Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2016 (13/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Viernes 13 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

586991

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1379762-3

Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0408-2016-IN Lima, 12 de mayo de 2016 VISTOS; el Informe Nº 003-2016-IN/SG, de la Secretaría General; el Informe Nº 000040-2016/IN/DGPP/ DMDI, de la Dirección de Modernización y Desarrollo Institucional de la Dirección General de Planificación y Presupuesto; el Oficio Nº 001010-2016/IN/DGPP, de la Dirección General de Planificación y Presupuesto; y, el Informe Nº 000841-2016/IN/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2012-IN, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA del Ministerio del Interior, que incluye entre otros, el procedimiento referido al acceso a la información pública; Que, el numeral 38.5 del artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial; Que, mediante Oficio Nº 1319-2016-IN/SG, la Secretaría General remite a la Dirección General de Planificación y Presupuesto el Informe Nº 003-2016-INSG a través del que propone la modificación del Procedimiento Administrativo Nº 1 del TUPA del Ministerio del Interior, denominado "Acceso a la información que posean o produzcan los órganos de la Alta Dirección, Control, Defensa Jurídica, Defensa, Asesoramiento, Apoyo y Especializados del Ministerio del Interior", con la finalidad de actualizar la base legal y establecer, en aplicación de lo previsto en el artículo 11º del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Nº 27806, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, el recurso de apelación como instancia única aplicable al procedimiento administrativo; Que, a través del Informe Nº 000040-2016/IN/ DGPP/DMDI, del 8 de abril de 2016, la Dirección de Modernización y Desarrollo Institucional de la Dirección General de Planificación y Presupuesto emite opinión favorable respecto del proyecto de modificación del TUPA del Ministerio del Interior en lo relativo al procedimiento acceso a la información, posición validada por la Dirección General de Planificación y Presupuesto con Oficio Nº 001010-2016/IN/DGPP, del 8 de abril de 2016; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2013-IN;

Artículo 1.- Modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA del Ministerio del Interior, aprobado con Decreto Supremo Nº 0032012-IN y sus normas modificatorias, en la parte relativa al Procedimiento Administrativo Nº 1 "Acceso a la Información que posean o produzcan los órganos de la Alta Dirección, Control, Defensa Jurídica, Defensa, Asesoramiento, Apoyo y Especializados del Ministerio del Interior", conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- La presente Resolución Ministerial se publica en el Diario Oficial El Peruano, así como la Resolución y el Anexo que forma parte integrante de esta, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.mininter.gob. pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS PEREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1379436-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Cancelan título de Notaria Pública del distrito, provincia y departamento de Tacna, distrito notarial de Tacna
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0106-2016-JUS Lima, 10 de mayo de 2016 VISTOS, el Oficio Nº 099-2016-JUS/CN/P, de la Presidenta del Consejo del Notariado y el Informe Nº 241-2016-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta del 28 de octubre de 2015, presentada al Colegio de Notarios de Tacna, la señora DAISY ESTELA MORALES GONZÁLES formula renuncia como notaria pública de Tacna; Que, mediante Oficio Nº 280-2015-D/CNT, el Colegio de Notarios de Tacna, comunica a la Presidenta del Consejo del Notariado la renuncia de la señora DAISY ESTELA MORALES GONZÁLES, notaria pública del distrito, provincia y departamento de Tacna, distrito notarial de Tacna, para lo cual acompaña copia de la mencionada renuncia; Que, la Junta Directiva del Colegio de Notarios de Tacna, ha aceptado la renuncia a partir del 30 de noviembre de 2015, según consta en la Resolución N° 022015-CNT/JD, del 15 de diciembre de 2015; Que, mediante el Informe Nº 009-2016-JUS/CN/ ST, la Secretaria Técnica del Consejo del Notariado da cuenta de la renuncia de la señora DAISY ESTELA MORALES GONZÁLES, notaria pública del distrito, provincia y departamento de Tacna, distrito notarial de Tacna; Que, el literal b) del artículo 21 del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modificado por el Decreto Legislativo N° 1232, Decreto Legislativo que modifica diversos artículos y Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Decreto Legislativo 1049, Decreto Legislativo del Notariado, el notario cesa por causal de renuncia, por lo que habiendo operado dicha causal, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial de cancelación de título de notario correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado,

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