Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2016 (16/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Lunes 16 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

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ambas a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile; Que, se estima importante la participación de funcionarios de la Dirección de Asuntos Antárticos, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, a fin de dar debido seguimiento diplomático y político del tema; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.° 1799, del Despacho Viceministerial, de 4 de mayo de 2016; y los Memorandos (DSL) N.° DSL0109/2016, de la Dirección General de Soberanía Limites y Asuntos Antárticos, de 1 de marzo de 2016; y (OPP) N.° OPP0754/2016, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 9 de mayo de 2016, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 0472002-PCM y sus modificatorias, la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios, a la ciudad de Santiago, Republica de Chile, para participar del 22 de mayo al 1 de junio de 2016, en las reuniones señaladas en la parte considerativa de la presente resolución, autorizando su salida del país, del 21 de mayo al 2 de junio de 2016: · Ministro en el Servicio Diplomático de la República Luis Chang Boldrini, Director de Asuntos Antárticos de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, quién presidirá; y · Biólogo Rogelio Rolando Villanueva Flores, profesional en Biología de la Dirección de Asuntos Antárticos, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos. Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137175 Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasaje aéreo clase económica US$ 756,00 756,00 Viáticos N° por día de US$ días 370,00 370,00 11+1 11+1 Total viáticos US$ 4 440,00 4 440,00

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 306-2016 MTC/01.02 Lima, 12 de mayo de 2016 VISTOS: Las solicitudes de la empresa HELICOPTEROS DEL SUR S.A., con registro E- 088550-2016 y E-1025692016 del 31 de marzo de 2016 y del 13 de abril de 2016, así como los Informes Nº 196-2016-MTC/12.04, de la Dirección General de Aeronáutica Civil y Nº 229-2016MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, la Ley Nº 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en el numeral 10.1 del artículo 10, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, prevé que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa HELICOPTEROS DEL SUR S.A., ha presentado ante la autoridad de aeronáutica civil, una solicitud para la evaluación de su personal aeronáutico, de conformidad con lo establecido en el Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; Que, asimismo, la empresa HELICOPTEROS DEL SUR S.A. ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; por lo que, los costos del viaje de inspección están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, la solicitud presentada por la empresa HELICOPTEROS DEL SUR S.A., ha sido calificada y aprobada por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, según se desprende del Informe Nº 229-2016-MTC/12.04, al que se anexa la respectiva Orden de Inspección, así como, por la citada Dirección General, según el Informe Nº 196-2016MTC/12.04, verificándose el cumplimiento de lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, la Ley Nº 27619, la Ley Nº 30372, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil;

Nombres y Apellidos Luis Chang Boldrini Rogelio Rolando Villanueva Flores

Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios deberán presentar a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1379921-1

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