Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2016 (02/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Domingo 2 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

600599

servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Ingrid Haydee Huapaya Puicón, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, del 08 al 13 de octubre de 2016, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, participe en las reuniones del Grupo de Trabajo del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la Organización Mundial de Aduanas, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de los artículos precedentes, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viáticos (US$ 370,00 x 03 días) : US$ 2 132,37 : US$ 1 620,00

Articulo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la Sra. Huapaya Puicón presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1435835-1

SALUD
Establecen como advertencias sanitarias diversos gráficos de la "Normativa Gráfica para el uso y aplicación de las advertencias sanitarias en envases, publicidad de cigarrillos y de otros productos hechos con tabaco", aprobada por R.M. N° 469-2011/ MINSA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 762-2016/MINSA Lima, 29 de setiembre del 2016 Visto, el Expediente N° 16-077810-001, que contiene el Memorándum N° 802-2016-OGC/MINSA y el Informe N° 064-2016-GCZCH-OCE-MINSA, de la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley N° 28705, Ley General para la prevención y control de los riegos del Consumo de Tabaco, modificado por el artículo 2 de la Ley N° 29517 dispone que: "Las cajetillas de cigarros y en general toda clase de empaques o envoltura de productos de tabaco deben llevar impresas, en un cincuenta por ciento (50%) de cada una de sus caras principales, frases e imágenes de advertencia sobre el daño a la salud que produce el fumar (...)"; Que, el numeral 18.3 del artículo 18 del Reglamento de la Ley N° 28705, aprobado por Decreto Supremo N° 0152008-SA, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 001-2011-SA, dispone que mediante Resolución

Ministerial del Ministerio de Salud se establecerán las características de las advertencias sanitarias; Que, asimismo, el artículo 32 del precitado Reglamento refiere que las advertencias sanitarias para efectos de publicidad de los productos del tabaco, conforme lo disponga el Ministerio de Salud a través de una Resolución Ministerial, tendrán una vigencia de doce (12) meses. Dichas disposiciones serán publicadas en el Diario Oficial "El Peruano" con seis meses de anticipación; Que, con Resolución Ministerial N° 469-2011/ MINSA se aprobó la "Normativa Gráfica para el uso y aplicación de las advertencias sanitarias en envases, publicidad de cigarrillos y de otros productos hechos con tabaco"; Que, mediante Resolución Ministerial N° 587-2015/ MINSA, se establecieron como advertencias sanitarias, los gráficos de las páginas veintiuno (21) y veintiocho (28) de la referida Normativa Gráfica, es decir, FUMAR CAUSA IMPOTENCIA SEXUAL y FUMAR CAUSA CÁNCER DE LARINGE, respectivamente; Que, conforme a lo previsto en el artículo 55 y en el literal a) del artículo 56 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2016-SA, la Oficina General de Comunicaciones es el órgano de apoyo del Ministerio de Salud, responsable de gestionar los procesos relacionados a la comunicación estratégica y la información pública del Sector Salud, teniendo como función proponer lineamientos, normas, planes, estrategias, programas y proyectos para la comunicación estratégica del Ministerio de Salud; Que, mediante los documentos del visto, la Oficina General de Comunicaciones ha propuesto las advertencias sanitarias que deberán consignarse en envases de cigarrillos y de otros productos hechos con tabaco, a efecto que sean aprobadas con Resolución Ministerial; Que, mediante Informe N° 887-2016-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud ha emitido opinión legal correspondiente; Que, en virtud a lo expuesto, es conveniente emitir el acto resolutivo que establezca las nuevas advertencias sanitarias que deberán consignarse en los envases y publicidad de cigarrillos, así como de otros productos hechos con tabaco; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Comunicaciones, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2016-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Establecer como advertencias sanitarias los gráficos de las páginas veinte (20) y treinta (30) de la "Normativa Gráfica para el uso y aplicación de las advertencias sanitarias en envases, publicidad de cigarrillos y de otros productos hechos con tabaco", aprobada con Resolución Ministerial N° 469-2011/ MINSA, las cuales deberán consignarse en los envases, publicidad de cigarrillos y de otros productos hechos con tabaco, en el plazo de seis (6) meses, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 2.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/index.asp?op=115. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1436093-4

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