Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2016 (25/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Miércoles 25 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

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en la Central Eólica Parque Eólico Tres Hermanas, con una potencia instalada de 97,15 MW, ubicada en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica, aprobándose el Contrato de Concesión Nº 451-2014 (en adelante, el CONTRATO), estableciéndose como fecha para la POC el 31 de diciembre de 2015; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 010-2016MEM/DM de fecha 14 de enero de 2016, se aprobó la Adenda Nº 2 al Contrato de Suministro, la cual se suscribió el 20 de enero de 2016, modificándose la POC del Cronograma de Ejecución de Obras hasta el 14 de marzo de 2016, basándose en razones de Fuerza Mayor; Que, mediante la Carta Nº 004-2016-PETH ingresada con Registro Nº 2581949 de fecha 24 de febrero de 2016, Parque Eólico Tres Hermanas S.A.C. solicitó la Primera Modificación al CONTRATO, a fin de que la POC se prorrogue hasta el 14 de marzo de 2016 y de esta manera se adecúe a lo dispuesto en la Adenda Nº 2 del Contrato de Suministro, indicada en el anterior considerando; Que, mediante el documento ingresado con Registro Nº 2588103 de fecha 17 de marzo de 2016, Parque Eólico Tres Hermanas S.A.C. remitió la Carta Nº COES/D/ DP-307-2016 a través del cual el Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional (COES) aprobó la Operación Comercial de la Central Eólica Parque Eólico Tres Hermanas desde las 00:00 horas del día 11.03.2016, con 33 aerogeneradores y una Potencia Instalada Nominal de 97,15 MW; Que, el artículo 25 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, modificado mediante el Decreto Legislativo Nº 1221, publicado el 24 de setiembre de 2015, establece lo siguiente: "(...) En los casos establecidos en el artículo 22 (concesiones definitivas que se otorgan como resultado de una licitación pública), el contrato de concesión definitiva se regirá por el Calendario de Ejecución de Obras contenido en el contrato derivado de la Licitación Pública. (...)"; Que, el artículo 29 de la Ley de Concesiones Eléctricas, modificado mediante el Decreto Legislativo Nº 1221, establece lo siguiente: "(...) Las modificaciones que se realicen en el contrato derivado de una licitación pública deben ser incluidas en el contrato de concesión definitiva, en lo pertinente."; Que, considerando las modificaciones a la Ley de Concesiones Eléctricas, y contando con la opinión a que se refiere el Informe Nº 214-2016-MEM/DGEDCE, corresponde aprobar la Primera Modificación al CONTRATO en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 y 29 de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 451-2014, en los aspectos referidos a modificar la Cláusula Séptima, relacionada a la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la Central Eólica Parque Eólico Tres Hermanas, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir, en representación del Estado, la Minuta de la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 451-2014, aprobada en el artículo precedente y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3.- El texto de la presente Resolución Ministerial deberá insertarse en la Escritura Pública que origine la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 451-2014.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y será notificada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 53 del acotado Reglamento. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1379945-1

INTERIOR
Autorizan viaje de oficiales de la Policía Nacional del Perú a Bolivia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 170-2016-IN Lima, 24 de mayo de 2016 VISTOS; el Oficio RE (DGM-DCD) N° 22-6-BB/67, de fecha 29 de abril de 2016, de la Dirección de Control de Drogas del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú; y, el Memorándum N° 1590-2016-DIRGEN-PNP/DIRASINTDIVBEC, de fecha 18 de mayo de 2016, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio RE (DGM-DCD) N° 22-6-BB/67, de fecha 29 de abril de 2016, la Dirección de Control de Drogas del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú hizo de conocimiento de la Jefatura del Estado Mayor de la Dirección Ejecutiva Antidrogas de la Policía Nacional del Perú y solicitó designación de personal policial para que participen en la "V Reunión de la Comisión Mixta Peruano - Boliviana sobre Cooperación en Materia de Desarrollo Alternativo, Integral y Sostenible, Prevención del Consumo, Rehabilitación, Control del Tráfico Ilícito de Drogas y sus Delitos Conexos", a realizarse del 26 al 27 de mayo de 2016 en la ciudad de Copacabana, Estado Plurinacional de Bolivia; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 166-2016-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 9 de mayo de 2016, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú proponga el viaje al exterior en comisión de servicios del 25 al 27 de mayo de 2016, a la ciudad de Copacabana, Estado Plurinacional de Bolivia, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Carlos Noé Guillen Enriquez y del Comandante de la Policía Nacional del Perú Miguel Ángel Palma Vargas, para que participen en el evento indicado en el considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios, mediante Memorándum N° 1590-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVBEC, de fecha 18 de mayo de 2016, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, dio su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y señalando además que el mismo irrogará gastos al Estado; Que, las experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en el evento indicado, redundarán en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, siendo por ello de interés institucional; debiendo señalarse que los gastos que irrogará dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto y viáticos, serán asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de

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