAZO, MUÑANI, NUÑOA, SAN ANTON y SANTA ROSA a los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de Puno; e indica que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003- MTC/03 y sus modifi catorias, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; y, recomienda que las citadas localidades sean incluidas en el listado de localidades califi cadas como áreas rurales o lugares de preferente interés social, una vez que se aprueben los planes de canalización propuestos; De conformidad con la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión y sus modifi catorias; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modifi catorias; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modifi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Viceministerial Nº 080-2004-MTC/03, que aprueba los