Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2016 (16/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Lunes 16 de mayo de 2016 /

El Peruano

terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Nasca. Regístrese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1379418-10 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 1266-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 28 de diciembre del 2015 Visto el Expediente N° 1296-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 532,08 m², ubicado a la altura del Kilómetro 2,2 de la Ruta IC-615, a 0,22 Kilómetros al Sureste del Centro Poblado Longar y a 0,06 Kilómetros al Este del Centro Poblado Pampas de Los Lévano Sector Jazmín, distrito de San Juan Bautista, provincia y departamento de Ica; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatalesy su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 1 532,08 m², ubicado a la altura del Kilómetro 2,2 de la Ruta IC-615, a 0,22 Kilómetros al Sureste del Centro Poblado Longar y a 0,06 Kilómetros al Este del Centro Poblado Pampas de los Lévano Sector Jazmín, distrito de San Juan Bautista, provincia y departamento de Ica, que se encontraría sin inscripción registral; Que, solicitada la consulta catastral, la Zona Registral N° XI -Sede Ica, remite el Informe Técnico N° 3459-2015-Z.R.N°xi/UR-ICA de fecha 06 de octubre de 2015 (fojas 04) donde señala que el predio en consulta se encuentra en zona donde no se tiene información gráfica, por lo que no es posible determinar si existe predio inscrito o no; Que, el tercer párrafo del artículo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 097-2013-SUNARP-SN señala que no impide la inmatriculación, el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspección técnica con fecha 05 de noviembre de 2015 (fojas 05) se observó que el terreno es de naturaleza eriaza, de topografía plana de suave pendiente, el tipo de suelo es arenoso-limoso; Que, el artículo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 532,08 m² de conformidad con el artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan

el trámite de inscripción de primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del artículo 44° del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 1508-2015/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 14 de diciembre de 2015 (fojas 10 a 11); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 532,08 m², ubicado altura del Kilómetro 2,2 de la Ruta IC-615, a 0,22 Kilómetros al Sureste del Centro Poblado Longar y a 0,06 Kilómetros al Este del Centro Poblado Pampas de los Lévano Sector Jazmín, distrito de San Juan Bautista, provincia y departamento de Ica; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° XI - Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Ica. Regístrese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1379418-11 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 1267-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 28 de diciembre del 2015 Visto el Expediente N° 1271-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 4 073,66 m², ubicado a 0.37 Kilómetros al Sureste del Puerto de San Juan de Marcona y a 0.70 Kilómetros Noreste de la Municipalidad Distrital de Marcona, distrito de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatalesy su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 4 073,66 m², ubicado a 0.37 Kilómetros al Sureste del Puerto de San Juan de Marcona y a 0.70 Kilómetros Noreste de la Municipalidad Distrital de Marcona, distrito de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica, que se encontraría sin inscripción registral;

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