Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2016 (26/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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TÍTULO X DE LOS SERVICIOS DEL CIAM

NORMAS LEGALES

Sábado 26 de noviembre de 2016 /

El Peruano

Artículo 20º.- El CIAM contará con los siguientes servicios: a) DEFENSORIA DEL ADULTO MAYOR.- A través de la cual se promueve y ejerce la defensa de la persona adulta mayor ante las diversas instancias administrativas y judiciales, públicas y privadas. b) GRUPOS DE AYUDA MUTUA PARA ADULTOS MAYORES.- El carácter de estos grupos es educativo con efectos terapéuticos, pretende el autoconocimiento personal, la modificación de roles y actitudes, procura eliminar los sentimientos de soledad remplazándolos por sentimientos de seguridad y confianza en sí mismo. c) POTENCIACIÓN Y DESARROLLO DE CAPACITACIONES.- La formación y capacitación se realiza en forma autogestionaria y/o vía convenio, para lo cual se habilitará espacios en buen estado de funcionamiento y mantenimiento para su desarrollo. CAPACITACIONES: a) TALLERES DE AUTOCUIDADO. - Envejecer es un proceso secuencial, acumulativo e irreversible que deteriora al organismo humano progresivamente mermando su capacidad para enfrentar las circunstancias y condiciones del entorno. El enfrentamiento de estas disfunciones y enfermedades en la vida supone que la persona adulta mayor adquiere algunos conocimientos, habilidades y prácticas básicas de autocuidado orientados a atender sus necesidades fisiológicas, emocionales, sociales, recreativas y sanitarias, entre otras. b) TALLERES DE DEBERES Y DERECHOS.- Permite conocer sus deberes y derechos en la sociedad, promueve la ciudadanía, participación activa en el desarrollo del distrito y la convivencia pacífica. c) TALLERES FORMATIVOS Y MANUALES.- Permite al adulto mayor desarrollar habilidades manuales y motrices que promueven el micro emprendimiento y la autogeneración de ingresos propios. a. Formativos: Computación, manejo de internet. b. Artesanales: repujado en aluminio, vitral, pintura y pirograbado, joyería entre otros. c. Manuales: Bijouteria, Muñecos Country, Bordado, Origami, tejido palitos y crochet entre otros. d) ACTIVIDADES FÍSICAS, DE INTEGRACIÓN Y ESPARCIMIENTO.- Contribuye a enfrentar el deterioro orgánico, motor derivado del proceso de envejecimiento; aumenta la independencia; la autosatisfacción, y es componente rehabilitador y de salud, pudiendo brindar las siguientes actividades y servicios: · Tai chi · Aeróbicos · Baile · Fútbol · Paseos · Viajes · Concursos · Bingos · Baileton · Fiestas otros · Juegos de mesa · Encuentros intergeneracionales · Bio-danza · Marinera · Danzas folklóricas · Gimnasia · Danzas rítmicas · Dibujo y pintura · Joyería en Plata · Cerámica · Narración de cuentos · Canto

· Tango · Instrumental · Teatro · Ayuda mutua · Poesía · otros TÍTULO XI DE LA GENERACIÓN DE INGRESOS PROPIOS PARA LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES DEL CIAM Artículo 21º.- Con la finalidad de promover la generación de ingresos propios para los adultos mayores, la Sub Gerencia de Desarrollo Humano/ Oficina de Participación Vecinal y Proyectos Productivos o la que haga sus veces, desarrollará ferias, entre otras actividades (ferias, exposiciones), que faciliten la venta de los productos realizados por las/los adultos mayores producto de las capacitaciones realizadas en el CIAM. TÍTULO XII DE LA SOSTENIBILIDAD DEL CIAM Artículo 22º.- La Sub Gerencia de Desarrollo Humano/Oficina del Centro Integral del Adulto Mayor/ Oficina de Participación Vecinal y Proyectos Productivos gestionará dentro del Plan Anual de la Municipalidad el presupuesto necesario para el desarrollo de las actividades del CIAM. DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- La Sub Gerencia de Desarrollo Humano/ Oficina del Centro Integral del Adulto Mayor/Oficina de Participación Vecinal y Proyectos Productivos la que haga sus veces, establecerá mecanismos que viabilicen la solución de problemas de los adultos mayores e intervendrá conjuntamente con otras unidades orgánicas que se requieran para cada caso y de ser necesario realizará las coordinaciones externas que se requieran. Segunda.- Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento serán absueltos por el Responsable del Centro Integral del Adulto Mayor­ CIAM con fundamentación de causa. El presente Reglamento regirá a partir de la fecha de su aprobación. 1457208-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
Modifican Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015-2016-MDM Mala, 31 de Octubre del 2016 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA VISTO: El Informe Nº 1017-2016-GDH-MDM de la Gerencia de Desarrollo Humano Informe Nº 1376-2016-GAJ-MDM, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Proveído Nº 10675-GM de la Gerencia Municipal de la Municipalidad distrital de Mala sobre la modificación el artículo 75º del

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