Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2016 (12/03/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 68

580634

NORMAS LEGALES

Sábado 12 de marzo de 2016 /

El Peruano

- Máxima altura del Centro de Radiación: 3500 m.s.n.m Localidad: OLLANTAYTAMBO

mediante Decreto Supremo Nº 017-2010-MTC y sus modificatorias. Regístrese, comuníquese y publíquese.

Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 3 61.25 65.75 6 83.25 87.75 8 181.25 185.75 10 193.25 197.75 12 205.25 209.75 - Total de canales: 5 - La máxima e.r.p. a ser autorizada: 0.25 KW. - Máxima altura del Centro de Radiación: 2900 m.s.n.m Localidad: QUEBRADA HONDA Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 2 55.25 59.75 4 67.25 71.75 5 77.25 81.75 7 175.25 179.75 9 187.25 191.75 11 199.25 203.75 13 211.25 215.75 - Total de canales: 7 - La máxima e.r.p. a ser autorizada: 0.25 KW. - Máxima altura del Centro de Radiación: 1400 m.s.n.m Localidad: SAN PABLO ­ SAN PEDRO Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 3 61.25 65.75 6 83.25 87.75 8 181.25 185.75 10 193.25 197.75 12 205.25 209.75 - Total de canales: 5 - La máxima e.r.p. a ser autorizada: 0.1 KW. - Máxima altura del Centro de Radiación: 3530 m.s.n.m Localidad: YAURISQUE Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 2 55.25 59.75 4 67.25 71.75 5 77.25 81.75 7 175.25 179.75 9 187.25 191.75 11 199.25 203.75 13 211.25 215.75 - Total de canales: 7 - La máxima e.r.p. a ser autorizada: 0.25 KW. - Máxima altura del Centro de Radiación: 3500 m.s.n.m

JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones 1354932-1

Otorgan autorización a persona juridica para prestar servicio de radiodifusión por televisión en VHF en localidad del departamento de Ancash
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 354-2016-MTC/03 Lima, 01 de marzo 2016 VISTO, el expediente N° 2012-006408, presentado por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MATO, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión por televisión educativa en VHF, en la localidad de Huaripampa - Santa Cruz ­ Sucre, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión, Ley N° 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2005-MTC; Que, asimismo, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión; Que, el artículo 26° de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el artículo 10° de la Ley de Radio y Televisión prescribe que los servicios de radiodifusión educativa y comunitaria, así como aquellos cuyas estaciones se ubiquen en zonas de frontera, rurales o de preferente interés social, calificadas como tales por el Ministerio, tienen un tratamiento preferencial establecido en el Reglamento; Que, el artículo 48° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión señala que para obtener autorización para prestar el servicio de radiodifusión comunitaria, en zonas rurales, lugares de preferente interés social y localidades fronterizas, se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dicho artículo se detalla; Que, con Resolución Viceministerial N° 331-2005MTC/03 y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF para las localidades del departamento de Ancash, entre las cuales se encuentra la localidad de Huaripampa - Santa Cruz ­ Sucre, que fue incorporada a los referidos planes mediante Resolución Viceministerial N° 929-2010-MTC/03; Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias para la referida banda y localidad, establece 0.25 KW. como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la dirección de máxima ganancia de antena. Asimismo, según la Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 que aprobó las Normas Técnicas

Artículo 2º.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modificación de características técnicas observará su estricto cumplimiento. Asimismo, la citada Dirección General, en la evaluación de las solicitudes de autorización para prestar el servicio de radiodifusión por televisión en VHF, cautelará el cumplimiento de las disposiciones previstas en el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.