TEXTO PAGINA: 14
586992 NORMAS LEGALES Viernes 13 de mayo de 2016 / El Peruano modi fi cado por Decreto Legislativo N.º 1232, Decreto Legislativo que modi fi ca diversos artículos y Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Decreto Legislativo 1049, Decreto Legislativo del Notariado; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Cancelar por causal de renuncia el título de Notaria Pública del distrito, provincia y departamento de Tacna, distrito notarial de Tacna, otorgado a la señora DAISY ESTELA MORALES GONZÁLES, con e fi cacia al 30 de noviembre de 2015. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado y al Colegio de Notarios de Tacna, para los fi nes que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALDO VÁSQUEZ RÍOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1379168-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Modifican la R.M. N° 201-2015-MIMP RESOLUCIÓN MINISTERIAL № 110-2016-MIMP Lima, 11 de mayo de 2016 Vistos, la Nota № 168-2016-MIMP/DVMPV y el Informe № 011-2016/MIMP-DVMPV/RAVC del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo № 067-2011- PCM, se creó la Comisión Multisectorial Permanente denominada “Mesa de Trabajo Intersectorial para la Gestión Migratoria”; precisándose en sus artículos 2 y 5 que la Mesa de Trabajo está conformada, entre otros, por un representante titular y uno alterno del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, actualmente Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; Que, mediante Resolución Ministerial № 201-2015- MIMP del 11 de setiembre de 2015, se designó como representantes titular y alterno del MIMP ante la referida Comisión Multisectorial Permanente, a los titulares de la Dirección General de Población, Desarrollo y Voluntariado y de la Dirección de Políticas para una Vida Libre de Violencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, respectivamente; Que, mediante el Informe de vistos, se señala la necesidad de modi fi car el artículo 2 de la precitada Resolución Ministerial, respecto a la designación de los representantes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ante la mencionada Comisión Multisectorial Permanente; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo № 067-2011-PCM; en el Decreto Legislativo № 1098, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo № 003-2012-MIMP y sus modi fi catorias;SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 201-2015-MIMP, la cual quedará redactada en los siguientes términos: “Artículo 2.- Designar como representantes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ante la Comisión Multisectorial Permanente denominada “Mesa de Trabajo Intersectorial para la Gestión Migratoria”, creada mediante Decreto Supremo № 067-2011-PCM, a los siguientes funcionarios: . El/La Director/a General de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en calidad de titular. . El/La Director/a II de la Dirección de Políticas para una Vida Libre de Violencia de la Dirección General Contra la Violencia de Género del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en calidad de alterno/a.” Artículo 2.- Noti fi car la presente Resolución a los representantes indicados en el artículo precedente de la presente Resolución, así como a la Presidencia de la citada Comisión Multisectorial. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARCELA HUAITA ALEGRE Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1379404-1 Institucionalizan el “Observatorio Nacional de Familias” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 111-2016-MIMP Lima, 12 de mayo de 2016Vistos, el Informe Nº 013-2016-MIMP-DGFC-DIFF de la Dirección de Fortalecimiento de las Familias y la Nota Nº 207-2016-MIMP-DGFC, ambos de la Dirección General de la Familia y la Comunidad; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28542 - Ley de Fortalecimiento de la Familia tiene como objeto promover y fortalecer el desarrollo de la familia como fundamento de la sociedad y espacio fundamental para el desarrollo integral del ser humano; Que, el artículo 3 de la citada Ley establece que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, hoy Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, es el ente rector responsable de la formulación, coordinación, ejecución y supervisión de las políticas públicas de fortalecimiento de la familia, en coordinación con todos los sectores involucrados en la materia; Que, el artículo 61 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y sus modificatorias, establece que la Dirección General de la Familia y la Comunidad es el órgano de línea encargado de diseñar, promover, coordinar, monitorear y evaluar las políticas, planes y programas y proyectos para la promoción y fortalecimiento de las familias; Que, la data relativa a la situación de las familias en el país constituye una herramienta de acción importante para la toma de decisiones en la formulación y diseño de políticas públicas que contribuyan a su fortalecimiento; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1098 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y sus modificatorias;